Hace 8 años | Por --502958-- a lamarea.com
Publicado hace 8 años por --502958-- a lamarea.com

Hasta ahora, el reglamento establecía que los directores generales no podían trabajar en entidades reguladas por el Banco de España durante los seis meses siguientes a su cese. Durante ese tiempo, podían cobrar una pensión compensatoria del 40% de su sueldo.

Comentarios

c

Más a chupar del bote.

D

¿80% del SMI? Menuda putada