Hace 8 años | Por --433403-- a eldiario.es
Publicado hace 8 años por --433403-- a eldiario.es

El Tribunal podría omitir datos incluso cuando nadie se lo pida. Se sustituirán el nombre y apellidos por iniciales, pero no en todos los casos. En pleno auge del llamado " derecho al olvido", el Tribunal Constitucional ha publicado en el Boletín Oficial del Estado los criterios que tendrá en cuenta para excluir de sus sentencias la publicación de nombres y apellidos, situaciones personales, así como cualquier referencia que pudiera identificar a una persona concreta.

Comentarios

D

La opacidad en la justicia es el primer paso para hacerla injusta.

Este país se degrada por momentos.

uno_d_tantos

#2 Todo depende de como se haga.

Puedo entender que un testigo que quedó traumatizado por algo no tenga que ser relacionado con el caso por haber sido testigo de ello ya que le puede causar problemas (que le pregunten y le rememoren la experiencia traumática, por ejemplo). O un menor victima de cualquier animalada...

El problema es abrir la veda en un país donde hay más transparencia en los burdeles que en las instituciones del estado.

D

#5 pero tú hablas de víctimas y aquí lo que se pide es ocultar a los culpables.

Robus

"Prohibimos todo lo que haga cierta región del noreste español... eso sí... sin poner nombres que puedan identificarla"- añadió un portavoz. roll

D

#6 "de las víctimas de delitos de cuya difusión se deriven especiales perjuicios"
Pues ya era hora, en España no se protege a los testigos.

D

Me imagino que la razón de esto es que si de forma indirecta para el caso salen a la luz casos personales que uno quiere mantener en secreto es injusto que se le nombre y se publique todo.

Imagino que no ocultarán el nombre del condenado dado el caso.

D

#3 El acuerdo lo dice claro: el Tribunal tiene que quitar, a partir de ahora los datos de menores y personas que requieran un especial deber de tutela, de las víctimas de delitos de cuya difusión se deriven especiales perjuicios, y el de personas que no sean parte del procedimiento.

Además, quien sea parte en el procedimiento (aunque sea un condenado), puede solicitarlo. O incluso sin solicitarlo se le puede conceder...

arolasecas

paso siguiente será dejarlos libres para que no se sientan mal

n

"O incluso sin solicitarlo", o sea que yo me lo guiso yo me lo como. Hago una ley que dice que sólo en ciertos casos es obligatorio, luego que si fuera necesario y luego, ya en otro artículo, que si lo pide el denunciado o condenado y, para rizar el rizo y por si me interesara que no conste nada, incluso sin que lo pida nadie.

Eso es una buena ley y no lo que tienen en Europa. Si me da la real gana escondo hasta los detalles que no quiero que salgan a la luz pública y así el condenado, cuando salga de la cárcel, puedo volver a estafar, robar, matar o lo que quiera el pobre, no vaya a ser que lo vigilen o le miran mal en la calle.

Con dos huevos. Entre estos de la judicatura y la Rae me están dando una semana que ni te cuento.