Hace 8 años | Por TrailerParkBoy a tribunaavila.com
Publicado hace 8 años por TrailerParkBoy a tribunaavila.com

La sentencia afirma que no se comprende cuál puede ser la justificación de la modificación en un municipio con excedente de viviendas que no ha ejecutado las previstas en el planeamiento vigente y cuyas previsiones no tienen respaldo en un posible incremento poblacional.

Comentarios

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No se en las fechas de todo este asunto él estaba de concejal de urbanismo, pero...

http://avilared.com/not/15520/plaza-se-sube-el-sueldo-un-50-como-alcalde-de-simancas/

Un espabilado el Plaza, si...