Hace 16 años | Por sam2001 a lacoronairreal.com
Publicado hace 16 años por sam2001 a lacoronairreal.com

Son esos peligros que tiene el Derecho, que una letra o una coma en una Ley te cambian por completo el significado de algo. Así ocurre con la Constitución en el artículo 56 que donde pone "correspondan" debería poner "corresponden" porque según la redacción actual, el Rey sólo tendría un título, ese mismo, "Rey de España", y el de Conde de Barcelona por R.D. de 1987; PERO ya está, sólo esos y no ninguno que se arrastrase de monarquías anteriores como erróneamente nos han hecho entender. Esto hasta que se promulgue otro R.D. otorgando los...

Comentarios

D

hoygan's konstitution

saulot

El título Grande del Rey de España es el siguiente:

"Majestad Católica, Rey de Castilla, de León, de Aragón, de Las Dos Sicilias, de Jerusalén, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Menorca, de Sevilla, de Córdoba, de Murcia, de Jaén, de los Algarves, de Algeciras, de Gibraltar, de las Islas Canarias, de las Indias Orientales y Occidentales, de las islas y tierra firme de la mar océana [1]; Archiduque de Austria; Duque de Borgoña, de Brabante, de Milán, de Atenas y de Neopatria; Marqués de Oristan; Conde de Habsburgo, de Flandes, del Tirol, del Rosellón, de Gocéano, de Cerdeña y de Barcelona; Señor de Vizcaya y de Molina."
http://www.dhistoria.com/carpetas/2004/05/los_ttulos_del.html

[1]Esto es un insulto para los latinoamericanos, y para mí como mexicano, el que todavía se atreva a usarlo (faltan 2 años para celebrar el Bicentenario de la independencia de México)

Viva la República!!!

g

La redacción es correcta. "Correspondan" es presente de subjuntivo, y no quiere decir que el Rey esté a expensas de ver si en el futuro le cae un titulo por R.D (para eso habría sido mejor escribir "al Rey le corresponderán...", sino que la Constitución no entra a valorar cuales son actualmente, pero acepta otorgar todos los que le corresponden actualmente por motivos históricos.

Es igual que cuando dices: "no me importa lo que ellos tengan". No quiere decir exclusivamente "no me importa lo que ellos tengan en un futuro", sino también "no me importa lo que ellos tengan ahora". La clave es que la Constitución acepta el status quo histórico (que no depende de ninguna Constitución sino de los libros de historia), sin entrar a valorar cada titulo concreto.

Y de todas formas esto es mucho más lógico que especificar tooooodos los títulos en la Constitución, porque en ese caso cualquier rectificación necesitaría una reforma constitucional, en lugar de una simple nota del Ministerio de Exteriores. Por supuesto esto no va a ser habitual, pero las constituciones se hacen para que duren y por eso solo contienen lo esencial

diegocg

En realidad la constitución es absurda y contradictoria por el simple hecho de mezclar democracia y monarquía. Los mismos fantasmas del derecho que hacen creer a la gente que combinar las dos es imposible, harán que las leyes signifiquen lo que ellos deseen.

Cantro

El que escribió el artículo no pensó demasiado antes de ponerse a picar teclas

Al decir "que correspondan" se refiere a que los títulos pueden variar, y que tampoco es la Constitución Española el lugar donde deben ser definidos. Para eso hay otros sitios

Por ejemplo, si mañana Felipe fuese Rey y no tuviese hijos seguiría siendo Príncipe de Asturias, pero en el momento en que hubiese nacido su primigénito lo hubiese perdido

#11 Reina, pero no gobierna. El rey no tiene poder efectivo y cualquier cosa que haga (en nombre del estado, quiero decir) debe ser refrendada por el presidente del gobierno o el ministro competente

sam2001

Eso es ¿y cuales son? La Constitución no los dice, por eso tienen que venir después determinados por un acto normativo con rango de Ley... pero , aparte de ese R.D 1987 no hay ninguno.

Si hubieran puesto "corresponden" entonces podría haber atraído para sí los títulos históricos anteriores, que son eso, los que les corresponden...

kipic

Yo no veo que esté mal redactado, porque se refiere a la corona en general. Dice que el Rey podrá utilizar los demás que CORRESPONDAN a la corona refiriéndose a los títulos.

a

Precisamente el legislador adolecía de zorro, y dejó una Constitución poco definida pero que asegurara la unión de todos, ya que sabía que cambiar la conjugación supondría tocar las narices a muchos políticos y además de constitucionalizar títulos pasados que a lo mejor no se querían asignar a la Monarquía. Por esa premisa, al colocar el término "correspondan" está limitando a un desarrollo posterior la enumeración.

Cantro

#23
3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65,2 (que viene a decir que en su casa manda él).

Artículo 64.
1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso.

2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.

O lo que es lo mismo, que el rey tiene que firmar porque la negativa a hacerlo no sería aceptada por los que tienen la responsabilidad real son el presidente del gobierno (en ejercicio o en funciones) o los ministros que correspondan. Y son ellos, al tener que autorizar todo acto del jefe del estado, los responsables de todo lo que haga (si lo han autorizado, obviamente).

Por tanto vale lo que diga el pueblo porque está obligado a ello. Punto pelota.

Así que por favor "léase la Constitución" antes de argumentar como si te la hubieras leído.

Cantro

#19 Sanciona, no refuta (refutar es rechazar)

alehopio

#15 " El rey no tiene poder efectivo y cualquier cosa que haga (en nombre del estado, quiero decir) debe ser refrendada por el presidente del gobierno o el ministro competente"

Eso no es cierto, por no decir que eso es mentira. Por ejemplo, sin el consentimiento del rey el gobierno elegido por el pueblo no puede gobernar...

Fotoperfecta

Pues los que redactaron la Constitución ni provienen de la LOGSE, ni la LOU, ni la LOCE.
Tanta Ley Orgánica suena a champú orgásmico.

D

Estoy con #9, la Constitución Española está para hacer piña frente a potencias extranjeras (ej: USA, UE, etc.), y esa debería ser su principal función. Qué títulos tiene o no tiene el Rey es secundario... y prueba de ello es que llevamos casi 30 años sin que a nadie le haya parecido importante definirlos.

crafton

Con falta o sin ella, la intención fué la de darle tal poder a tal familia.

kekobola

#14 Tu valoración es la correcta. El autor de la fuente ha querido interpretar una norma jurídica sin conocer el modo verbal subjuntivo.

k

#10 España se rompe!!!

D

y qué? si se va a llevar la misma pasta de los contribuyentes.

gualtrapa

Ya hieden este tipo de noticias.

D

¿Y no podemos aprovecharnos del error?
Por una vez los recovecos legales servirían para algo bueno.

Cantro

#17 Legalmente no sé si está obligado a ratificarlo, pero me da en la nariz que sí y que no puede negarse.

Eso también pasa en repúblicas como Alemania o Italia donde su presidente tiene más o menos el mismo poder que nuestro rey.

alehopio

#18 y #19 Ustedes han creído toda la propaganda que los medios de desinformación masiva emite. Por favor, léanse la Constitución:
- nada obliga al rey a firmar: firma si quiere, y si no quiere no firma y no vale lo que diga el pueblo...
- es el jefe del estado, comandante en jefe de los ejercitos, etc.

D

Me gustaría que algún error gramatical hubiese modificado esta conversación:

http://www.treintasegundos.blogspot.com/2008/02/mi-casi-gran-logro-periodstico.html

Si hubiese ocurrido, hoy sería feliz.
salu2

D

#17 es un mero tramite burocrático. El Rey tiene sus funciones acotadas por el Parlamento, no puede hacer nada sin que este lo apruebe, o el gobierno, pero el Rey no puede negarse de elegir a un gobernante por que el solo refuta lo elegido por los ciudadanos.