Publicado hace 8 años por Raquel_Suárez_García a forotransportistas.es

Una sentencia del Tribunal Supremo anula la normativa madrileña, establecida en 2010, que permite a los agentes urbanos a multar a los conductores sin necesidad de pararlos. A partir de ahora los agentes deberán detener al infractor, siempre y cuando las condiciones y la seguridad del tráfico lo permitan. De no poder llevar a cabo esta acción deberán cumplimentar un texto reglamentario indicando, de forma muy precisa, la imposibilidad de acometer dicha acción.

Comentarios

BodyOfCrime

siempre y cuando las condiciones y la seguridad del tráfico lo permitan

Ya teneis la nueva coletilla de las multas

G

#1 Ya existía desde hace tiempo esa coletilla. Las multas vienen con excusas standard.

D

Malditos jueces podemitas... roll