Hace 4 años | Por pcmaster a 20minutos.es
Publicado hace 4 años por pcmaster a 20minutos.es

La Policía Nacional ha sancionado este jueves en Madrid a un hombre residente en Guadalajara por incumplir las restricciones del estado de alarma, al haberse desplazado a la capital para comprar una barra de pan, según comentó a los agentes.

Comentarios

santim123

#2 No se van a cobrar ni el 25%.
Hay policías locales que se han tocado los cojones los últimos 15 años que ni se acuerdan de cómo se escribe una multa.
Lo que va a haber es saturación con la cantidad que viene de recursos a las multas.

vickop

#13 Oye, que en esa denuncia no dice nada de que sea porque en tu DNI pone que vivas lejos...

No sé qué crees que demuestra el pegarme la denuncia cuando no refleja lo que dices.

Pipepito

#15 dime que pone entonces, a parte de que estoy deambulando por una area no permitida (porque marques de Viana cuenta como area no permitida o algo)

vickop

#16 dime que pone entonces

¿Y a mí qué me cuentas? Eres tú quién afirma que te han denunciado porque en tu DNI pone que vives en Valencia, y en la denuncia no pone nada de eso.

Pipepito

#18 ah vale, entonces es que simplemente vienes a tocar los huevos, si no te interesa puedes pasar de largo.

vickop

#21 Vienes, sueltas una cosa. Te responden que no cuadra con una realidad razonable. Afirmas tener un documento que lo demuestra. Cuando lo muestras te indican que ese documento no demuestra lo que decías. A continuación dices que si no demuestra eso, que qué demuestra. Te dicen que tú sabrás, que tú has pegado la imagen. Respondes que si vienen a tocarte lo huevos.

¿De verdad te parece un comportamiento razonable y equilibrado el tuyo?

Pipepito

#22 pero vamos a ver, qué razón tengo yo para inventarme tal milonga?

Yo vengo, pongo mi caso, la gilipollez que hice y el por qué fui denunciado (que no multado), no hay más.

El agente sí puede denunciarme por no poder demostrar en el momento que resido aquí.

Me dices que en la denuncia no pone lo que yo digo, obviamente, tampoco pone que estuviera haciendo otra cosa, no estaba jugando al pokemon go, no estaba dando vueltas con un perro inventado, no, iba a comprar y el motivo de la denuncia es deambular fuera del área permitida, con dos cojones, el policía pone eso y ya, porque no había otra.

Revisa tus comentarios y verás como vienes tocando los huevos diciendo que me estoy inventando esto.

vickop

#23 pero vamos a ver, qué razón tengo yo para inventarme tal milonga?

No conozco tus razones porque de hecho no sé nada de ti. Pero que la gente se inventa las cosas es un hecho. Bienvenido a la realidad.

Me dices que en la denuncia no pone lo que yo digo, obviamente, tampoco pone que estuviera haciendo otra cosa.

Si enlazas a un documento que insinúas que demuestra algo de lo que dices, qué menos que lo demuestre. Perdona por ser tan tocapelotas.

Revisa tus comentarios y verás como vienes tocando los huevos diciendo que me estoy inventando esto.

No. A eso que estás haciendo se le llama proyección psicológica.

Y hasta aquí por hoy, porque, y perdóname la expresión, no estoy dispuesto a leer otra respuesta de alguien que me llama tocapelotas en cada respuesta.

Chao.

h

#16 a estas alturas no sé cómo seguías haciéndole caso cuando claramente te está trolleando

minardo

#13 #12 es que el agente hizo lo que tenía que hacer, ante la imposibilidad por tu parte de demostrar los hechos "in situ" , se limita a formular la denuncia. Si te llega la sanción la recurres aportando todas las pruebas documentales que tengas y ya está. Suerte, porque con los recursos a la administración nunca se sabe, pero no deberías tener mayor problema que la molestia de tener que redactar y entregar el recurso

Pipepito

#17 efectivamente, pero ya me están tocando los huevos con tener que recurrir.

Mi error era no poder demostrar que resido aquí en el momento, si no obviamente podría estar haciendo lo mismo que el señor de la noticia

KillingInTheName

#13 Los iletrados de la Policía Municipal de Madrid, que no saben ni escribir ni sirven para nada, y cobran más que un médico. Así va España, qué lástima. Ojalá los mandaran a todos al paro.

sxentinel

#13 Compañero meneante, mas que nada por evitar problemas y tal... dale una vuelta a la censura de la imagen que has publicado. si quieres mas datos mándame un mp.

Pipepito

#47 Te lo mando en cuanto me aceptes la solicitud de amistad

sxentinel

#49 Listo perdona...

Pipepito

#50 Nada que perdonar, encima de que ayudas

vickop

#10 te saco la foto si quieres

Depende del nivel de credibilidad que quieras tener. En el hipotético caso de que fuera cierto, que lo dudo, sería la multa más fácilmente recurrible de la historia.

Pipepito

Anda, mira, como a mo, solo que yo resido en Madrid y me comí la denuncia porque en mi dni pone la dirección de valencia todavía.

A la próxima tengo que salir con el contrato de alquiler lol

vickop

#4 En tu DNI no tiene por qué poner tu residencia actual y no estás obligado a renovar el DNI cada vez que cambias de domicilio.

No cuela. Te comerías la multa por otra razón o no hubo tal multa.

Cantro

#9 al parecer si. Yo también pensaba que no era obligatorio pero parece que eso ha cambiado

vickop

#26 ¿Me puedes enseñar qué ley o Real Decreto cambia eso?

Cantro

#27 es curioso. En muchas páginas, incluso periódicos, se dice eso, pero no consigo encontrar nada oficial que lo refrende. Ni siquiera una circular. Lo único que veo es que por cambio de domicilio es gratuito y como mucho que al ser documento oficial con datos personales estos deben estar actualizados

vickop

#28 El cambio de domicilio a efectos legales es el Padrón Municipal. Cambiar la dirección en el DNI cada vez que cambias de domicilio es algo que nunca ha sido obligatorio y, probablemente, nunca lo será.

No solo no es obligatorio, es que ni si quiera es posible renovar el DNI si no caduca o te lo han robado.

Cantro

#29 sí que es posible


https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_480&id_menu=7

Renovación con el DNI en vigor por cambio de datos (de filiación y/o domicilio), así como acreditar ser beneficiario de la condición de familia numerosa*: Gratuito

vickop

#31 sí que es posible

Cierto. Retiro lo dicho en cuanto no es posible.

Pero sigo sin ver lo de que sea obligatorio.

Cantro

#32 a mi no me queda claro. En cualquier caso llevo una tarjeta del censo de las últimas elecciones en el coche por si las moscas

vickop

#35 A ver. Se entiende que hay cierta obligación de notificarlo cuando es un cambio de vivienda habitual. Pero no puede ser algo estricto por lo que te puedan denunciar porque, por una cuestión física, no es posible determinar el momento exacto en el que una vivienda se convierte en habitual, y no hay un plazo estipulado para comunicarlo. Siempre podrías aducir que te has mudado ayer, o incluso hace unas horas.

No debería ser posible como motivo de denuncia, y de hecho, en la denuncia que presenta el usuario, no sale tal motivo. Le habrán multado porque han considerado que deambulaba o vete tú a saber, pero que te denuncien porque en el DNI pone otra dirección es como denunciarte porque llevas zapatos negros. Un sin-sentido.

C.C: #33

squanchy

#36 No entro en si la multa es justa o no, ni si es razonable o no. Sólo digo que cuando te cambias de domicilio estás administrativamente obligado a empadronarte primero, y a cambiar la dirección en el dni y pasaporte después. Lo sancionable que sea no hacerlo, lo desconozco.

vickop

#42 GoTo #36

p

#32 #33 No lo es. En https://www.dnie.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_420&id_menu=7 pone:

En caso de cambio de domicilio, respecto del que figure en el Documento anterior, certificado o volante de empadronamiento del Ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del Documento Nacional de Identidad. Estos documentos no serán necesarios si el interesado autoriza, en el momento de la tramitación, al equipo de expedición a consultar los datos del domicilio mediante acceso al Sistema de Verificación de Datos de residencia.

y más abajo:

El extravío, sustracción, destrucción o deterioro del DNI 3.0, conllevará la obligación de su titular de proveerse inmediatamente de un duplicado cuya validez será la misma que tenían los Documentos a los que sustituyen, salvo que éstos se hallen dentro de los últimos 90 días de su vigencia, en cuyo caso se expedirán con la misma validez que si se tratara de una renovación. En determinados casos se ha de cumplimentar un impreso (D-601) que le será entregado en la propia oficina y si el DNI a sustituir era del modelo anterior se ha de aportar una fotografía más.

y también:

El DNI se deberá renovar dentro de los últimos 180 días de vigencia. En caso de sustracción, extravío, deterioro o mal funcionamiento del chip electrónico, deberá renovarlo lo antes posible, y obtendrá un nuevo documento con su validez total cuando queden menos de 90 días para su caducidad. En el caso que superase los 90 días, obtendrá uno nuevo con la validez anterior.

No dice que sea obligatorio renovarlo por cambio de domicilio.

squanchy

#40 https://citadni.es/requisitos/

Requisitos para el cambio de domicilio
[...]
Hay que indicar que el cambio de domicilio es más una obligación que no una opción, es decir, que la información relativa a los datos personales ha de estar actualizada en el DNI, NIE o pasaporte.

p

#44 Pues podían ponerlo claramente en la otra página. Además, eso de "es más una obligación que una opción" no da a entender que sea forzosamente obligatorio, ni que tengas un plazo para hacerlo (que sería lo lógico).

squanchy

#45 Supongo que pasa como con muchas otras cosas, que estás obligado a hacerlo, pero si no lo haces, luego puedes sufrir las consecuencias. Es un 'estás obligado' para que la administración se cubra las espaldas.
Por poner un ejemplo, si cambias de domicilio, también estás obligado a cambiar el domicilio fiscal. Si luego hacienda te manda un requerimiento y no te llega por no haberlo hecho, asume las consecuencias.

p

#26 No es obligatorio, pero si cuando a tu DNI le quede un mes de vigencia lo renuevas por cambio de domicilio, es gratis y te dan uno nuevo con su 5 o 10 años de vigencia.

Cantro

#38 eso es lo que haré yo en cuanto termine la cuarentena. Primero porque me tocaba y segundo por si hay otro confinamiento.

squanchy

#9 Sí estás obligado a cambiar el dni cada vez que cambias de domicilio, y en ese caso la renovación es gratuita.

D

#9 Ein?
https://citadni.es/requisitos/#Requisitos_para_el_cambio_de_domicilio

Hay que indicar que el cambio de domicilio es más una obligación que no una opción, es decir, que la información relativa a los datos personales ha de estar actualizada en el DNI, NIE o pasaporte.

squanchy

Y seguro que el tipo iba todo convencido de lo listo que había sido con su idea de comprar el pan en Madrid.

woody_alien

Pues vale, por esa regla de tres los agentes también multa a quien les da la gana. Anchascastilla!!!!

pozoliu

Huevazos el colega

D

¡Estos de El Mundo Today que ocurrencias tienen!

Tonto, pero tonto, tooonto. Pero no pá un rato. Pá sieeempre.

D

Comprar pan en Madrid, debe ser un kamikaze. El pan me parece uno de los alimentos más peligrosos ahora mismo si lo compras en un supermercado. Lo venden sin envasar ni nada y lo tienen expuesto al alcance de cualquiera, cualquier persona puede tocarlo, toserlo o estornudarlo.

p

#6 Compra pan tostado en bolsitas, es más seguro. O pan de ese para hornear que viene congelado.

minardo

#6 esperemos que lo del pan solo haya sido la excusa para que su mujer no se entere que se fue a ver su amante. Sólo en ese caso tendría algo de sentido la multa...

HASMAD

#6 Y la fruta, la verdura...

Pipepito

venga buenas noches.