Hace 16 años | Por Frezno a abc.es
Publicado hace 16 años por Frezno a abc.es

Sgún la Agencia Española de Protección de Datos «el derecho a la intimidad no es absoluto, como no lo es ninguno de los derechos fundamentales, pudiendo ceder ante intereses constitucionalmente relevantes, siempre que el recorte que aquél haya de experimentar se revele como necesario para lograr el fin legítimo previsto»

Comentarios

D

No, si es que al final la SGAE va a ser como la GESTAPO.

Skanda

(C&P):

MADRID. En el enlace entre Miguel Ángel y María del Carmen el agua no se convirtió en vino para agasajar a sus invitados, como sucedía en la Bodas de Caná, en Galilea; sin embargo, su festejo si se podría bautizar como las «Bodas del canon y del vídeo» pues ha servido para incrementar las arcas de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) en 43.179 euros, en concepto de derechos de autor por la música interpretada durante el festejo, y ha sentado además un precedente.
La práctica de cobrar por la música que suena en este tipo de celebraciones es lícita. Así lo decretó hace casi dos años una juez en Alicante, al no tratarse de un acto estrictamente privado. Algo que se extiende a comuniones y bautizos. La forma de recabar datos para la posterior recaudación es lo que ha abierto un nuevo frente de discusión, que la justicia acaba de cerrar con un fallo a favor de la entidad de gestión.
El pleito comenzó cuando la SGAE, con el fin de exigir los derechos de autor a un salón de celebraciones vía judicial aportó como prueba, entre otras, un vídeo del enlace entre Miguel ángel y María del Carmen. Sin embargo, la prueba fue declarada nula y archivada por el juzgado de lo Mercantil de Sevilla al considerarla «una clara violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen», sobre todo por haber sido realizado «a escondidas, cuando la celebración estaba ya avanzada». La grabación fue realizada por un detective sin permiso de los contrayentes.
Aunque la SGAE ganó el juicio, la presentación de esta prueba le valió una demandada cursada por la Asociación para la Protección de Datos Personales de los Consumidores (Consudato)...

L

Es la ley de la granja de Orwell :

La ley es igual para todos ... lo que pasa es que hay algunos mas iguales que otros.

Nosotros estamos tan aborregados que nos tragamos frases como "el derecho a la intimidad no es absoluto, como no lo es ninguno de los derechos fundamentales..." sin que pase nada.

Frezno

Yo la verdad, estoy muy cansado de la SGAE, ya no es el odio comun que tenemos todos por la SGAE, ya es más un "dadnos un respiro"... ya que nos "la está metiendo" que por lo menos sea poco a poco para que no "nos duela" tanto u.u

D

Manda pantalones que alguien diga que los "derechos fundamentales" pueden recortarse como le da la gana, en función de un "fin legítimo", que por supuesto, definirá el burócrata según los intereses de turno.

i

No tengo ni idea de derecho, pero desde luego, desde mi punto de vista, el derecho a la intimidad es mucho más importante que el derecho de la SGAE a cobrar sus derechos de autor.

odin180277

Vale que no pidan consentimiento para divulgar los datos, pero deberian haber declarado ese soporte en la APD como un archivo que contien datos de caracter personal. Y seguro que tienen mas archivos con datos de caracter personal que no componen ningun documento judicial y que segun la legislacion de al APD deberian estar declarados.

PD: Me tengo que dar de alta en la SGAE que este año he hecho muchas fotos y a lo mejor me las plagian. Ale a cobrar por la cara.......

D

#8 No, son peores.

D

Entonces, ¿ me puedo colar en un banquete de boda y nadie me puede echar por no ser un acto íntimo, si no público ?

crashaker

#1 ah es que no son?