Hace 16 años | Por rubianes a comunidad.zm.nu
Publicado hace 16 años por rubianes a comunidad.zm.nu

La Sociedad General de Autores y Editores responde con un comunicado a la resolución definitiva de la Agencia Española de Protección de Datos por la que condena a la entidad de gestión a pagar la cantidad de 60.101,21 euros por la «violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen», infracción contemplada en el artículo 6.1 de la LOPD, tipificada como grave, en el caso de una boda celebrada en Sevilla en 2005. RELACIONADA sgae-multada-finalmente-violar-derecho-intimidad-video/favorites
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Publicado hace 16 años por Meneador_Compulsivo
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La resolución definitiva de la APD condena a la <strong>SGAE</strong> a pagar la cantidad de 60.101, [...]

Comentarios

rubianes

no, es el comunicado que ha emitido la SGAE a raiz de esa resolucion

j

Pues muy bién, si la música era privativa (es decir, el autor, NO LA $GA€, así lo quieren) que paguen la multa (les estará bien empleado por escuchar a lerdos). PERO EL QUE HIZO LA GRABACIÓN Y EL QUE LA ORDENÓ DEBEN IR A PRISIÓN POR EL DELITO CONTRA LA INTIMIDAD QUE HAN COMETIDO.

VOTA EN BLANCO, VOTA PRISIÓN PARA LA SGAE

s

Todo lo que ponga SGAE , se menea lol hay gente que no la dao ni tiempo a leerla , es que es una inversion de karma lol

Kartoffel

Extracto del comunicado:
Españoles... la cultura ha muerto [...]

kismet

¿Que van a recurrir que?

Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.

Artículo Séptimo.

Tendrán la consideración de intromisiones ilegítimas en el ámbito de protección delimitado por el artículo segundo de esta Ley:

Cinco. La captación, reproducción o publicación por fotografía, filme, o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, salvo los casos previstos en el artículo octavo, dos.

Artículo 8 Dos.

En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:

1. Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.
2. La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.
3. La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.

En base a esto, como se puede ver, es algo independiente de que el local sea público o privado ya que estas personas no tienen profesión de notoriedad o proyección pública. Donde la Ley no distingue no cabe distinción, por lo que si yo fuera el juez y me recurren algo tan obvio, les subía la multa y les obligaba a indemnizar a los novios. Desde mi punto de vista, que es muy particular, esta actitud y hechos de la SGAE genera además, alarma social, de hecho yo estoy alarmado por el hecho de que puedan ocurrir estos tipos de sucesos en un estado de derecho y en una democracia.

¡YA ESTÁ BIEN DE AMPARAR ABUSOS, SANCIÓN EJEMPLAR YA!

D

el comunicado ¿está dupe?...
lo resumo: van a seguir enredando.

Elias

#16 GOTO #8

t

Ellos aseguran que la comida/cena de una boda es un acto público.
Que yo sepa, cuando haces una boda, invitas a quien quieras a la comida/cena, y aunque muchas veces se cuele alguien no invitado (yo conozco una boda que se autoinvitó una persona), no es en ningún caso un acto público.
Pública es solamente la ceremonia en la iglesia/juzgado.

L

Es que el problema no es la propiedad intelectual, ni los artistas ni nada de eso.
El problema es la propia SGAE que con la disculpa de defender esos derechos incurre en ilegalidades, como en este caso. Todo por creerse por encima de la ley. Todo por su infinita voracidad.

Lo peor es que nuestros representantes politicos, no se si por ignorancia o directamente por dinero, les bailan el agua.

D

#3... ahí está cuando les multaron, ahora ellos dicen que recurren, es otra noticia.

pronetpc.com

lo mejor es donde se celebro la boda

es una casa de campo que puedes alquilar para lo que te apetezca celebrar; es como si yo alquilo una casa, invito a todos mis familiares y amigos y ponemos musica y llega la $GA€ y le pone una multa a la dueña de la casa

Se de lo que hablo porque son clientes
http://maps.google.es/maps/ms?hl=es&ie=UTF8&msa=0&msid=114723154673635283600.00043c497ae4be9d3647f&ll=37.407826,-6.074334&spn=0.001747,0.003648&t=h&z=18&om=1

Anpau

Cuando nos van a abonar un canon a los usuarios que tenemos que escuchar sin nuestro consentimiento toda la música de estaciones de tren, metro,aeropuertos, etc..
Esa tortura de ¨maravillosa¨ musica a todo volumen con anuncios incluidos.

D

Que aleguen que un restaurante es un lugar público, pero una boda y una fiesta de bodas es una celebración PRIVADA. Abogo lo mismo que el colega #20: yo les subiría la sanción por hijop***s

D

Y no podemos encularles por el comunicado este? porque deduzco que lo harían otra vez de estar en la misma situacion... eso es delito de amenazas.

–-

i

se me ponen los pelos de punta, de pensar en pagar a los artístas.
Yo creo una mierda, la cual podría ser capaz, de crearla un niño de 3 años, la vendo y encima cobro de todos los españoles, por crear dicha mierda.
Una solución coherente es lo que necesitamos!

j

No me carga la página del comunicado. Me imagino que estará todo quisqui intentado leerlo

D

La SGAE esta ganado demandas a bares musicales con videos y fotografias, pero solo del equipo de musica, del video y de los aparatos que tengan instalados para ese fin. Filmando la ceremonia y presentándola la han cagado bien por que en cualquier caso los responsables ante la SGAE serian los dueños del local, nunca el publico del mismo. Creo que si quisieran podrian denunciar a la SGAE y al detective y por separado cada uno de los que salen en ese video.

Cidwel

dupe