Hace 9 años | Por benjami a bufetalmeida.com
Publicado hace 9 años por benjami a bufetalmeida.com

En la Comisión de Propiedad Intelectual están deseando ayudarle. Por un coste mínimo, sin necesidad de abogados, costas ni tasas judiciales, usted puede conseguir el cierre de ese periódico que tanto le molestaba y que últimamente, además, le estaba robando. Basta que siga los siguientes pasos.

Comentarios

pys

#2 Ya se inventarán algo para que no pueda afectar a los medios AEDE

Hans350

HayBufetAlmeidaBufetAlmeida, hay meneo

dphi0pn

#21 Incontestable.

Hanxxs

#9 Entonces será prevaricación. Ver #21

D

#21 #24 ¿Habéis estado viviendo debajo de una piedra los último 30 años? Prevaricar es prácticamente su modus vivendi.

¿De verdad creéis que van a actuar contra la gente que les ha pagado para crear una ley a medida? ¿De verdad créeis que nadie va a hacer ni puto caso cuando un don nadie emprenda el procedimiento contra un gran grupo audiovisual? Bajad del guindo, por favor.

noexisto

Reforma urgente y necesaria: los medios AEDEs podrán usar por extrema y urgente necesidad de la actualidad fotos de twitter, bastará con citarlas, bastará.
#AsociaciónDeDefensaDelBecarioyElInformatico #QueSiemprePaganLosPlatosRotos

H

A mi no me parece abusar, sino simplemente usar una herramienta que, confían, el ciudadano medio desconoce

D

Lo que yo pregunto.. si uno escribe un artículo, o diseña un logo, o hace un dibujo, o toma una foto, o un video.. ¿donde y como se registra para que quede quede constancia fehaciente y certificada al día de hoy tras la Ley Sinde??

La última vez que indagué esto, antes de la ley Sinde, terminé en una oficina de registro de la propiedad intelectual donde se puede hacer el registro por medio de una inscripción, pero eso está pensado para obras escritas literarias y musicales y científicas. Cualquier cosa que se salga fuera lo metían con calzador bajo esos epígrafes y en caso de duda lo metían bajo "científico".

Pero también tengo entendido que la autoría se puede demostrar sin necesidad de registrar.. otra cosa es que algún espabilado se te adelante y registre y tu seas el autor... ahí ya podemos tener un conflicto a nivel judicial... no sé que tipo de juridisprudencia hay al respecto...

También hay que dejar claro que al final todo lo que se registra, por mucha importancia que se le de, salvo contadas excepciones, vale poco o nada, es más un tema de orgullo... o de tocar narices...

Otra cosa: un logo se puede registrar como marca, y de hecho así queda muy protegido, el problema es alquien que se dedique a diseñar muchos logos, es inviable registrarlos todos como marcas (que además están vinculadas a una actividad económica concreta, si usas o registras un logo de marca para otra actividad económica diferente a la que consta en el registro no hay problema, salvo excepciones en casos particulares).

Y otro problema, si existiera un mecanismo de registro de logos y bocetos, alguien se pondría a registrar como un loco y siempre habría algo parecido por aparecer... un lío similar al existente actualmente con las patentes industriales y un estorbo al fín y al cabo.

Aclaración: no confundir "Registro de Marcas y Patentes" con "Registro de la Propiedad Intelectual", es diferente.

Fernando_x

#13 Toda obra intelectual, del tipo que sea, ya por si mismas, otorgan derechos de copyright a su creador, a menos que éste, expresamente, decida donarla al dominio público, o adjudicarle otro tipo de licencia de uso. No hace falta registrarlo en ninguna parte, tan solo defender tu autoría frente a los que las usen sin autorización. Si un listo se la apropia y la registra, se debe ir a juicio y demostrar que tu ya tenías esa obra y la habías hecho pública antes que el otro la publicara y registrara. Por eso algunos escritores solían enviarse un manuscrito de su obra a si mismos a la vez que al editor. De esa forma, con la fecha del matasellos original en un sobre cerrado, puede demostrar que ya tenía esa obra antes de que algún ladrón se la apropiara.

oneras

Perdón, en #17 quería hacer referencia a #15, no a #14. Perdón perdón...

Fernando_x

#13 sobre los logos.... es un mundo aparte. Si se trata de letras o formas geométricas sencillas, simplemente no se puede registrar. Por eso, el logo de Cocacola o similares está en el dominio público. Otra cosa es registrar la tipografía (el tipo de letra) o la marca comercial, eso si. Pero el logo, no

Fernando_x

#17 Gracias por las puntualizaciones. Sobre el dominio público, yo, desde España, he creado obras fotográficas, que luego he subido a Wikimedia Commons bajo dominio público, para usarse en Wikipedia en español. ¿como es eso posible entonces?

oneras

#19 es una buena pregunta, sin duda. No soy abogado, pero hablo aquí de lo poco que sé y mi experiencia. En Wikimedia, en general, la licencia estándar es, que yo sepa, la CC by-sa (y personalmente la que uso para todo lo que creo) y eso es perfectamente posible de hacer en la legislación de EEUU y la de España. De hecho uno puedo expresar su voluntad de liberar contenidos con la CC Zero, pero el efecto más aproximado en España al menos, será la equivalente de la CC by. Una cosa es lo que deseas, y otra lo que la ley te permite hacer.

Es cierto que las obras en el dominio público entran en distintas fechas según los países, por lo que el uso se debe considerar en función de la legislación en la que se esté. Tengo mis dudas de si desde España puedes expresar que tu obra esté en el dominio público en los EEUU o Chile (país que sí tiene la provisión de dedicar al dominio público en vida del autor); no sé si se ha testado judicialmente y no puedo afirmar qué ocurriría. Sería interesante.

Pero lo más conflictivo es que aunque tú dediques a algo al dominio público expresándolo así desde España, por ley, y por ahora, tus descendientes adquirirán y gestionarán los derechos sobre tus obras a tu muerte, con lo que se daría la paradoja de que lo que estuvo una vez en el dominio público deja de estarlo. Por otro lado recuerda que una obra derivada del dominio público es susceptible de ser sus derechos reservados. Por otro lado en los EEUU los derechos morales no se observan con en la legislación Española, basada en las leyes de Francia y Alemania, también conocida como derechos de autor continentales.

benjami

#13 Lo metes en un sobre bien sellado y te lo envías a ti mismo certificado. Guarda el comprobante de Correos, que también tendrá registrada la fecha en que lo recibiste. Cualquier juez aceptará el sobre cerrado y el aviso de correos con la fecha. Podrá comprobar que dentro está tu obra y que eres el autor en tal fecha.

Con burofax también se puede, pero es más caro.

EDITO: Luego veo que te han dicho lo mismo. Insisto en que el sobre esté bien precintado y que el certificado sí queda en los registros de Correos.

oneras

Fuera de bromas, resulta que suele ocurrir que medios usan obras de tereceros sin autorización o sin respetar las condiciones de licencia y este procedimiento se tendrá que seguir como norma. ¿O no? O jugamos todos o nadie, y que bueno, que luego expliquen después porqué se favorece a unos que denuncian sobre otros cuando existe prueba documental de las infracciones.

Kaphax

Fácil, sencillo y para toda la familia.

S

Lo que diga Ramoncín

erbauer

Lo guardo en favoritos para cuando haga falta...

nergeia

Los abogados listos, esos hackers de leyes...

Me parece una idea de putísima madre. Nada como la exageración para ver lo absurdo de una norma.

d

Es gracioso pero la verdad es que sería ignorado como todas esas iniciativas similares de denuncias con la ley Sinde.

dphi0pn

¿Y que pasará cuando un medio publique en papel una foto que no es suya? ¿Como se retirará, quemando los periódicos?

D

Espero que nadie piense en serio que la Administración va a mover un dedo en contra de los grandes medios.

anv

¿En serio es como dice el artículo? Yo me inclino a pensar que si la "víctima" es una poderosa empresa periodística, es probable que la sentencia sea que tienes razón pero que todo se quede como está.

M

Lo único con lo que no estoy de acuerdo es con que el autor lo llame "abuso", lo que me parece un abuso es la propia ley, pero este ejemplo en particular me parece más bien un "uso" perfectamente legítimo de una ley en sí abusiva.

o

Amigos... no es realista. Si la situación descrita se pudiera llegar a dar una única vez sacarían corriendo una reforma urgente del texto legal aunque sea por la vía del Decreto Ley.

Rajoy: "yo, por la casta mediática, MA-TO"