Hace 8 años | Por Rorschach_ a m.box.com
Publicado hace 8 años por Rorschach_ a m.box.com

Y, desde luego, lo que no puede hacerse es perseguir solo a determinadas personas y no a otras (Derecho penal del enemigo) como parece acontecer en este caso, por cuanto tanto en la querella como en las denuncias se hace constar que el Sr. Zapata es concejal del Ayuntamiento de Madrid. De perseguirse tal conducta (obsérvese la pendiente resbaladiza) ... Vía: https://twitter.com/javisalas/status/616553133880311808

Comentarios

FrançoisPignon

#11 #78 no han hecho el ridiculo, era algo muy necesario para ellos --> #24

silvano

#11 Sabían que iban a hacer el ridículo, pero compensa el trabajo para el Partido.

D

#2 Te equivocas, si la perjudicada declara que no se siente ofendida por esos tuits se tiene que archivar la causa:

Así mismo, y entendiendo que los hechos que traen causa la citación, respecto de la querella interpuesta por la Asociación Dignidad y Justicia, por la publicación en un medio digital determinados chistes, no han afectado a mi persona, ni me han causado ninguna humillación,

El fiscal actua correctamente frente a la querella de Libertad y Justicia, denuncian unos hechos constitutivo de delito y solicita que declaren. Es lo corecto.

El fiscal no actua solamente en delitos perseguibles de oficio, actua en todos los delitos. Y en este solo hay delito si el perjudicado se siente ofendido.

Rorschach_

#20 Nada hombre nada, si es lo corecto es lo corecto

Pancar

#20 Creo que eso no es así. Eso sería en caso de ser un delito privado (calumnia o injuria) y la querella solamente podría presentarla la persona afectada, pero en este caso se trataba de un supuesto delito de terrorismo que es un delito público y por tanto perseguible de oficio.

MasterChof

#34 la cuestión es:

si yo cuento un chiste negro, sería delito
si yo precedo mi chiste negro con un "este es el chiste que contó zapata:", no existiría delito

aunque en ambos casos he dado difusión a un chiste de mal gusto y he podido infligir daños emocionales...

MasterChof

#48 bueno, poniéndome en la piel de los denunciantes...

luiggi

#44 Algo así sólo debería perseguirse si:

a) Se lanza directamente y con ánimo de dolo hacía la víctima (en este casi ni hubo ánimo de dolo ni se pretendía que llegara a la víctima).

b) Debería perseguirse al responsable de difundirlo si ello puede conllevar la probabilidad de que afecte a la víctima (en este caso Inda debería ir a la cárcel) o qué parte de la población pueda asimilar como válidos hechos delictivos.

Porque ¿de qué se trata? ¿De evitarle sufrimiento a las víctimas o de su uso partidista? ah si, ya ...

D

#34 No es que sea una razon mas, es la principal, ya que si se siente ofendida si seria delito.
El resto del auto lo que argumenta el juez es que no existe otro delito imputable al artículo 578 del Código Penal, que es lo que demanda la asociacion esa.

Artículo 130.
La responsabilidad criminal se extingue:
1.º Por la muerte del reo.
2.º Por el cumplimiento de la condena.
3.º Por el indulto.
4.º Por el perdón del ofendido, cuando la ley así lo prevea. El perdón habrá de ser otorgado de forma expresa antes de que se haya iniciado la ejecución de la pena impuesta. A tal efecto, declarada la firmeza de la sentencia, el Juez o Tribunal sentenciador oirá al ofendido por el delito antes de ordenar la ejecución de la pena.

Y especificamente para el caso de calumnia o injuria:
3. El culpable de calumnia o injuria quedará exento de responsabilidad criminal mediante el perdón de la persona ofendida por el delito o de su representante legal, sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del número 4.º del artículo 130 de este Código (menores).
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1995-25444

Angelusiones

#63 Mentira podrida@JesusMaeztu, leetelo bien y mira las partes señaladas, el juez indica que el twit no entra en ninguno de los casos que contempla el articulo 578 porque ni integra una conducta especialmente perversa y no se da un dolo específico.

-------------------------Resumen del final para vagos.
...
Pues bien, el citado tweet (ni los otros) no puede suponer la comisión de delito alguno; pues no integra ni una conducta especialmente perversa, ni se da el dolo específico
-------------------------Fin resumen del final para vagos.

Lee bien y aprende a leer por favor

SEGUNDO.- El Derecho Penal se rige por unos principios esenciales, entre ellos, el de legalidad, de forma que solo los comportamientos que son susceptibles de integrarse en un precepto penal concreto pueden considerarse infracción de esta naturaleza3. Pues bien, para este caso, la conducta imputada al Sr. Zapata es de todo punto imposible incardinarla en precepto penal alguno. Es, como veremos, atípica.

...

Es pacífico en la doctrina y jurisprudencia que el artículo 578 del Código Penal pretende proteger a las victimas de delitos de terrorismo y sus familiares que pudieran verse afectados por determinadas manifestaciones que impliquen un ataque a su fama, crédito, dignidad o, incluso, pudieran suponer algún tipo de vejación o humillación que atente contra su
integridad moral. Si bien,
- solo persigue conductas especialmente perversas de quienes calumnian o humillan a las víctimas, al tiempo que incrementan el
horror de sus familiares (STS 752/2012).

- se exige un dolo específico o ánimo directo de desprestigiar o rebajar la dignidad de las víctimas, cuya comisión no puede consistir en la ejecución de actos que, teniendo una finalidad específica distinta, de alguna manera y de forma indirecta, puedan producir dolor o angustia en las víctimas o sus familiares. (SSTS 282 y 340/2013)

...

Pues bien, el citado tweet (ni los otros) no puede suponer la comisión de delito alguno; pues no integra ni una conducta especialmente perversa, ni se da el dolo específico

Bernard

#34 Habida cuenta de que el Ministerio Fiscal es un órgano cuya jefatura recae en el Fiscal General del Estado, cargo designado por el Gobierno, los criterios que regirán la actuación del mismo podrán tener origen en el Gobierno y, en consecuencia, muchas veces, en decisiones políticas.

O cambias esto o de lo contrario es rídiculo pedirle independencia a la fiscalía porque a los 10 minutos de ser "independiente" han puesto a otro.

e

#20 O no te has leido el auto o no sabes leer muy bien, del propio auto:
"Y, desde luego, lo que no puede hacerse es perseguir solo a determinadas personas y no a otras (Derecho penal del enemigo) como parece acontecer en este caso, por cuanto tanto en la querella como en las denuncias se hace constar que el Sr. Zapata es concejal del Ayuntamiento de Madrid. De perseguirse tal conducta (obsérvese la pendiente resbaladiza) habría que hacerlo respecto de todos los que han publicado “chistes” similares en las redes sociales e Internet" Eso es un zasca en toda la boca... y no he pegado lo que continua que va en la linea.

avalancha971

#30 Buenísimo.

Lo mejor es que la fotografía por sí sola tiene su miga y desconcierta, lo cual hace que se tarde en pillar y tenga todavía luego más gracia.

ExpoX7

#41 Creo que soy imbécil; ¿cuál es la coña y qué tengo que pillar?

avalancha971

#69 El "auto".

c

¿No tienen nada mejor que hacer? ¿A esas chorradas dedican el dinero de nuestros impuestos?

D

#4 lo llaman politica nacional, y dentro esta el subvencionar a las cajasbancos, poner impuestos al sol, cohartar las los derechos humanos e inflar de hostias a todo el que les lleve la contraria.

Y no me meto con que son todos una banda de ultracatólicos que se llenan la boca con el projimo y luego le dan una patada en el culo por su falta de corazón.

Minha

#4 ¿Te parece poco un mes sin que hablen de sus mierdas?

Les ha salido mas que rentable, lamentablemente.

D

#1 me gusta que se meneen fuentes originales, pero me da que esto no llega a portada

P.D. Enlace roto tio... arreglalo

Rorschach_

#3 ¿Lo has visto sin problemas?... ¿la url bien?

Rorschach_

#3 Pedido cambio

MasterChof

#25 y de madre iraní
#3 estás hecho todo un vidente

D

#40 no te entiendo HispanTV

¿que problema tienes con que avise de un enlace caido?
¿Sigue caido? Pues dame a mi las gracias, por la parte que me toca.

D

#40 ya te entiendo que ha llegado a portada disculpa el cachondeo en #49...

Hace tiempo que hay un debate sobre si meneame es un agregador de noticias o de información, por exponerlo a mi manera. Como amante de la historia y enciclopedista, la fuente original es superior a un artículo periodístico.

Me alegro de equivocarme Grande Meneame... Mu grande

MasterChof

#52 disculpado

p

#49 Gracias.

luiggi

#3 Yo tampoco lo veo ...

Rorschach_

#19 Creía que había pasado más tiempo entre una cosa y otra Gracias, aunque esos, todo hay que decirlo, serían dupes de la que pongo relacionada en 1. Aquella y los tuyos son la noticia, esto es el documento, el texto concreto del archivo del caso.

DoctorBarroco

#21 No pasa ná, tengo que aprender a mirar en otra ventanita si ya no es necesario publicar... pero me dejé llevar por la emoción.

nemesisreptante

Tranquilos, de un momento a otro comenzaran las dimisiones en la fiscalía.

davidx

#12 lol lol lol

c

angelitoMagnoangelitoMagno relacionado con lo que comentabas aquí angelitoMagnoangelitoMagno porque parece que le han rebajado la fianza de 20.000€ a 1.000 y aún no la había presentado (aunque hacía campaña de crowfounding).

Por providencia de 1 de julio, a la vista de las alegaciones y documentación aportada por la Asociación Dignidad y Justicia, se rebajó la fianza a la suma de 1000 euros. (Pàg. 2)

De otro lado, aunque la Asociación Dignidad y Justicia no ha prestado la fianza exigida para su personación como acusación popular, en aras al principio de tutela efectiva, dado el acuerdo de archivo, procede darle vista de lo actuado a los solos efectos de que pueda recurrir la presente resolución en plazo legal y si lo estima oportuno. (Pàg. 6)

Al final les va ha salir rentable poner denuncias así si han recaudado más de 1.000€

simiocesar

#18 no han recaudado nada. Piden fianza de 20000 a dignida y justicia para denunciar. La reban a 1000 por tutela judicial efectiva (si piden fianza alta impiden poder denunciar) y la rebajan a 1000 que tampoco pagan.
Pongamos que pensaban que la fianza es para Zapata. Pues se la devuelven al archivarse y de ser condenado en ningún caso sería para ellos sino para pagar la multa que le pusieran

RFK80

Ahora Inda también se va a pasear con la fotocopia del auto del juez? eh SEÑOR INDA? O solo le gusta pasearse con fotos de judios gaseados (eso si que debería de ser delito...)

UnbiddenHorse

Próxima noticia: El juez que archiva la querella de Zapata es etarra de origen venezolano

Monsieur-J

#25 En su momento ya lo llamaron "pijo ácrata".

LuisPas

que se presiguan chites no hace ninguna gracia

Rorschach_

Este es el original, cambio pedido

https://m.box.com/shared_item/https%3A%2F%2Fapp.box.com%2Fs%2F057ykgdxne22yj1tbkstsd0gu134xejg

A ver si alguien da con el truco

D

#45 Exacto. En Canadá tienen una ley que hace que por cada ley nueva haya que derogar una antigua.
En España están vigentes alrededor de 100.000 leyes y normas de todo tipo, el 67% autonómicas. A esto hay que sumar la "legislación" municipal, que en la práctica hace leyes (prohibido tener más de 2 pájaros en casa, prohibido jugar a la pelota en la calle,...).
Y la diarrea legislativa crece sin parar: en el 2009 Cataluña publicó 100.000 páginas en su boletín autonómico. Fue la comunidad más prolífica. Por contra, Navarra fue la que menos, con 16.000 páginas publicadas.

c

#57 Sí, mucho ruido para pocas nueces en lo importante.

MasterChof

Esto es mucho mejor que si no lo hubieran denunciado. Han hecho que se pronuncie la justicia y esta le ha dado la razón a la razón.

Lo tendría que hacer ahora es investigar/imputar a quién haya difundido un chiste a los 4 vientos que, en su momento, pasó sin pena ni gloria. Ese es el que, en todo caso, ha podido ofender a las víctimas.

SergioSR

Resumen del ZASCA del juez:

"De otro lado, basta acudir a un buscador de internet y encontrar miles de “chistes” idénticos, parecidos o similares “colgados” desde hace bastante tiempo; sin que conste antecedente alguno en esta Audiencia Nacional de haberse incoado causa alguna o al menos condena por este tipo de chistes. El legislador no ha querido penalizar el “humor negro” (obviamente por el derecho a la libertad de expresión como por el principio de intervención mínima del derecho penal).
Y, desde luego, lo que no puede hacerse es perseguir solo a determinadas personas y no a otras (Derecho penal del enemigo) como parece acontecer en este caso, por cuanto tanto en la querella como en las denuncias se hace constar que el Sr. Zapata es concejal del Ayuntamiento de Madrid. De perseguirse tal conducta (obsérvese la pendiente resbaladiza) habría que hacerlo respecto de todos los que han publicado “chistes” similares en las redes sociales e Internet. Así, supuesto el caso de que la presente causa “prosperara”, tras ello la Fiscalía (no se olvide que este es un delito perseguible de oficio) habría de proceder a la búsqueda intensiva en esas redes; para a continuación abrirse (en esta Audiencia Nacional) las respectivas causas (miles) para cada uno de los autores. Siguiendo la “pendiente resbaladiza”, cualquier persona o colectivo que defienda intereses de afectados por un delito de terrorismo como éstos, o bien cualquier persona o colectivo de una determinada ideología, religión o creencia, situación familiar, etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía, podrá denunciar la publicación de chistes de humor negro al respecto. Obviamente, el legislador no puede querer esto, ya no solo por el principio de intervención mínima; sino por clara inconstitucionalidad con el derecho a la libertad de expresión."



Creo que es la primera vez que me leo un auto judicial entero... Si son así de buenos, me descargaré unos cuantos en el ebook.

Rorschach_

¡¡¡@admin cambio url!!!! https://t.co/bL7CzovPeH

Rorschach_

Han arreglado la url ¡gracias!

Me saltaba la puñetera S... wall

D

¿ El PP quería que perdiera el tiempo el juez ? Ahhh, igual mientras tanto no se hablaba de corrupción...

D

Y del ridículo que ha hecho la fiscalía nadie se hace responsable no?....Ejpañijtán

p

#59 El fiscal hace lo que debe hacer, el auto dice:

"Dado traslado al Ministerio Fiscal por el mismo se entendió que los hechos podrían constituir un delito del artículo 578 del Código Penal"

En ese "podrían constituir" está la base de la correcta actuación del fiscal, otra cosa sería que el fiscal considerara que los hechos constituyen un delito.

Espero haberme explicado

D

#74 te has explicado igual que el fiscal que se ha saltado la libertad de expresión recogida en la constitución para considerar que "podría constituir un delito"....con fiscales de este estilo no necesitamos leyes.....sigo diciendo que tendría que responsabilizarse de admitir a trámite algo que no infringe ninguna ley.

p

#79 No me he explicado bien, lo que quiero decir es que técnicamente ha de ser así. La instrucción en el proceso penal sirve para investigar y aclarar si una conducta es o no constitutiva de delito, y el "podría" es que el fiscal cree que puede haber algún indicio de delito, pero no supone acusación alguna.

Para intentar aclararme más: En un proceso penal hay dos grandes fases: 1º la fase de instrucción, que es la investigación y esclarecimiento de los hechos y 2º la fase de enjuiciamiento (técnicamente se llama fase de sumario o procedimiento abreviado), en esta segunda fase tiene que haber una acusación, bien del fiscal o de la acusación particular y es cuando se juzga si el acusado es o no culpable de la acusación.

En resumen, durante la instrucción el fiscal todavía no ha formulado acusación, solo puede manifestar que él considera que puede haber indicios de que la conducta sea delictiva.

Tienes razon, me he explicado igual que el fiscal, pero es que también soy jurista, y tenemos el defecto del lenguaje técnico, espero que esta explicación sea más clara.

P.D. El fiscal no admite a trámite, eso lo hace el juez, el mismo que luego manda el archivo.

Un saludo

D

#83 Gracias por la aclaración,lo que sigo sin entender es como el fiscal puede ver indicios de delito en algo que recoge la misma constitución,de hecho el juez aclara su comportamiento no encaja en delito alguno y da un pequeño tirón de orejas a la fiscalía.
A mi parecer es de auténtico cachondeo que se pueda perseguir esto,porque corremos el riesgo de colapsar los juzgados,como dice el juez en su auto:

De perseguirse esta conducta, añade el juez, se tendrían que perseguir todos los chistes similares, en una "pendiente resbaladiza" donde cualquier persona o colectivo podría denunciar chistes de humor negro sobre determinadas materias que les pueda afectar. Una dinámica que entraría en colisión con la libertad de expresión, con el principio de intervención minima y que provocaría un derecho penal del enemigo, "desde luego una amenaza para los principios y garantías del Estado de Derecho".

En esto me baso cuando digo que la fiscalía tendría que tener responsabilidades cuando se empeña en ver delitos donde es evidente que no los hay,sobre todo en algo tan fundamental como la libertad de expresión.Y es que a veces saben más que los mismos jueces y provocan transtornos a personas como es este caso.
Quién va a reparar el daño hecho a Zapata?...

Gracias de nuevo por la aclaración y saludos.

p

#84 Desde mi punto de vista creo que es importante que se tramiten estas denuncias por dos motivos:

1º.- Si la admisión a trámite dependiera exclusivamente del criterio del juez, se podría inadmitir cualquier denuncia de una manera arbitraria.

2º.- Porque ahora hay una resolución que aclara este tipo de denuncias, es decir, a partir de ahora si se pueden inadmitir las denuncias basadas en esa conducta, porque se ha sentado un criterio, lo que no hubiera ocurrido en caso de haber sido inadmitida.

En cuanto al fiscal, por desgracia, depende directa y orgánicamente del Fiscal General del Estado, por lo que si éste da la orden de acusar, el fiscal tiene la obligación de acusar, por lo que el fiscal puede que no haya visto indicios, si no que haya recibido una orden de un superior.

En este caso, el Sr. Zapata, ha sufrido lo que se llama "pena de banquillo", lo que no hay manera de reparar, porque formalmente todo se ha hecho de una manera correcta.

Por "pena de banquillo" se entiende que es el sufrimiento o menoscabo que se deriva de estar acusado, aunque sea sin fundamento alguno.

Como claramente observas, el tema está muy ligado con la libertad de expresión, pero yo interpreto que se ha protegido la libertad de expresión, porque ahora tenemos un criterio bien razonado para poder solicitar el archivo de cualquier denuncia similar.

La consecuencia de todo esto es que se evitan futuras denuncias, si ya se que lo van a archivar no denuncio, y esto evita que se colapsen los juzgados.

Si no me he aclarado en algo, te ruego que me lo digas.

Un cordial saludo

D

#85 Te has explicado perfectamente,muchas gracias y saludos para ti también.

natrix

Vaya mierda, debió esperar a que pusieran los 20 000 € de fianza.

D

La página clave:

El legislador no ha querido penalizar el “humor negro”
(obviamente por el derecho a la libertad de expresión como por el principio
de intervención mínima del derecho penal).
Y, desde luego, lo que no puede hacerse es perseguir solo a
determinadas personas y no a otras (Derecho penal del enemigo) como
parece acontecer en este caso, por cuanto tanto en la querella como en las
denuncias se hace constar que el Sr. Zapata es concejal del Ayuntamiento
de Madrid. De perseguirse tal conducta (obsérvese la pendiente
resbaladiza) habría que hacerlo respecto de todos los que han publicado
“chistes” similares en las redes sociales e Internet. Así, supuesto el caso de
que la presente causa “prosperara”, tras ello la Fiscalía (no se olvide que
este es un delito perseguible de oficio) habría de proceder a la búsqueda
intensiva en esas redes; para a continuación abrirse (en esta Audiencia
Nacional) las respectivas causas (miles) para cada uno de los autores.
Siguiendo la “pendiente resbaladiza”, cualquier persona o colectivo que
defienda intereses de afectados por un delito de terrorismo como éstos, o
bien cualquier persona o colectivo de una determinada ideología, religión o
creencia, situación familiar, etnia o raza, su origen nacional, su sexo,
orientación sexual, enfermedad o minusvalía, podrá denunciar la
publicación de chistes de humor negro al respecto. Obviamente, el
legislador no puede querer esto, ya no solo por el principio de intervención
mínima; sino por clara inconstitucionalidad con el derecho a la libertad de
expresión.
Y tampoco el Derecho penal quiere un Derecho penal del enemigo,
desde luego una amenaza para los principios y garantías del Estado de
Derecho. Y si el legislador lo hubiera querido para estos casos (Derecho
penal de autor), habría de haberlo expresado en la norma, según exige el
principio de taxatividad8 en Derecho penal.

D

Al definir las conductas delictivas y prever las correspondientes penas, la ley debe satisfacer un mínimo de claridad, precisión y determinación; pues los ciudadanos deben poder saber, con un margen razonable de certidumbre, cuál es el comportamiento prohibido y cuál es la sanción por su infracción. Es el “saber a qué atenerse” que debe ser particularmente intenso en materia penal. Y además es un freno al arbitrio judicial.

Los ciudadanos ya saben los comportamientos prohibidos por la Ley Mordaza, en qué sitios y la sanción por su infracción.

D

#0 Anda, cambíalo

ktzar

Me alucina que gente inteligente, como en teoría es la persona que ha escrito el auto, utilice la Wikipedia como fuente primaria, cuando ellos especifican que no debe ser utilizada así. (Pie de página 4)

Qué pérdida de tiempo, y que nadie pague el pato...

diminuta

Jajajajaja menos mal que ha triunfado la cordura, el auto del juez es que no tiene desperdicio de inicio a fin lol

c

La fiscalia ganando amigos: Quiere imputar a Zapata por decir tonterias y le rebaja de 15 a 5 años de carcel la pena a Martin Ferran por decir que es un chorizo.

c

Supongo que la Fiscal Blanca actuo al dictado y ahora se estará leyendo el áuto de Pedraz y correra a confesarse por haber pecado

D

Estando totalmente de acuerdo con el fondo del asunto, el argumento de que si se persigue a este habría que perseguir a todos, y son miles,... ES un poco extraño. Si es perseguible es perseguible, no va a dejar de serlo porque pufff, cuanto trabajo...

Monsieur-J

#26 No dice eso. Dice que han presentado la querella porque es concejal de Ahora Madrid. Si lo dice el propio escrito de querella...

m

#26 Del documento "Pues bien, para este caso, la conducta imputada al Sr. Zapata es de todo punto imposible incardinarla en precepto penal alguno. Es, como veremos, atípica". El resumen es lo que dice #29.

D

#29 #31 Me refiero a esta frase: "De perseguirse tal conducta (obsérvese la pendiente resbaladiza) habría que hacerlo respecto de todos los que han publicado “chistes” similares en las redes sociales e Internet. Así, supuesto el caso de que la presente causa “prosperara”, tras ello la Fiscalía (no se olvide que este es un delito perseguible de oficio) habría de proceder a la búsqueda intensiva en esas redes; para a continuación abrirse (en esta Audiencia Nacional) las respectivas causas (miles) para cada uno de los autores"

m

#39 Pues sí, depende como se lea parece un poco ambiguo, y más si se lee a trozos. Pero hay que tener en cuenta el contexto en el que el juez ha puesto esa frase. En este caso, y en esos 2 párrafos donde aparece, hace alusión en el caso de que el punto anterior se pudiera aplicar, esto es:

Pues bien, el citado tweet (ni los otros) no puede suponer la comisión de delito alguno; pues no integra ni una conducta especialmente perversa, ni se da el dolo específico

Pero no es el caso. En esos párrafos esta haciendo un supuesto de que sí denigrara a las victimas, con lo cual sí es delito y debería actuar de oficio el fiscal.

Todo esto bajo mi punto de vista claro.

c

#26 Las leyes se hacen se aconseja que sea porque se pueden hacer cumplir. Una sentencia como está que culpase, colapsaría la justicia más. Por tanto, se reserva para cosas graves.

Claro que hay leyes que son un farol o se utilizan selectivamente, como poner multas a pobres que viven en la calle.

D

#36 Pero es que esto de las leyes que se aplican cuando se quiere o interesa no es lo habitual en Europa. Es lo habitual en países bananeros.
En España, si te para en la carretera la guardia civil, si quiere te puede meter 7 multas.
Si discutes con un policía, te pueden imputar 27 cosas diferentes.
Para pintar una habitación de tu casa en muchos ayuntamientos hay que pedir permiso. ¿Alguien lo hace? no, pero te pueden multar.
Lo importante para el poder es tener suficiente número de leyes y de reglamentos, y suficientemente ambiguos y amplios, para poder empapelarte cuando y cómo quiera. Eso sí, todo muy legal.

c

#43 Sí, menos leyes y más concretas. Y que se cumplan.

air

INJUSTICIA!!!! ESTADO REPRESOR FRANQUISTA!!! REPRESORES!!!


Perdonad, tenía preparado el comentario si admitían la denuncia


Evidentemente, la justicia funciona. Sea del bando que sea.

Vaelicus

#47 Yo creo que depende del Juez que te toque...

D

#47 Díselo al Juez Garzón y al juez Elpidio Silva....cuéntales que la justicia funciona....

Caresth

Si cada hostia dialéctica que les pega el juez fuese física, en la página 3 no les quedaba un diente sano. Y hay 6 páginas para recrearse a gusto.

Helios_Tavio

Lo increíble es lo mucho que se puede aprender de este auto, que por otro lado sirve para saber que otras declaraciones de otras personas si podrían considerarse delito. Que pena no tener 20000 euros para montar una asociación y poder denunciar.

D

SE aprende mucho leyendo esta sentencia, muy interensante si señor.