Hace 9 años | Por ork a diagonalperiodico.net
Publicado hace 9 años por ork a diagonalperiodico.net

“Si estáis viendo este vídeo es que el desalojo de Casas Viejas ha comenzado”. Así arrancaba el vídeo, realizado por el propio colectivo, a través del cuál muchas personas recibíamos la noticia del inicio de la actuación policial. La asamblea del centro social okupado había diseñado una estrategia de resistencia no violenta. Durante los meses anteriores, y ante la cercanía de la orden judicial de desalojo, se había construido un túnel ubicado a cuatro metros de profundidad.

Comentarios

oso_69

"El condenado, que según el argumento del letrado, ejerció su legítimo derecho a la libertad de expresión en aquella rueda de prensa, afirmando que se habían producido torturas y cuando había vivido en sus propias carnes unos hechos que después, aún en la sentencia judicial contraria, se reconocen."

Lo siento pero no comparto esa opinión. Si tú acusas a alguien de un delito y luego no puedes demostrar que efectivamente lo cometió, estás incurriendo en un delito o falta de calumnias. En este caso el acusado únicamente pudo demostrar que se produjeron unos hechos, pero un tribunal sentenció que dichos hechos no eran constitutivos de delito. Es decir, si Agustín se hubiera limitado a decir "La Policía me hizo esto y lo otro", y el vídeo demostrara que es cierto no hubiera ocurrido nada, pero al calificar esos hechos como tortura ya pudo incurrir en calumnias.

"Sin embargo, según la legislación española, o la interpretación que de la misma hace la institución judicial, únicamente existe tortura si el objetivo que se persigue es obtener información o humillar a la persona que sufre esa violencia. En el caso de Casas Viejas, y siempre según la sentencia judicial, no hay tortura puesto que el objetivo de la actuación policial era proteger la vida de las personas allí encadenadas. "

tiopio

"Isquemia Transitoria" lo mejor sería ver el vídeo.