Hace 9 años | Por Catacroc a expediciontrail.com
Publicado hace 9 años por Catacroc a expediciontrail.com

No soy muy dado a escribir en este Blog posts que no recojan salidas en moto o experiencias vividas sobre dos ruedas, pero ya son varios los comentarios que he leído estos días en los foros sobre la legalidad de la grabación con las Go Pro en los cascos (mientras vamos conduciendo nuestras monturas). rel: ¿Puedo grabar desde la moto mientras circulo? ¿Es legal?
Hace 9 años | Por Catacroc a motorpasionmoto.com
Publicado hace 9 años por Catacroc
a motorpasionmoto.com

Respuesta: No. Bueno, quizás sea demasiada escueta y queráis saber exactamente el porqué no está per [...]

Comentarios

D

#1 Yo siempre he oido que llevar camara en el coche es legal siempre y cuando se censuren las matriculas si lo subes en plan ruso.

m

#55: Yo en todas las fotos que subo a Internet borro las matrículas y las caras.

Bueno, si la foto es ferroviaria no borro la matrícula UIC. Pero si se ve el interior de la cabina, disimulo la foto para que no se sepa si va una persona o van varias, uso el clonado para que parezca que está vacía y así no comprometo a nadie si un día un maquinista deja que algún conocido suba a la cabina para que vea como es su oficio.

u

#1 Por supuesto que sí son legales. Y por supuesto que es legal grabar lo que te de la gana. Otra cosa es su publicación. Si vas con la moto, grabas a alguien que pasa en bolas y lo publicas sin su consentimiento, vulneras su derecho a la propia imagen.
Si a esa misma persona en bolas la grabas y porque has tenido un accidente con ella aportas el video como prueba, es absolutamente legal. Depende del contexto se vulnera o no el derecho a la propia imagen, pero eso solo afecta a la publicacion del video en si, no a la compra de la cámara ni al uso privado de las imágenes, máxime cuando se suelen usar o a efectos de blindarte ante el seguro o la justicia. Te lo dice un periodista.

M

#68 ¿Que diferencia hay que esté en "bolas" esa persona? ¿Es por la supuesta vergüenza o algo que se me escapa? Siento salpicaros con mi ignorancia.

u

#90 Si va en bolas, por ejemplo en una playa nudista, esa persona autoriza con su comportamiento que la vean quienes están en ese momento en la playa, pero eso no autoriza a ningún medio a hacerle una foto y sacarla en portada así por las buenas. Si eso ocurriera, denuncia al canto e indemnización como hay tantos precedentes de ello. Es por el derecho a la propia imagen, todo el mundo tiene derecho a disponer de su propia imagen y a que nadie se lucre con ella si no es con expreso consentimiento, o si no hay causas periodísticas mayores que lo justifiquen, que no sería el caso (en este caso entra el grabar y publicar imágenes de la policía mientras trabaja, por ejemplo, por mucho que lo intenten ahora prohibir)

#93 Sí, claro, es lo mismo que dije antes.

chorche77

#1 #68 Sacar fotos/grabar la vía pública desde la propia vía pública es legal. Vaya la gente vestida o en bolas. Punto.

editado:
excepto subir fotos con la cara de maderos, claro.

M

#1 ¿"dupe" es un tecnicismo o se quería hacer referencia a "dupli" o que?
Aparte de mi ignorancia el artículo es muy interesante para mi carrera profesional y ha sido correctamente meneada y comentada por radio patio mientras limpiaba la escalera de la comunidad de vecino.
Dupe.

p

#1 #2 Grabar video o audio mientras tu lo ves u oyes es legal. si te dejas la cam en el coche grabando ya no es ilegal.

Es legal mientras estés presente.

Para publicarlo ya la cosa puede cambiar y no solo por mostrar matriculas, sino por detalles que pueda identificar algo o alguien.

Catacroc

#95 Eran mejor muchas de las anteriores explicaciones que esta.

W

#12 Nos gusta tanto regularlo todo que hemos terminado consiguiendo un país en el que no podemos hacer prácticamente nada. Todo es ilegal o casi o nadie lo tiene claro y mejor no hacerlo o vete tu a saber... ¡Y todos aceptamos el recorte constante de derechos y la falta de libertad!

f

#15 Creo que #16 y #19 te lo aclaran.

sam2001

#22 Gracias :), sí conozco lo que dice la norma y la interpretación en sede Administrativa (AEPD) y en sede judicial (Audiencia Nacional), pero como no soy nuevo en Menéame, no entraré en discusiones que no conducirán a nada

sam2001

#50 Es que las respuestas no te van a gustar... y por otra parte habrá que ver quién hace la grabación y para qué (no es lo mismo un periodista informando de una noticia, un atentado por ejemplo, que un particular que va con la cámara en mano grabando a la gente). Pero te digo, que con carácter general, si tu coges y vas grabando por la calle (y grabas personas claro) y luego cuelgas el vídeo en Youtube (vídeo público, no privado), sí, necesitas el consentimiento de esa gente.
Y da igual si vas andando o en silla de ruedas.
Otra cosa es que esto lo haga todo el mundo y no pase nada (pasa, pero no se conoce porque en los medios no sale y nadie habla de estas cosas).

Échale un vistazo a esta noticia: http://www.abc.es/20100122/medios-redes-web/tuenti-facebook-amigos-201001221125.html

E insisto que no vengo con ánimo de trolear ni discutir, pero en estos temas, después de bastantes años de ejercicio profesional, algo sé. Y me incomoda que en Menéame, plataforma que admiro, se difundan bulos o cosas que no son... me siento en la obligación muchas veces de al menos intentar mostrar el equívoco.

Catacroc

#52 Que me guste o no que no te preocupe, quiero que me cuentes lo que sabes por que igual estoy equivocado.

sam2001

#56 En ese enlace que te he puesto te está diciendo lo que yo estoy defendiendo el Director de entonces (2010) de la Agencia Española de Protección de Datos.

Cabre13

#52 Por lo que veo realmente te dedicas a la protección de datos. Me parece muy bien. Pero la próxima vez que vengas a a "intentar mostrar el equívoco" hazlo escribiendo un comentario medianamente razonado desarrollado y razonado.

Tu primera intervención fue poner una retahíla de casos que no eran "grabar desde una moto con GoPro" sino casos de acoso sexual y vigilancia ilegal.
Tu segunda intervención fue para decir "no sé qué diferencia hay entre lo que explica el meneo y los casos que he envíado" cuando sencillamente es obvio que no es lo mismo "grabar a una vecina a través de las ventanas" que "llevar una GoPro en la moto".
Después de eso respondes con evasivas e ironías a un usuario que te está intentando explicar lo que él opina.
De hecho por más que miro tus comentarios no has explicado nada hasta éste, te has limitado a pegar enlaces y contestar con ironías.

Por favor, ten un mínimo de educación, que es que encima aún te quejarás de que la gente no te entiende.

sam2001

#81 No, mi primer comentario era un enlace a un artículo donde comento el caso de grabar desde un coche con una cámara fija, que para el caso es lo mismo que grabar desde una moto con una Go Pro (pero los que comentaron parece que no leyeron el artículo que enlazaba); el artículo es bastante claro para quien quiera entender y me limito a exponer la realidad legal.

Luego ya la gente empieza a interpretar las cosas a su manera y ya ahí paro de discutir pues evidentemente me doy cuenta que será imposible explicar nada a quien ya cree que lo sabe todo.

Cabre13

#100 Ah claro, que tú lo sabes todo, pues entonces no te digo nada.

a

#50 Cuando vas por la calle no creo que eso forme parte de tu vida privada,

Lee bien el artículo 7-5: "...en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos".

sino seria ilegal cualquier foto tomada en la calle puesto que sale gente que no ha sido consultada.

Cuando haces una foto turística, por ejemplo, las personas que aparecen entran en la categoría de "meramente accesorias" que dice el apartado c) del artículo 8.2 que regula las excepciones.

Pero si instalas una cámara en modo automático no tienes opción de controlar qué está grabando. Pueden salir perfectamente personas en primer plano que no te han dado permiso para grabarlas. Por tanto, en virtud del derecho a la privacidad de terceros, no te está permitido instalar la cámara.

lvalin

#49 Pues te contestas solo. Las personas que aparecen en tu grabación, lo hacen precisamente a título accesorio, porque el propósito no es grabarlas a ellas, sino registrar tu paseo en moto, a pie o montado en burra. Lo que protege la ley que indicas es que una persona sin notoriedad pública pueda sufrir un acoso mediático.

a

#60 Repito: no controlas que puedan salir personas en primer plano, o enseñando la hucha, o metiéndose el dedo en la nariz...

Dejad ya de justificar que nos podemos meter en la privacidad ajena. Si no se puede, no se puede (afortunadamente).

lvalin

#61 Contesto: Si no quieres que te graben con el dedo en la nariz "accesoriamente" en un vídeo, no te metas el dedo en la nariz, o no lo hagas por la calle.

La ley protege la privacidad en el ámbito privado, pero no en el público (afortunadamente).

Imagina a alguien que desea ir desnudo por la calle porque tiene derecho a ello, pero no quiere que le mire nadie, porque eso atenta a su derecho al honor y la intimidad, a lo que también tiene derecho.... absurdo ¿no?. Pues una fotografía o grabación, en derecho, es algo bastante parecido. Piénsalo mejor.

a

#66 Contesto: Si no quieres que te graben con el dedo en la nariz "accesoriamente" en un vídeo, no te metas el dedo en la nariz, o no lo hagas por la calle.

La ley protege la privacidad en el ámbito privado, pero no en el público (afortunadamente).


¡Bip! ¡Error! Tu privacidad es tuya incluso en el ámbito público. Una cosa es que estés desarrollando una actividad pública como participar en una manifestación (desnudo o vestido), un desfile, dando un discurso, etc y otra cosa es usar el espacio público donde tu privacidad está también protegida.

Sobre esto ya tuvimos ocasión de debatir ad nauseam con ocasión de la ley que permitía a empresas e instituciones disponer de cámaras en la calle. Y ya quedó bien establecido que tu privacidad no acaba cuando sales de la puerta de tu casa. Tengo una cierta sensación de dejà vu...

Sobre el ejemplo de grabarte con los dedos en la nariz; es como si me dijeras que mi derecho al no allanamiento de mi vivienda se pierde porque me dejo la puerta abierta: no señor, quien entra en mi casa sin mi permiso está cometiendo un delito, tanto si tiene que forzar la puerta como si se la encuentra abierta. Y quien me graba metiéndome el dedo en la nariz sin mi permiso está violando mi intimidad, tanto si estoy en mi casa como si voy paseando tranquilamente por la calle.

Además ese es uno de los muchos ejemplos que te puedo poner donde se viola tu privacidad. En muchos escenarios no es tan sencillo como "no te metas el dedo en la nariz". Otro ejemplo: te agachas a ayudar a una persona que se ha caído y se te ve la "hucha"; o te quitas el cinturón para hacer un torniquete a un herido y se te caen los pantalones. Mejor entonces no ayudes, no vaya a ser que te grabe alguna GoPro de esas que, según tú, tienen todo el derecho del mundo a andar grabando indiscriminadamente el espacio público.

De verdad me siento absurdo argumentando a favor de la privacidad. ¿En tan poco estimáis la vuestra?

D

#49, vamos que a estos efectos grabar con una dashcam es igual que sacar fotos en la calle. Conclusión: son legales de facto.

D

Yo hace años que intento saber si es legal o ilegal y todavía no me he enterado de nada. Unos dicen que es ilegal o otros que es legal, o sea, que ni la policía ni nadie parece que tiene el asunto claro.

Editado. Para leer el artículo de esta noticia tuve que quitarle el estilo de página al navegador y quitarle la carga de imágenes, pues me dejaba trabado el sistema. La gente piensa que todo el mundo tiene ordenadores nuevos.

Yata

#2 Reconozco que he entrado en la página enlazada sólo para ver si mi PC la abría bien y ¡ha superado el test!


Por otro lado, me ha hecho gracia el "yo hace años" porqué en mi cabeza ha venido que decías "hace años" para decirnos que no la habías comprado por estar de moda lol

pys

#2 Yo con el lynx no tengo problemas

M

#2 Usas Mac, no?

d4f

#46 "con fines de vigilancia" Creo que eso limita mucho lo que dices.

Lito

El problema está en grabar desde un ESPACIO PRIVADO hacia un ESPACIO PÚBLICO. Una moto no dispone de espacio privado, un coche sí, al igual que desde un apartamento hacia la calle.

No puedes montar una cámara de salpicadero grabando hacia la calle ya que es desde un espacio privado hacia uno público pero sí desde un casco de una moto, bici, monopatín ya que son espacios abiertos.

Como "alternativa" es colocar la cámara en la luna trasera y que grabe hacia delante, a modo de cámara de vigilancia de lo que ocurre en el interior del vehículo. Es ló único que te podría salvar de la sanción.

Los rusos nos llevan años de ventaja

D

#20 ¿y el balcon de un piso?
¿Y si esta colgando del balcon?

Lito

#26 Todo lo que se encuentre cerrado o no sea accesible por cualquiera es un espacio privado.

f

#20 ¿en qué ley se prohibe grabar desde un espacio privado a uno público?

Lito

#43 La Instrucción 1/2006 de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras, indica en su artículo 4: “las cámaras y videocámaras instaladas en espacios privados no podrán obtener imágenes de espacios públicos salvo que resulte imprescindible para la finalidad de vigilancia que se pretende, o resulte imposible evitarlo por razón de la ubicación de aquéllas.”

De ahí lo de instalar la cámara en el cristal trasero para "vigilar" lo que sucede en el interior del coche.

wata

#46 ¿Y las cámaras de los cehiculos que van integradas? Tal vez no graben pero se ven... Quiero decir, los camiones, autocaravanas, coches modernos...llevan cámaras.

Lito

#62 Esto sólo se aplica a dispositivos de grabación. Si no se graba no tiene sentido aplicarle ningún tipo de ley sobre protección de datos, ya que esos datos no quedan registrados en ningún lado.

d4f

#69 En el otro comentario que has puesto (#46) has aclarado que sólo se aplica cuando es con fines de vigilancia...

Lito

#74 No entiendo que quieres decir. Si tienes una cámara de vigilancia que SÓLO grabe espacios privados propios no tienes ningún problema. El problema lo tienes cuando graba espacios públicos.

d4f

#75 Pues que #67 habla de una dashcam, y eso no es una cámara de vigilancia.

f

#46 vuelta la burra al trigo... la ley de protección de datos no se aplica al uso personal y doméstico, ya está explicado antes, lo dice la propia ley en su artículo 4.

Esa ley está pensada para empresas, no para particulares haciendo grabaciones de uso privado.

Rubenix

#20 La LOPD no legisla sobre las grabaciones privadas, sea dento o fuera. ¿acaso no puedes grabar en la calle? Pues eso, sólo si son grabaciones usadas como base de datos hay que registrar la cámara en la AEPD.

Fíjate que incluso los libros de partidas de bautismo son considerados bases de datos...

Lito

#67 Estás equivocado, una instalación de una cámara en un coche no es como si tu cuñado está con una cámara grabando. Una instalación de grabación es una instalación de grabación y la ley es muy clara en ese sentido "las cámaras y videocámaras instaladas en espacios privados no podrán obtener imágenes de espacios públicos".

Otra cosa es que no nos guste la ley (que a mi no me gusta) y otra es no querer aceptarla.

amstrad

#69 El interior de un coche no se considera espacio privado

Lito

#70 Es lo que me faltaba por oír.

amstrad

#71 Póngase al día, que le veo un poco confundido. STS 143/2013, STS 865/2007, etc. SI el coche fuera un espacio privado la Guardia Civil no podría registrarlo sin orden judicial.

Lito

#73 Que tendrán que ver las churras con las merinas, la policía según el art.5.2 L.O. 2/86 de 1 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado pueden:

- Comprobaciones de identidad individual.
- Registro de vehículos.
- Control superficial de los efectos personales, con el fin de comprobar que no llevan sustancias o instrumentos prohibidos o peligrosos.

Algo que es independiente a si el vehículo es un espacio público o privado.

amstrad

#76 Las churras y las merinas son las suyas. No es lo que estábamos debatiendo. De lo que hablábamos es de que, a efectos legales, el vehículo no se considera espacio privado. Por mucho que usted crea que no es así, no hará mas que golpear su cabeza contra la innumerable jurisprudencia del supremo al respecto. Un vehículo automóvil no encierra un espacio en cuyo interior se ejerza o desenvuelva la esfera o ámbito privado de un individuo.

Lito

#78 Ah, no? Y una caravana? o una furgoneta? o una autocaravana? Estaría bien que aportara alguna prueba que dea veracidad a su afirmación. Con un enlace que diga que un vehículo no es un espacio privado me conformo.

amstrad

#79 ¿Ha leído acaso la jurisprudencia que facilité inicialmente?

Lito

#80 Me preguntas si me he leído la jurisprudencia de las sentencias (865/2007) http://supremo.vlex.es/vid/excepciones-dilatorias-sumision-arbitraje-30358144 en las que "RESPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS, S.A." le reclama contra la entidad "ZAPARTE, S.L.", y en ampliación de demanda, Don Casimiro y Doña Catalina, sobre reclamación de pago de 8.218.784 pesetas. Aunque supongo que a la que te refieres es a esta http://supremo.vlex.es/vid/-428583450 en donde se dice en un vehículo no se desarrollan actividades de ámbito privado, lo cual no tiene nada que ver con que en sí, sea un espacio privado. Volvemos a las churras con las merinas.

amstrad

#82 Si, evidentemente cometí un error, Gracias por aclararlo, no me había dado cuenta. Es la 856/2007 y no la 865/2007.

Un vehículo automóvil -dice la STS. 856/2007 de 25.10 - que se utiliza exclusivamente como medio de transporte no encierra un espacio en cuyo interior se ejerza o desenvuelva la esfera o ámbito privado de un individuo

Dice usted:

se dice en un vehículo no se desarrollan actividades de ámbito privado, lo cual no tiene nada que ver con que en sí, sea un espacio privado

Bueno, es posible que los operadores jurídicos, la judicatura, los colegas con los que he tenido oportunidad de comentar esto, y el tribunal supremo estén equivocados.. pero si en un lugar no se desarrollan nunca actividades privadas ni pueden encerrar espacios de índole íntima y personal, es posible que ese lugar no sea privado, ¿no cree?

Fotoperfecta

#83 No sé si esto aclararía algo http://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1116224

Un vehículo automóvil que se utilice exclusivamente como medio de transporte no encierra, sin embargo, un espacio en cuyo interior se ejerza o desenvuelva ese ámbito privado del individuo al que venimos haciendo alusión ( SSTS núm. 143/2013, de 28 de febrero, ó 856/2007, de 25 de octubre, entre otras muchas). En consecuencia, su registro por agentes de la autoridad en el desarrollo de la investigación de conductas presuntamente delictivas para descubrir y, en su caso, recoger los efectos y/o instrumentos de un delito no precisa de resolución judicial, pues no resulta afectado en aquel caso ningún derecho constitucional, como sucede en cambio con el domicilio, la correspondencia o las comunicaciones ( SSTS núm. 861/2011, de 30 de junio; 571/2011, de 7 de junio, ó 619/2007, de 29 de junio, entre otras muchas). En este mismo sentido, hemos dicho en muchas ocasiones que las normas contenidas en el Título VIII del Libro II de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que lleva por rúbrica "De la entrada y registro en lugar cerrado, del de libros y papeles y de la detención y apertura de la correspondencia escrita y telegráfica", tienen como ámbito propio de actuación el derivado de la intimidad y demás derechos constitucionalmente reconocidos en el art. 18 C.E.. Por ello, sus exigencias no son extensibles a objetos distintos, como puede ser algo tan impersonal (en cuanto mero instrumento) como un automóvil o un vehículo a motor, que puede ser objeto de investigación policial sin que se vea por ello afectada la esfera íntima de la persona.

No sé...estoy contigo. Los jueces no establecen a un vehículo como ámbito privado. Si, como dice esa sentencia, el registro de un vehículo no afecta la esfera íntima de la persona, no parece que a efectos de grabación pueda decirse que es un espacio privado.

amstrad

#85 Es que así se lleva considerando desde hace años. No tiene sentido que, como afirmaba alguien en el comentario anterior, una bici o una moto no sea espacio privado por no tener un habitáculo cerrado, y un coche si por tenerlo. ¿Y un descapotable convertible entonces como lo consideramos?. No tiene sentido alguno.

En todo caso, a lo que vamos: un coche no es un lugar donde ejerzas tu vida privada ni se considera a efectos privados un espacio privado, es un mero medio de transporte. No es un apartamento.

sam2001

Discrepo bastante: http://www.samuelparra.com/2013/03/26/seria-legal-instalar-camara-nuestro-coche-que-grabara-mientras-conducimos/

– 600 euros de multa a un chaval que intentó grabar, desde su casa, a la vecina de enfrente.

– 600 euros de multa a una anciana que grabó, desde su casa, 30 centímetros del rellano.

– 2000 euros de multa a un particular por tener varias cámaras enfocando a calle.

– 2000 euros de multa por no avisar que nos están grabando.

f

#10 Pues si te lees el artículo veras la diferencia entre esos casos y el llevar una gopro.

sam2001

#14 Sí, me lo he leído ¿me dices qué diferencia hay?

D

#15 ¿Formulas la pregunta en serio o estás vacilando al personal?

Gresteh

#10 Creo que se equivoca al considerarlo videovigilancia, se trata más bien de una grabación privada, lo mísmo que que vas con el móvil y haces una grabación o con la videocámara. Otra cosa sería dejar la cámara grabando sin estar tu, pero mientras estés conduciendo no creo que existan problemas... de lo contrario existirían problemas si grabamos en la calle, nos multarían a todos por sacar vídeos y fotos de nuestras vacaciones...

sam2001

#16 No te van a multar porque no te van a denunciar, pero ya se ha multado a gente por grabar con el móvil y colgarlo en Youtube. No hay más sanciones porque esto no se denuncia, pero eso no significa que sea legal.

Catacroc

#10 De esos 4 ejemplos ninguno es por grabar desde un coche o una moto.

sam2001

#28 sí, tienes razón, grabar desde un coche o una moto legítima las grabaciones, todo el mundo lo sabe.

Catacroc

#29 ¿Es legal que yo grabe un video en la calle y lo cuelgue en youtube? En principio lo es y no puedo poner ejemplos de la cantidad de gente que lo hace y no es denunciada. Si yo en lugar de grabar andando lo hago subido como paquete en una moto ¿Que cambia? ¿Y si en lugar de grabar como paquete grabo yo pilotando y llevo la camara sujeta en el puño? No es lo mismo que si yo grabo desde mi casa a la casa de la vecina, que es ilegal.

sam2001

#33 Que sí hombre que sí :), no te voy a discutir yo en cuestiones de protección de datos y propia imagen.

HyperBlad

#10 Es hablar por no callar, pero yo diría que ninguno de esos casos se trata de un "ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.". Dejar una cámara grabando sin más no responde a ninguna actividad que estés realizando.

sam2001

#36 Bueno, al chaval que intentó grabar a su vecina sí le multaron: http://www.samuelparra.com/2008/08/22/espiar-vecina-terrazapuede-salirte-caro/
Pero que no discuto con vosotros de estas cuestiones, que evidentemente sabéis más que yo

f

#37 le multaron administrativamente, porque esas gestiones las hace un funcionario que normalmente no tiene apenas ni puñetera idea de lo que se trae entre manos y aquello es como la lotería.

Lo verdaderamente interesante es cuántas de esas sanciones administrativas se caen luego en los tribunales, que son los que realmente dirimen la interpretación de la ley.

Es como cuando a la DGT le da por poner multas por una determinada razón que se han sacado de la manga y al tiempo tienen que recular cuando empiezan a perder los recursos contencioso administrativos.

f

#111 ¿y dónde dije yo de publicar lo que grabes en internet? En #36 ya dije claramente que puedes grabar lo que quieras mientras se quede en tu ámbito privado.

D

#10

El primero es una invasión de la intimidad (la casa de la vecina) los otros tres son cámaras de seguridad a las que SI aplica.

TenienteDan

"Como abogado experto en Protección de Datos y Compliance,..."
Pues si lo dice el será que no hay problema.

lakonur

Pero si el mismo autor del artículo lo escribe… actividades domésticas o privadas, ¿qué tiene de doméstico o privado grabar en vía pública? No le vendría mal un poquito de humildad.

Rubenix

#51 Si son para tu ámbito doméstico o privado, no implica que las graves en casa. De lo contrario nadie podría siquiera sacar una foto en la calle. Si son privadas (para ti o tus allegados) no entra en la LOPD, si es para la seguridad de una comunidad de vecinos, una empresa, difundirlo en un medio público... entonces entra en la LOPD.

David_OM

Entiendo entonces que si posteriormente subes la grabación a Youtube, el video deja de ser privado y te expones a una denuncia, ¿no?

nergeia

Muy explicativo.

Pero tengo aún así una pregunta: Si tienes un accidente con la moto, y con la grabación de la Go Pro se prueba que "el otro" es el que tiene la culpa, ¿se puede usar el video para la denuncia/juicio? ¿aquí si aplica la LOPD?

Raziel_2

#5 Creo que es válida como prueba. Hace unos años se usaban para evitar denuncias por falsos atropellos.

C

#5 Lo mismo me pregunto yo. A ver si hay algún abogado en la sala y nos lo aclara, maldita sea.

jucargarma

#9 ¿Abogado? Para abogado el que tengo aquí... a mi lado.

ogrydc

#34 Creo que en lo penal también son válidos como prueba de descargo. Solo se inadmiten como prueba de cargo.

Fotoperfecta

#84 Creo que sí. Recuerdo ese vídeo que pululó hace no mucho por Internet en que un hombre presentaba una grabación sonora en que demostraba que la denuncia de su ex por violencia de género era falsa.
(Ella decía que fue a su domicilio gritando y amenazando, y se demostró que eso no pasó en ningún momento).
Aún recuerdo como la mujer se tapaba la cara con las manos como diciendo "Joder...me han pillado".
Y evidentemente, a fin y efectos de identificación, es lo mismo una imagen que un sonido con la voz de la persona.
Y la prueba bien que la admitió el juez.

JeanMeslier

Hace poco yo hice una consulta a la Agencia Española de Protección de Datos sobre si podía poner una dash-cam en el salpicadero de mi coche y me respondieron diciendo que tenía que darme de alta en un archivo de protección de datos.

amstrad

#27 Las consultas no las atiende siempre la misma persona, tu puedes llamar por teléfono para preguntar una cosa y te responden una cosa, mañana preguntas lo mismo y te responden otra.. Además, no son vinculantes. Pasa casi lo mismo que cuando vas a preguntar cosas a la Seguridad Social - AEAT.

dunachio

Yo, el "problema" que veo es si en caso de accidente el tener la cámara en el casco puede ser perjudicial para el piloto y causarle heridas mas serias que si no la hubiese llevado. Lo mismo el seguro se agarra a eso y te deja tirado.

G

#7 La sujeción no es fija se va la mierda la camara sin provocar nada raro.

disconubes

Legales, no sé. Peligrosas, sí. De hecho las heridas de Schumacher en su accidente se agravaron por llevar la cámara en el casco.

La cámara pudo ser la causante de la rotura del casco de Schumacher

Hace 10 años | Por Aergon a es.eurosport.yahoo.com

kumo

#18 Prácticamente nadie las lleva en competición en el casco (auerodinámica y comodidad). Si acaso alguno de dirt para que no se llene de suciedad. En motociclismo las llevan todos en las motos. Y en la calle/circuito esa es una opción muy válida y muy utilizada. Ya que en el casco la perspectiva es más rara y está más expuesta al ruido y otros elementos.

Por otro lado tu link dice que "pudo ser" no que fuera

kumo

Aquí una relacionada de uno al que sí multaron por grabar con la cámara de la moto: http://revistamotera.com/llevar-camara-on-board-500-euros-de-multa/

Claro que me creo perfectamente un exceso de celo o desconocimiento de la reglamentación por el civil.

Endor_Fino

La LOPD es una mierda, las leyes que "protegen" la intimidad, otra mierda, y la mayor mierda son las interpretaciones que hacen los inspectores de la AGPD, que en unas sentencias dicen que es legal poner una cámara grabando desde tu casa yen otras dicen que no

wata

La cuestión sería si es legal grabar en la vía publica. Da igual donde vaya la cámara.

geletee

En un garaje comunitario, ¿Podría tener una cámara dentro de mi coche que enfoque a otros coches y partes de dicho garaje?
Tuve problemas con algún vecino de plaza y me recomendaron no hacerlo puesto que la grabación sería ilegal como prueba en un juicio.
No sé si me informaron bien.

Israfil

Con el tiempo veremos cómo son legales y todos llevaremos una camarita en el coche como en Rusia. Interesa frente a accidentes provocados, jetas y timadores.

DD00D0D

A las cámaras deportivas les va pasar como al celofan, que la marca comercial se identifica con el producto . Pues a mi me parece mejor la Contour, más barata, más pequeña, graba muy parecido si no igual y es indestructible lol

M

Las leyes están hechas para fornicarlas. Además la ley nunca diría "no hagas esto" simplemente dice "que yo no te pille". Por lo demás haz lo que te parezca mejor. Podemos.

D

No me parece que afecté a nadie su uso, es meramente recereativo

D

#6 y ahora es cuando te sacas la mano del culo.

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