Hace 16 años | Por cron a elpais.com
Publicado hace 16 años por cron a elpais.com

Un informe de la abogada general del Tribunal de Luxemburgo, Juliane Kokot, hecho a raíz de un pleito que hay en Madrid contra Telefónica por negarse a delatar a usuarios que se han descargado música, abunda en la primacía de la reserva de los datos personales de los usuarios de Internet cuando éstos no están inmersos en causas criminales ni el asunto afecta a la seguridad nacional.

Comentarios

drjackZon

D

Para telefónica sería la quiebra si llegase a delatar a los usuarios.
La gente se daría de baja en plan masivo, y junto con internet peligraría sus servicios de IP-TV (imagenio), telefonía fija, ...

manwy

Algunas cuestiones:

- ¿Cómo conocen la IP de la gente que descarga música o películas? ¿De forma ilegal?
- ¿Cómo saben que lo que descargan es música o películas y no software libre, por ejemplo?
- ¿Todos los programas P2P son susceptibles de revelar la IP?
- Si la descarga de música y películas para uso privado no es un delito ¿de qué van a acusar a la gente?

No sé, yo creo que esta gente perdió el norte hace tiempo. Sus cuentas no paran de crecer, pese a que la gente ya no compra discos. Politonos, conciertos, bares, etc... Y encima nos tachan de delincuentes. Y los políticos dándoles más poder... ¡Qué asco de gente! ¡¡¡Gentuza!!!

C

#3 Tranquilo. El tribunal dice que no están obligados a darlos precisamente por su carácter personal ("sólo deben ser desvelados si los pide un juez en el marco de una investigación criminal o por un asunto que afecte a la seguridad nacional. Pero no en un pleito civil").Así es que si los dieran estarían incurriendo ellos en un delito, ya que estarían desvelando unos datos personales protegidos.

sorrillo

Zas, en toda la boca!

D

- ¿Cómo conocen la IP de la gente que descarga música o películas? ¿De forma ilegal?
Es trivial saber la IP de cualquier persona. Aunque sea un dato que creo, es de carácter privado, es bastante visible.

- ¿Cómo saben que lo que descargan es música o películas y no software libre, por ejemplo?
Fácil. Abren el programa P2P y mientras bajan el disco de Bisbal/Cantante_Basura_De_Turno miran las IP's de los ordenadores a los que han conectado.

De aquí el interés de usar listas de IP's sospechosas para evitar que los programas P2P conecten a ellos y puedan sacar la más mínima información.

- ¿Todos los programas P2P son susceptibles de revelar la IP?
Si y no.

Si, porque toda conexión que hagas con un desconocido, si es directa, es susceptible de ser registrada.
No, porque hay programas P2P que usan cifrado, y redes de usuarios privadas.

http://en.wikipedia.org/wiki/Anonymous_P2P
http://cspace.in/ (No es realmente P2P, pero es intercambio de ficheros de forma bastante anónima y segura)

D

#7
- ¿Cómo conocen la IP de la gente que descarga música o películas? ¿De forma ilegal?
Es fácil filtrar el tráfico de forma que descubras quien se descarga con un protocolo de P2P o se descarga un archivo mp3. Obviamente tu ISP tiene todos tus datos, incluida tu IP.

- ¿Cómo saben que lo que descargan es música o películas y no software libre, por ejemplo?
Pues ahi, como no se pongan a esnifar tus paquetes para comprobarlo uno a uno, no pueden. Pero ¡qué mas dará! Ellos dirán que todo es ilegal y punto.

- ¿Todos los programas P2P son susceptibles de revelar la IP?
Tu ISP siempre sabrá tu IP y sabrá qué paquetes van dirigidos a tí y qué contenido tienen. Se puede ofuscar, encriptar,... pero todo eso se puede romper, si realmente quieren ir contra tí.

- Si la descarga de música y películas para uso privado no es un delito ¿de qué van a acusar a la gente?
Ya le darán vueltas, ya verás...

Es absurdo, pero como poder, pueden hacerlo. Tecnológicamente pueden hacerlo.

D

Ahora aparecera el "artista" de turno a decir que la UE no sabe lo que dice, que son unos ladrones etc etc

E

#3 No, directamente no pueden hacer eso. Justamente es lo que dice el informe que le ha llegado al Tribunal (esperemos que la resolución que finalmente dicte este órgano judicial vaya en ese sentido). No pueden porque se trata de datos personales protegidos. Sólo en el seno de un proceso penal se podría identificar a un usuario (por ejemplo, en el caso de pedófilos que usan redes P2P para intercambiar fotografías). Lo que pretendían las sociedades gestoras de derechos es que las compañías de Internet estuvieran obligadas a identificar a los usuarios para poder entablar un pleito civil contra ellos. Como en España el intercambio sin ánimo de lucro no es delito, no pueden hacerlo ya que el Tribunal no autoriza (si al final la resolución va en el sentido del informe) a los proveedores de Internet a identificar a los usuarios. Si finalmente el Tribunal resuelve la cuestión en este sentido, se estaría garantizando el intercambio de archivos de música, películas, etc. en redes P2P en España mientras que hacerlo sin ánimo de lucro no sea considerado delito (probablemente las sociedades gestoras de derechos intentarán presionar a los distintos partidos para que acaben considerando ese intercambio como delito).

neon

Está bien, aunque lo único que dice es que las ISP no están obligadas a dar los datos. Evidentemente si hay "tratos de favor" oséase dinero por medio, se los darán tranquilamente.

D

Nada es anónimo en internet, por eso queremos que lleguen los ordenadores cuánticos, por que entonces sí que lo será. lol

Nova6K0

Lo cierto es que aunque es un informe de una Abogada General del TJUE no es vinculante a lo que decida el tribunal, aunque es esperanzador eso sin duda.

Salu2

D

Olé

j

Pero se supone que al detective de turno también lo entrullarán por utilizar el emule y descargar contenido protegido... ¿o no?

¿Deberá la eSeGeAE (por si las moscas) de turno entonces pagarse un canon por bajar ese material a través del burrito? ¿Saldrá el "ramoncete" de turno a decir que los de la eSeGeAE son unos delincuentes por bajar música con el burro?

Me quedan muchas dudas en el tintero, pero no sé si seré capaz de soltarlas todas....

AlphaFreak

#11

- ¿Cómo saben que lo que descargan es música o películas y no software libre, por ejemplo?
Pues ahi, como no se pongan a esnifar tus paquetes para comprobarlo uno a uno, no pueden. Pero ¡qué mas dará! Ellos dirán que todo es ilegal y punto.

No pueden simplemente usar la mula igual que tú? Quiero decir, un detective contratado por proMusicae, SGAE o lo que sea puede entrar en la red de intercambio, bajarse lo que quiera y guardar el tráfico en su lado, con lo que tendrá:

- Los archivos intercambiados.

- Las IP de todos los que han participado en el intercambio.

Ignoro hasta qué punto esto es legal.

D

#2 Siempre se puede decir que los programas de intercambio de archivos son peligrosos para la seguridad nacional. Que no es la primera vez que un empleado con un ordenador que tiene datos delicados le planta un p2p y le da a compartir todo el disco duro...

Claro que el problema ahi está en la formación del empleado, no en el programa