Hace 15 años | Por Tanatos a adn.es
Publicado hace 15 años por Tanatos a adn.es

La Sala de lo Social del TSJPV ha condenado a supermercados Ercoreca a readmitir o indemnizar con 23.000 € a una trabajadora a la que despidió de forma "improcedente" por el uso "indebido" del ordenador de la empresa. Además, le impone el pago de las costas al incurrir en "un desprecio absoluto" en el derecho a la intimidad de la empleada, al controlar el disco duro de su ordenador e incluso llegar a leer el contenido de sus correos electrónicos, lo que constituye "una intromisión en el secreto de comunicaciones".

Comentarios

benjami

#1 Y además la empleada respiraba aire que estaba en los imuebles propiedad de la empresa y luego lo usaba para articular palabras en frases que no se referían exclusivamente cuestiones de trabajo.

¡Duro con esos humanos!

Y si no aprenden, los empresarios eficaces compraremos robots y terminarán en la puta calle. Mira que tener vida privada en horas que la pagamos nosotros, la vida.

Don_Gato

Un amigo que trabajó en un bar en Alemania me dijo una vez que la trastienda habia un cartel que decia "Prohibido venir a trabajar sin ropa interior", me pregunto si como causa de despido le habrán hecho un examen exhaustivo a tod@s los emplead@s, "A ver pepita bájate la falda a ver si cumples con la normativa de la empresa" roll

D

El símil más obvio es el correo postal. Es posible que recibir correo personal en la dirección postal de la empresa en la que trabajas sea un uso inadecuado de los recursos de la empresa e incluso puede que sea causa de despido procedente. El jefe puede ver que recibes correo y puede leer y registrar las direcciones de remitente y destinatario, pero nunca jamás puede abrir las cartas y leer su contenido. Eso es ilegal.

De la misma manera, se pueden controlar las cabeceras de los emails, incluyendo la dirección del remitente, destinatario y el asunto del mensaje, pero nunca jamás puedes leer el cuerpo del mensaje. Eso no sólo es ilegal, sino que es moralmente erróneo. A #1 y #2 que sepáis que el siguiente paso podría ser poner cámaras en los baños. Eso está mal. Hay un derecho a la privacidad, especialmente en el contexto de las comunicaciones. Aunque estés trabajando, eso no quiere decir que renuncies automáticamente a todos tus derechos en favor del empleador. El problema de este país es que está lleno de explotadores que se creen con derecho de pernada.

bac

#1

Aunque comparto tu punto de vista parece ser que no puedes revisar el correo de la gente a menos que lo explicites claramente.

A

Pero yo entiendo que el email es propiedad de la empleada aunque no sea algo físico.
Y #1 el ejemplo de la furgoneta no me vale, imaginate que la usas para llevarte a la parienta por ahí lol
La empresa podría decirte algo, despedirte o echarte la bronca pero no ponerte cámaras y entrar a fisgar a ver qué haces.

benjami

#7 La falda se sube. Son los pantalones, lo que se baja. Cómo se nota que tú no llevas (falda) lol lol lol

D

En el trabajo no se puede estar haciendo cosas personales, cierto. Pero mirar el correo privado de una persona es un delito, y punto. No hay discusión posible. El derecho a la intimidad y la privacidad de las comunicaciones está por encima de otras cuestiones.

D

#14 Ercoreca, la calidad (es el eslogan de Ercoreca en Euskadi)

Vamos, que no es precisamente una lengua romance, pero creo que se entiende bastante bien sabiendo castellano.

D

#2 Qué pasa, ¿que por revisar tu correo estás siendo un completo inútil o perdiendo productividad en la empresa?

Pues entonces a mí ya podrían ir despidiéndome de mi primer trabajo.

D

#14 Joer, que yo soy asturiano y lo pillé a la primera, lol

MarvinMarciano

¡Excelente sentencia!

#12 No tiene por qué. Y tu no tienes por qué exigir una mierda, colono.

r

#5 Entiendo que la empresa no debe inmiscuirse en la intimidad, ¿pero como se puede demostrar que un empleado ha utilizado el correo de la empresa para asuntos personales todo el día? (este no es el caso, por cierto).

Lo de que el correo de la empresa es personal del trabajador creo que no es del todo cierto. En el correo electrónico de las empresas suele haber muchisima información que es de la empresa, no del trabajador.

Dejando al margen el resto de consideraciones, el uso del correo de la empresa (OJO, no el tuyo accedido por un equipo de la empresa, por ejemplo mediante correo web de cualquier clase), para cuestiones personales no me parece de ningún modo tolerable (este no es el caso, repito).

Por otra parte, si la empresa decide que no quiere que sus empleados naveguen por ciertas páginas o utilicen correo web, hay suficientes medios para impedirlo y notificarlo, sin necesidad de leer corres personales.

D

La gente se posiciona en esto de forma rápida pero es más complicado de lo que creéis, si os leéis cualquier sentencia de los tribunales se pasarán páginas y páginas haciendo símiles con tecnologías anteriores a internet ¿Podría un trabajador recibir el correo personal en su oficina? es lo que alegan los detractores de la intimidad, mientras que los otros dicen "el correo-e es una nueva herramienta no comparable a la anterior y se convierte en un buzón privado"... así ad infinitum

D

Ercoreca kalitatea

D

#4 Que, tu también miras tu correo en horas de trabajo? porque sino no se explica una defensa tan cerrada.

r

#12 al menos di lo que significa en castellano

pacoss

Yo sigo sin estar de acuerdo con esas sentencias. Si a un empleado se le dice "el ordenador no es suyo, es de la empresa, y no puede usarlo para fines particulares", yo creo que tiene todo el derecho de vigilar su propiedad, no se está inmiscuyendo en la privacidad del empleado, está vigilando lo suyo.
Para mi, esto es lo mismo que si le damos al empleado la furgoneta de empresa y este la usa para hacer mudanzas de sus colegas o ir a por naranjas, es exactamente igual.
Por otra parte, todos sabemos que cuando uno se esta descargando pelis o esta reenviando powerpoints, se está tocando las narices. Seamos serios.

Otra cosa, es que te graben o te hagan vaciarte los bolsillos, como hacen muchas grandes superficies y todos calladitos.

D

#1 Yo tampoco, se supone que uno esta en el trabajo para eso, trabajar y no dedicar el material de la oficina donde se curra para fines personales, el tiempo que te pagan es para que trabajes, no para tus asuntos, eso cuando se termine la jornada laboral. Este tipo de sentencias lo único que consigue es que trabajadores españoles sin escrúpulos siga la misma tónica. De todos modos la empresa ha pecado de tontainas, cualquiera habiera esperado un mejor momento y con cualquier excusa echar a la calle a esa trabajadora inutil.