Hace 11 años | Por --221617-- a publico.es
Publicado hace 11 años por --221617-- a publico.es

La Audiencia Provincial ha contestado a la defensa retirando ese concepto, pero no ha concedido la libertad a Alfonso Fernández, encarcelado desde el 14 de noviembre.

Comentarios

Megharah

''Detenciones preventivas'' ...

fermartingar

#3 y otro de los policias....

icegreen

ALFON LIBERTAD !!!

minardo

#19 bueno supuestamente ha cometido un delito de tenencia de explosivos. Otra cosa es el tema de la prisión preventiva. Normalmente para ese delito suele ser clara la medida cautelar (suele ser gente relacionada con el terrorismo). En este caso habría que ver otras circunstancias: antecedentes, arraigo familiar, cuál es la posible pena a la que puede ser condenado,... El juez que es el que tiene acceso a esta información ha determinado prisión provisional. Puede estar equivocado o no, pero en principio no parece descabellado. Ojo, no tengo mucha información del caso, por ejemplo qué clase y cantidad de explosivos le fue intervenida y el artículo pasa por alto sospechosamente esta información.

Por otra parte la argumentación del abogado parece de patio de colegio: le han incautado una mochila con explosivos pero no tiene sus huellas ni le han encontrado guantes. Con semejante argumento todos los detenidos por terrorismo en este país estarían en la calle...

Z

#31 Es que si no hay mas pruebas realmente deberían estar libres, si no fuese así la policía podría coger a cualquiera por la calle endilgarle medio kilo de jaco (O lo que sea) y meterle una decada de talego. Se supone que el sistema judicial tiene que ofrecer garantias para que eso no pueda pasar.

EspecimenMalo

Terrorismo de estado, asi de simple

Mefistro

#22 #23 #24 "Hispanistánamo"

PedroMateu

Típico de este régimen represor y autoritatrio y de la mafia podrida que lo dirige, formada por banqueros, políticos, policías, jueces y "periodistas"...

bigears

Encarcelan a una persona sin haber cometido delito alguno pero los que de verdad sí los cometen (cogiendo prestado el dinero de otros - nosotros-, cazando elefantes, organizando macrofiestas sin licencia y demás, siguen ahí fuera. Después son capaces de decir que "la justicia es igual para todos", me río.

JaviAledo

Y a qué esperan los jueces?
Al chinito aquél bien que lo dejaron en libertad a pesar de su evidente culpabilidad.

D

#32: Yo lo veo muy simple:
¿Está en "prisión preventiva" el asesino de Íñigo Cabacas?
¿Está en prisión preventiva Urdangarín y todos sus compinches?
¿Está el que disparó a la mujer en la manifestación minera?
...

Pues eso, si esa gente no la encarcelan, que tampoco encarcelen a esta otra persona.

D

Entonces si ese delito no existe es que es un preso político, o bien un secuestro. ¿Sacamos los lacitos azules que usábamos contra ETA?

Ah, no, calla, que los lacitos azules sólo eran cuando tocaban a un político o un empresario, cuando tocaban a un ciudadano no pasaba nada.

minardo

#25 joer, el delito sí existe: tenencia de explosivos. Lo que el abogado intenta argumentar es que la figura por la que está en prisión preventiva no existe, cosa que parece que no es cierto porque según el último auto la causa es la del riesgo de fuga.

Copio y pego de aquí: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lecr.l2t6.html#a503

1. La prisión provisional sólo podrá ser decretada cuando concurran los siguientes requisitos:

Que conste en la causa la existencia de uno o varios hechos que presenten caracteres de delito sancionado con pena cuyo máximo sea igual o superior a dos años de prisión, o bien con pena privativa de libertad de duración inferior si el imputado tuviere antecedentes penales no cancelados ni susceptibles de cancelación, derivados de condena por delito doloso.

Si fueran varios los hechos imputados se estará a lo previsto en las reglas especiales para la aplicación de las penas, conforme a lo dispuesto en la sección II del capítulo II del título III del libro I del Código Penal.

Que aparezcan en la causa motivos bastantes para creer responsable criminalmente del delito a la persona contra quien se haya de dictar el auto de prisión.

Que mediante la prisión provisional se persiga alguno de los siguientes fines:

Asegurar la presencia del imputado en el proceso cuando pueda inferirse racionalmente un riesgo de fuga.

Para valorar la existencia de este peligro se atenderá conjuntamente a la naturaleza del hecho, a la gravedad de la pena que pudiera imponerse al imputado, a la situación familiar, laboral y económica de éste, así como a la inminencia de la celebración del juicio oral, en particular en aquellos supuestos en los que procede incoar el procedimiento para el enjuiciamiento rápido regulado en el título III del libro IV de esta Ley.

Procederá acordar por esta causa la prisión provisional de la persona imputada cuando, a la vista de los antecedentes que resulten de las actuaciones, hubieran sido dictadas al menos dos requisitorias para su llamamiento y busca por cualquier órgano judicial en los dos años anteriores. En estos supuestos no será aplicable el límite que respecto de la pena establece el ordinal 1 de este apartado.

Evitar la ocultación, alteración o destrucción de las fuentes de prueba relevantes para el enjuiciamiento en los casos en que exista un peligro fundado y concreto.

No procederá acordar la prisión provisional por esta causa cuando pretenda inferirse dicho peligro únicamente del ejercicio del derecho de defensa o de falta de colaboración del imputado en el curso de la investigación.

Para valorar la existencia de este peligro se atenderá a la capacidad del imputado para acceder por sí o a través de terceros a las fuentes de prueba o para influir sobre otros imputados, testigos o peritos o quienes pudieran serlo.

Evitar que el imputado pueda actuar contra bienes jurídicos de la víctima, especialmente cuando ésta sea alguna de las personas a las que se refiere el artículo 173.2 del Código Penal. En estos casos no será aplicable el límite que respecto de la pena establece el ordinal 1 de este apartado.

2. También podrá acordarse la prisión provisional, concurriendo los requisitos establecidos en los ordinales 1 y 2 del apartado anterior, para evitar el riesgo de que el imputado cometa otros hechos delictivos.

T

No hagáis caso a esta noticia, el Ministerio de Felicidad y el de la Verdad están trabajando en ello.

Aquellos que pretendan ocultar o manipular la Verdad(Tm) serán duramente castigados.

LiberaLaCultura

La evolucion de la justicia es inventarse ellos las leyes segun vayan haciendo falta como hacia franco o quitarlas cuando molesten, en fin ...

r
Paisos_Catalans

Hay que derrocar al régimen, esto ya es una dictadura.

Guanarteme

A ver si encima le van a tener que dar una indemnización (merecida) a cuenta de todos por una machada de la Cifuentes, que se la paguen ellos de su bolsillo cuando se demuestre que lo han tenido en la cárcel por la cara y que los cesen se su cargo por prevaricación.

l

Lo que no entiendo es que al cabecilla de la operación "Emperador" lo han dejado libre por simples cuestiones burocráticas, y en cambio, este señor, ya lleva casi un mes en prisión preventiva por un delito que no existe.

tul

#24 el chino tenia dinero para comprarse al juez, este se nota que es pobre

k

Esto tiene pinta de que es un mensaje a los bucaneros del Rayo Vallecano. por parte de la delegada del Gobierno, después de que estos le hayan puesto un par de pancartas directas en los partidos.

Esta señora no es trigo limpio, y se puede esperar cualquier cosa.

Ahora que digan lo que significa «material para preparar explosivos». ¿ qué es, nitrato para abonar, azufre para las hormigas?
¿se ha analizado el contenido de la bolsa en laboratorio? ¿se ha calculado si la cantidad es dañina, o mortal, o sólo es ruidosa?

¿ qué se puede fabricar con eso, un petardo. una Bengala, una traca, una bomba mortal?

Esto tiene un tufo de prefabricado que tira para atrás. Y la imagen que se está dando por parte de la Policía demencial. Los policías que se prestan a estos tejemanejes deberían ser repudiadod por sus compañeros. Vaya imagen, y por defender a cuatro políticos corruptos y sin escrúpulos.

minardo

#37 no te equivoques, aquí no tienen nada que ver los políticos ni la delegada del gobierno. La policía detiene a una persona y presenta unas pruebas. El juez estudia esas pruebas y ordena la práctica de otras diligencias y a la vista de ese resultado determina la prisión preventiva. En caso de que alguien actúe mal es el juez...

Milkhouse

Presos políticos como en Cuba.... a ver si el PP monta una expedición para liberarlos y se la encarga a un descerebrado sin carnet de conducir.... lol

D

Algo habrá hecho no ? ( ironic )

Penetrator

#11 Sí, creer que vive en un estado de derecho, democrático y civilizado. ¿Te parece poco?

minardo

#11 ¿llevar una bolsa con explosivos?

D

Para mi lo relevante es que aunque llevase lo que llevase, si no eran armas prohibidas no entiendo la detención al no haberlas usado... en todo caso el artículo hace sensacionalismo, entiendo que a él no se le acusa de "alarma social" para detenerle, eso se supone que es lo que usa el juez para ordenar prisión preventiva... la acusación de la detención entiendo que no es esa.
Además si le han aplicado FIES podría ser que este dando problemas en la cárcel, y el artículo no asegura nada en contra.

Por otra parte para mi es muy relevante si llevaba gasolina o no, o si llevaba otro material como el que se vio en las imágenes que se vieron del registro de la sede de Bukaneros http://www.rtve.es/alacarta/videos/telediario/policia-atribuye-bukaneros-del-rayo-disturbios-del-14n-incauta-material-incendiario/1580272/, así como si pertenece a ese grupo... porque desde luego yo no soy este pollo si está en nada de eso, al margen de si está cometienedo alguna irregularidad con él.

NoEresTuSoyYo

De verdad eh? que asco de país.

e

y pensar que han llegado al poder mediante las urnas...

D

Increíble.

i

el delito es de tenecia de explosivos y justifican la preventiva por la alarma social que hay en este pais por el temas de las bombas y eso, no por un delito de alarma social como quieren hacer entender en la "noticia".
claramente erronea y sensacionalista
gracias la sexta gracias publico gracias la razon gracias intereconimia gracias el pais gracias abc por manipular las informaciones adoctrinando segun vuestra ideologia y no ser imparciales gracias!!!

D

porque me viene en mente ahora esos vascos que han cumplido su pena y deberian estar en la calle, con el consentimiento aplauso de meneame? Ah, que ahora cuando le toca a uno no molan en estas cosas... ya... Pues a comer ajos

Catacroc

#15 Te he votado negativo por varios motivos. No puedes decir que a todo meneame le parezca bien lo de los presos por que a algunos en meneame les parezca bien y si la actitud de 'ahora os chinchais vosotros' es de patio de colegio o de congreso de diputados.

D

#15 Las empanadas no son aqui, estan en la planta de alimentación en la sección de congelados. A veces tambien hay frescas en la seccion de panaderia, pero no siempre. De nada.