Hace 9 años | Por IvanDrago a ahotsa.info
Publicado hace 9 años por IvanDrago a ahotsa.info

La acusada, condenada a una multa de 750€ por una falta de respeto a los agentes, es absuelta de los delitos de resistencia a la autoridad y de negarse a identificarse ante los guardias civiles que irrumpieron en el recinto festivo de la asociación juvenil Gardatxo de Tafalla.

Comentarios

D

No multan a los agentes, no sancionan, no expedientan, no juzgan por mentiras y calumnias, no degradan, no se les expulsa del cuerpo, no se les suspende de empleo y sueldo... NADA (y mira que hay opciones)

IvanDrago

Esta es la que decían que era abogada del sindikato lab etc... Mentiras y más mentiras de las fuerzas de "seguridad"...

IvanDrago

#5 nadie niega que haya hechos de hechos contra el orden público, el problema es que la policía MINTIÓ en los hechos denunciados.

IvanDrago

@expertomilitar ¿Te parece irrelevante que la policía mienta en sus denuncias? lol no esperaba menos de ti.

D

#7 "condenada a una multa de 750€ por una falta de respeto a los agentes,"

Irrelevante. Sí.

D

Claro por eso la han multado, por ser una persona muy respetuosa.

IvanDrago

#2 ¿has leído el artículo?

Por ello, señala que "ni ha quedado acreditada una situación de negativa a identificarse, ni de acometimiento físico directo relevante que dé lugar a una acusación por atentado, ni una resistencia física de entidad a la detención".

Esas cosas eran precisamente las que la policía dijo públicamente, eso y además que era abogada del sindicato lab... Sindicato que hacía poco habían tomado al más puro estilo franquista sin ningún motivo y sólo por sus ideas.

La policía de este estado fascista de mierda vuelve a mentir en un comunicado público y aquí no pasa nada... Se pone una denuncia por motivos falsos a una ciudadana y aquí no pasa nada...

¿Esta es la democracia que queréis #2?

d

#4 De la noticia tambien:
No obstante, el juez indica que "el escupitajo y los continuos comentarios proferidos por la acusada si bien no dan lugar a un delito sí que constituyen una falta de respeto a los agentes". Por ello, agrega, los hechos probados son constitutivos de una falta contra el orden público.

De esta otra pagina http://pamplonaactual.com/una-abogada-de-la-izquierda-abertzale-a-la-guardia-civil-el-25-de-mayo-os-vais-a-ir-a-albacete/ se menciona más ampliamente la sentencia:

El juez considera que no “ha quedado acreditado una situación de negativa a identificarse, ni de acometimiento físico directo relevante que de lugar a una acusación por atentado, ni una resistencia física de entidad a la detención.
Otra cosa es el hecho del escupitajo por el que también se formula acusación y los continuos comentarios proferidos por la acusada que se pueden escuchar en el vídeo de la grabación, que si bien no dan lugar a un delito, si que constituyen una falta de respeto a los agentes”