La Sociedad General de Autores y Editores responde con un comunicado a la resolución definitiva de la Agencia Española de Protección de Datos por la que condena a la entidad de gestión a pagar la cantidad de 60.101,21 euros por la «violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen», infracción contemplada en el artículo 6.1 de la LOPD, tipificada como grave, en el caso de una boda celebrada en Sevilla en 2005. RELACIONADA sgae-multada-finalmente-violar-derecho-intimidad-video/favorites
#7:
Estos tíos son tontos. Aquí no se trata de ver si es legal o no poner música en una boda, sino que no se puede oir por ahí grabando actos privados cuando uno quiera!.
Porque si seguimos así, mañana se pondrán a grabar la noche de bodas, porque se está haciendo la 'caidita de Roma' con másica de la SGAE bajada por el e-mule!!
Pero bueno, ya vemos a que dedican parte del dinero robado vilmente con la excusa del canon: A poner demandas, a recurrir sentencias imposibles y a hacer propaganda inquisidora.
#8:
¿Porque no se ha meneado la fuente directamente?
#12:
La próxima vez, dispararán a quemarropa al "DJ" que pone la música en la boda y sacarán un comunicado de repulsa cuándo los acusen de asesinato diciendo que era para salvaguardar la propiedad intelectual. Si es que lo veo venir.
Estos tíos son tontos. Aquí no se trata de ver si es legal o no poner música en una boda, sino que no se puede oir por ahí grabando actos privados cuando uno quiera!.
Porque si seguimos así, mañana se pondrán a grabar la noche de bodas, porque se está haciendo la 'caidita de Roma' con másica de la SGAE bajada por el e-mule!!
Pero bueno, ya vemos a que dedican parte del dinero robado vilmente con la excusa del canon: A poner demandas, a recurrir sentencias imposibles y a hacer propaganda inquisidora.
La próxima vez, dispararán a quemarropa al "DJ" que pone la música en la boda y sacarán un comunicado de repulsa cuándo los acusen de asesinato diciendo que era para salvaguardar la propiedad intelectual. Si es que lo veo venir.
Pues muy bién, si la música era privativa (es decir, el autor, NO LA $GA€, así lo quieren) que paguen la multa (les estará bien empleado por escuchar a lerdos). PERO EL QUE HIZO LA GRABACIÓN Y EL QUE LA ORDENÓ DEBEN IR A PRISIÓN POR EL DELITO CONTRA LA INTIMIDAD QUE HAN COMETIDO.
Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.
Artículo Séptimo.
Tendrán la consideración de intromisiones ilegítimas en el ámbito de protección delimitado por el artículo segundo de esta Ley:
Cinco. La captación, reproducción o publicación por fotografía, filme, o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, salvo los casos previstos en el artículo octavo, dos.
Artículo 8 Dos.
En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:
1. Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.
2. La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.
3. La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.
En base a esto, como se puede ver, es algo independiente de que el local sea público o privado ya que estas personas no tienen profesión de notoriedad o proyección pública. Donde la Ley no distingue no cabe distinción, por lo que si yo fuera el juez y me recurren algo tan obvio, les subía la multa y les obligaba a indemnizar a los novios. Desde mi punto de vista, que es muy particular, esta actitud y hechos de la SGAE genera además, alarma social, de hecho yo estoy alarmado por el hecho de que puedan ocurrir estos tipos de sucesos en un estado de derecho y en una democracia.
¡YA ESTÁ BIEN DE AMPARAR ABUSOS, SANCIÓN EJEMPLAR YA!
Ellos aseguran que la comida/cena de una boda es un acto público.
Que yo sepa, cuando haces una boda, invitas a quien quieras a la comida/cena, y aunque muchas veces se cuele alguien no invitado (yo conozco una boda que se autoinvitó una persona), no es en ningún caso un acto público.
Pública es solamente la ceremonia en la iglesia/juzgado.
Es que el problema no es la propiedad intelectual, ni los artistas ni nada de eso.
El problema es la propia SGAE que con la disculpa de defender esos derechos incurre en ilegalidades, como en este caso. Todo por creerse por encima de la ley. Todo por su infinita voracidad.
Lo peor es que nuestros representantes politicos, no se si por ignorancia o directamente por dinero, les bailan el agua.
es una casa de campo que puedes alquilar para lo que te apetezca celebrar; es como si yo alquilo una casa, invito a todos mis familiares y amigos y ponemos musica y llega la $GA€ y le pone una multa a la dueña de la casa
Cuando nos van a abonar un canon a los usuarios que tenemos que escuchar sin nuestro consentimiento toda la música de estaciones de tren, metro,aeropuertos, etc..
Esa tortura de ¨maravillosa¨ musica a todo volumen con anuncios incluidos.
Que aleguen que un restaurante es un lugar público, pero una boda y una fiesta de bodas es una celebración PRIVADA. Abogo lo mismo que el colega #20: yo les subiría la sanción por hijop***s
se me ponen los pelos de punta, de pensar en pagar a los artístas.
Yo creo una mierda, la cual podría ser capaz, de crearla un niño de 3 años, la vendo y encima cobro de todos los españoles, por crear dicha mierda.
Una solución coherente es lo que necesitamos!
La SGAE esta ganado demandas a bares musicales con videos y fotografias, pero solo del equipo de musica, del video y de los aparatos que tengan instalados para ese fin. Filmando la ceremonia y presentándola la han cagado bien por que en cualquier caso los responsables ante la SGAE serian los dueños del local, nunca el publico del mismo. Creo que si quisieran podrian denunciar a la SGAE y al detective y por separado cada uno de los que salen en ese video.
Comentarios
Estos tíos son tontos. Aquí no se trata de ver si es legal o no poner música en una boda, sino que no se puede oir por ahí grabando actos privados cuando uno quiera!.
Porque si seguimos así, mañana se pondrán a grabar la noche de bodas, porque se está haciendo la 'caidita de Roma' con másica de la SGAE bajada por el e-mule!!
Pero bueno, ya vemos a que dedican parte del dinero robado vilmente con la excusa del canon: A poner demandas, a recurrir sentencias imposibles y a hacer propaganda inquisidora.
¿Porque no se ha meneado la fuente directamente?
http://www.sgae.es/home/es/notice_home_1.html
no, es el comunicado que ha emitido la SGAE a raiz de esa resolucion
La próxima vez, dispararán a quemarropa al "DJ" que pone la música en la boda y sacarán un comunicado de repulsa cuándo los acusen de asesinato diciendo que era para salvaguardar la propiedad intelectual. Si es que lo veo venir.
Pues muy bién, si la música era privativa (es decir, el autor, NO LA $GA€, así lo quieren) que paguen la multa (les estará bien empleado por escuchar a lerdos). PERO EL QUE HIZO LA GRABACIÓN Y EL QUE LA ORDENÓ DEBEN IR A PRISIÓN POR EL DELITO CONTRA LA INTIMIDAD QUE HAN COMETIDO.
VOTA EN BLANCO, VOTA PRISIÓN PARA LA SGAE
Todo lo que ponga SGAE , se menea hay gente que no la dao ni tiempo a leerla , es que es una inversion de karma
Extracto del comunicado:
Españoles... la cultura ha muerto [...]
¿Que van a recurrir que?
Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.
Artículo Séptimo.
Tendrán la consideración de intromisiones ilegítimas en el ámbito de protección delimitado por el artículo segundo de esta Ley:
Cinco. La captación, reproducción o publicación por fotografía, filme, o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, salvo los casos previstos en el artículo octavo, dos.
Artículo 8 Dos.
En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:
1. Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.
2. La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.
3. La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.
En base a esto, como se puede ver, es algo independiente de que el local sea público o privado ya que estas personas no tienen profesión de notoriedad o proyección pública. Donde la Ley no distingue no cabe distinción, por lo que si yo fuera el juez y me recurren algo tan obvio, les subía la multa y les obligaba a indemnizar a los novios. Desde mi punto de vista, que es muy particular, esta actitud y hechos de la SGAE genera además, alarma social, de hecho yo estoy alarmado por el hecho de que puedan ocurrir estos tipos de sucesos en un estado de derecho y en una democracia.
¡YA ESTÁ BIEN DE AMPARAR ABUSOS, SANCIÓN EJEMPLAR YA!
el comunicado ¿está dupe?...
lo resumo: van a seguir enredando.
#16 GOTO #8
Ellos aseguran que la comida/cena de una boda es un acto público.
Que yo sepa, cuando haces una boda, invitas a quien quieras a la comida/cena, y aunque muchas veces se cuele alguien no invitado (yo conozco una boda que se autoinvitó una persona), no es en ningún caso un acto público.
Pública es solamente la ceremonia en la iglesia/juzgado.
Es que el problema no es la propiedad intelectual, ni los artistas ni nada de eso.
El problema es la propia SGAE que con la disculpa de defender esos derechos incurre en ilegalidades, como en este caso. Todo por creerse por encima de la ley. Todo por su infinita voracidad.
Lo peor es que nuestros representantes politicos, no se si por ignorancia o directamente por dinero, les bailan el agua.
#3... ahí está cuando les multaron, ahora ellos dicen que recurren, es otra noticia.
lo mejor es donde se celebro la boda
es una casa de campo que puedes alquilar para lo que te apetezca celebrar; es como si yo alquilo una casa, invito a todos mis familiares y amigos y ponemos musica y llega la $GA€ y le pone una multa a la dueña de la casa
Se de lo que hablo porque son clientes
http://maps.google.es/maps/ms?hl=es&ie=UTF8&msa=0&msid=114723154673635283600.00043c497ae4be9d3647f&ll=37.407826,-6.074334&spn=0.001747,0.003648&t=h&z=18&om=1
Cuando nos van a abonar un canon a los usuarios que tenemos que escuchar sin nuestro consentimiento toda la música de estaciones de tren, metro,aeropuertos, etc..
Esa tortura de ¨maravillosa¨ musica a todo volumen con anuncios incluidos.
Que aleguen que un restaurante es un lugar público, pero una boda y una fiesta de bodas es una celebración PRIVADA. Abogo lo mismo que el colega #20: yo les subiría la sanción por hijop***s
Y no podemos encularles por el comunicado este? porque deduzco que lo harían otra vez de estar en la misma situacion... eso es delito de amenazas.
–-
se me ponen los pelos de punta, de pensar en pagar a los artístas.
Yo creo una mierda, la cual podría ser capaz, de crearla un niño de 3 años, la vendo y encima cobro de todos los españoles, por crear dicha mierda.
Una solución coherente es lo que necesitamos!
No me carga la página del comunicado. Me imagino que estará todo quisqui intentado leerlo
La SGAE esta ganado demandas a bares musicales con videos y fotografias, pero solo del equipo de musica, del video y de los aparatos que tengan instalados para ese fin. Filmando la ceremonia y presentándola la han cagado bien por que en cualquier caso los responsables ante la SGAE serian los dueños del local, nunca el publico del mismo. Creo que si quisieran podrian denunciar a la SGAE y al detective y por separado cada uno de los que salen en ese video.
aqui La SGAE, multada finalmente por violar el derecho a la intimidad con un vídeo
La SGAE, multada finalmente por violar el derecho ...
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