Hace 8 años | Por tiopio a noticias.juridicas.com
Publicado hace 8 años por tiopio a noticias.juridicas.com

a) Pueden ser candidatos todos los Concejales que encabecen sus correspondientes listas. b) Si alguno de ellos obtiene la mayoría absoluta de los votos de los Concejales es proclamado electo. c) Si ninguno de ellos obtiene dicha mayoría es proclamado Alcalde el Concejal que encabece la lista que haya obtenido mayor número de votos populares en el correspondiente Municipio. En caso de empate se resolverá por sorteo.

Comentarios

fofito

"Artículo 197 Moción de censura del Alcalde

1. El Alcalde puede ser destituido mediante moción de censura, cuya presentación, tramitación y votación se regirá por las siguientes normas:

a) La moción de censura deberá ser propuesta, al menos, por la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación y habrá de incluir un candidato a la Alcaldía, pudiendo serlo cualquier Concejal cuya aceptación expresa conste en el escrito de proposición de la moción..."

Robus

#4 Pero eso no lo dudaba nadie... ni el PP que está tratando de conseguir que no gobiernen "los perdedores" que no es más que decir "si se juntan nos echan!" así que también lo tienen asumido...

Robus

#0 ¿Y?

Boudleaux

#1 no ha debido entender lo de ABSOLUTA

Robus

#2 Pero es que además son los votos de los concejales, no de los ciudadanos; por lo que no le veo yo el sentido a esta noticia...

zelgadis_greywords

#3 lo que quiere decir es que, por mucho que se empeñen los pepitos, la legislación vigente no impide que sea alcalde la segunda o posteriores formaciones mas votadas

m

#1 #2 Creo que quería resaltar el punto c...sino no le veo sentido

C) Si ninguno de ellos obtiene dicha mayoría es proclamado Alcalde el Concejal que encabece la lista que haya obtenido mayor número de votos populares en el correspondiente Municipio.

powernergia

Imagino que #0 ha cometido un error, y ha querido resaltar en negrita esto:

"c) Si ninguno de ellos obtiene dicha mayoría es proclamado Alcalde el Concejal que encabece la lista que haya obtenido mayor número de votos populares en el correspondiente Municipio"

Veo que ya lo indica #5.

Y eso se refiere a que si no hay acuerdo en los votos de los concejales de las diferentes formaciones, en ese caso el alcalde será el que encabece la lista con mayor votos populares.

En resumen, que si no hay acuerdo entre los menos votados, no se puede dar lo que ocurre en Andalucia, que no hay investidura, porque el alcalde sale de una manera o de otra.