Hace 15 años | Por chubaka a actualidad.terra.es
Publicado hace 15 años por chubaka a actualidad.terra.es

La Policía Nacional ha detenido a un hombre de 65 años como presunto autor de un delito de corrupción de menores, y que al parecer fotografiaba a menores de edad y mujeres en "top less" y desnudas en una playa de Tenerife.

Comentarios

Nova6K0

"Corrupción de menores" estos fuman directamente:

Artículo 189. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre.

1. Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años:

1. El que utilizare a menores de edad o a incapaces con fines o en espectáculos exhibicionistas o pornográficos, tanto públicos como privados, o para elaborar cualquier clase de material pornográfico, cualquiera que sea su soporte, o financiare cualquiera de estas actividades.

2. El que produjere, vendiere, distribuyere, exhibiere o facilitare la producción, venta, difusión o exhibición por cualquier medio de material pornográfico en cuya elaboración hayan sido utilizados menores de edad o incapaces, o lo poseyere para estos fines, aunque el material tuviere su origen en el extranjero o fuere desconocido.

2. El que para su propio uso posea material pornográfico en cuya elaboración se hubieran utilizado menores de edad o incapaces, será castigado con la pena de tres meses a un año de prisión o con multa de seis meses a dos años.

3. Serán castigados con la pena de prisión de cuatro a ocho años los que realicen los actos previstos en el apartado 1 de este artículo cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

1. Cuando se utilicen a niños menores de 13 años.
2. Cuando los hechos revistan un carácter particularmente degradante o vejatorio.
3. Cuando los hechos revistan especial gravedad atendiendo al valor económico del material pornográfico.
4. Cuando el material pornográfico represente a niños o a incapaces que son víctimas de violencia física o sexual.
5. Cuando el culpable perteneciere a una organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que se dedicare a la realización de tales actividades.
6. Cuando el responsable sea ascendiente, tutor, curador, guardador, maestro o cualquier otra persona encargada, de hecho o de derecho, del menor o incapaz.

4. El que haga participar a un menor o incapaz en un comportamiento de naturaleza sexual que perjudique la evolución o desarrollo de la personalidad de éste, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año.

5. El que tuviere bajo su potestad, tutela, guarda o acogimiento a un menor de edad o incapaz y que, con conocimiento de su estado de prostitución o corrupción, no haga lo posible para impedir su continuación en tal estado, o no acuda a la autoridad competente para el mismo fin si carece de medios para la custodia del menor o incapaz, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses.

6. El ministerio fiscal promoverá las acciones pertinentes con objeto de privar de la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar, en su caso, a la persona que incurra en alguna de las conductas descritas en el apartado anterior.

7. Será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis meses a dos años el que produjere, vendiere, distribuyere, exhibiere o facilitare por cualquier medio material pornográfico en el que no habiendo sido utilizados directamente menores o incapaces, se emplee su voz o imagen alterada o modificada.

8. En los casos previstos en los apartados anteriores, se podrán imponer las medidas previstas en el artículo 129 de este Código cuando el culpable perteneciere a una sociedad, organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que se dedicare a la realización de tales actividades.

Tan sólo hay una parte de este artículo que si rizamos el rizo, podría constituir "corrupción de menores" y es si se considera que los/as menores estaban en poses pornográficas, que bueno eso a parte a mí me dá la risa.

Salu2

cyrus

La ley es clara al respecto: Puedes fotografiar cualquier sitio publico y cualquier cosa desde cualquier sitio publico, es decir que puedo sacar una foto de una tienda desde la calle, pero hay algunas restricciones, como edificios militares, aeropuertos, cárceles, etc. Otra de las limitaciones es precisamente fotografiar a menores sin su permiso, estén o no desnudas.

Y por otro lado, si son mayores de edad, les puedes sacar una foto a 1 metro que nadie podrá decirte nada, excepto el novio, claro, jejeje. Otra cosa es publicar ese contenido, eso ya es otra historia.

En el caso que nos ocupa, paquete que le cae al abuelo por lo de las menores, que por las otras, naa de naa.

D

Lo de los menores vale, pero lo de "me desnudo en público porque me da igual que me vea todo el mundo en directo pero no quiero que nadie me vea en papel"... que soberana gilipollez... luego irán por ahí dando lecciones de "somos gente sin complejos" y "es lo más natural"

Imag0

Ni que las hubiera desnudado el...

Quiero hacer topless/nudismo/naturismo pero que no me mire ni dios!

sorrillo

#20 pornografía.
(De pornógrafo).
1. f. Carácter obsceno de obras literarias o artísticas.
2. f. Obra literaria o artística de este carácter.
3. f. Tratado acerca de la prostitución.

Una persona desnuda, sea de la edad que sea, no es pornografía. Requiere acto obsceno.

A lo único a lo que le veo sentido es a atentar contra la intimidad, algo que me parece bastante estúpido teniendo en cuenta que es un sitio público.

Cualquier concepto que se aplique relacionado con pornografía, corrupción de menores, etc. es un sinsentido. El menor no ha sufrido ningún daño por aparecer en una fotografía.

En cualquier caso si esa fotografía se publicase podría ser dañino para el menor, pero sería en ese momento en el que se cometería el delito y no antes.

Skanda

A mí me parece que podría tratarse de un delito contra la intimidad, pero la noticia dice que le acusan de "corrupción de menores", lo cual me parece demasiado exagerado...

j

Esto me recuerda a un reportaje en las noticas de cualquier cadena hablando de la gente que hace fotos con el movil a las tías en la playa, mientras estos sacan a todas las mujeres por televisión.

D

Si no quieres que te vean en pelotas no te despelotes en público

kamandula

¡¿Abuelo?!

D

#14 y ya de paso eliminamos la libertad de expresión, y luego la de asociación...

z

Ya estamos con lo de siempre, si no quieres no vayas, si no te gusta no mires. Si defendéis esto por que no aceptáis, si no me gusta que me miren fijamente como un poseso no me mires, vale no es delito pero es educación y respeto.

ForatNegre

#13 Hacer fotos a menores, SI es delito.

En ningún momento se dice que las menores estuvieran desnudas o enseñaran algo, pero precisamente por el hecho de ser menores y por la ley de protección de datos (la fotografía es un dato personal), no se pueden hacer fotografías sin consentimiento por escrito, ya sean para guardar o para publicar.

Nova6K0

zoster "material pornográfico" por eso digo lo que digo. Sinceramente a mí una persona, que crea que una menor de edad está en una pose pornográfica, salvo que la obliguen a ello y sobre todo si está vestida. Es una persona que está enferma, que vé lo que otros/as no ven.

Salu2

s

¿y?
si se limito a fotografiar lo que veía todo el mundo en un lugar público..
(otra cosa sería si pidiese a menores que les enseñe sus cosillas)

D

A #6

Y si alguien se pone en tetas no quiere decir que se le pueda grabar o fotografiar. ¿Como lo enseña ya quiere decir que sea publico o que?

Sí, nos lo está enseñando

D

es como cuando vas a una playa nudista y la gente se ofende porque les mires el rabo si no quieres que te vean no lo enseñes. Que yo sepa, hacer fotos en lugares públicos, aunque sea a menores, no constituye delito

z

#20 y esto que te parece...
2. El que para su propio uso posea material pornográfico en cuya elaboración se hubieran utilizado menores de edad

Por que ya me dirás que otro fin puede tener el sacar fotos explicitas de menores desnudas... ¿Quizás era un artista, no?

Por mi parte por el echo de sacar las fotos mientras no haya llegado a más es posible que no hubiese que condenar ningún delito. Pero mejor prevenir y retirarle el material.

z

Detienen, que no encarcelan, a un viejo verde sacando fotos a menores y ya vienen los adalides de la libertad a gritar que se están coartando nuestros derechos. Ver para creer.

z

#23 En ningún momento la información que tu pusiste dice "pose pornográfica" si no "material pornográfico". Me parece lo más normal del mundo la desnudez(Espero que no te refirieras a mi como enfermo). De echo criticaría esta medida si por ejemplo fuesen sus padres quienes lo fotografiasen. Pero un desconocido no tiene por que hacerle fotos a un crío, más si está desnudo, no le veo sentido alguno, más que pensando mal. Tu no ves mal que a un niño se le saquen fotos desnudo, y depende de que se hagan y quien lo haga yo tampoco. Pero y si después te encuentras esa foto en internet... espero que no te hiciese mucha gracia.
No entiendo como funciona la cabeza de un pedófilo. Pero si por ejemplo en la adolescencia puede llegar a excitarte la foto de una mujer desnuda, a un pedófilo supongo que podrá excitarle la de un niño desnudo esté o no manteniendo relaciones sexuales o esté o no en pose pornográfica.
O simplemente las quería vender, yo que se... lo que creo es que no debería haberlas sacado, empezando simplemente por una cuestión de respeto.

D

#6 Las fotos estaban en su cámara, nadie dice que las fuera a hacer públicas.
(ironic mode) A lo mejor pagando el canon de la SGAE se hubiera salvado (/ironic mode)

s

yo creo que no hay derecho a fotografiar a alguien sin su consentimiento. otra cosa es fotografiar escenarios en los que hay gente.
fotografiar el mar, o fotografiar una calle, donde evidentemente hay gente. Incluso podría aceptar que se fotografía a alguien directamente en alguna situación siempre que no sea vejatoria o se entienda que no la perjudica.

Que estes en un lugar público no autoriza a nadie a fotografiarte de forma explicita.

D

#7 tienes toda la razon, pero se te olvido mencionar q si la cara no sale en la foto no es ilegal. en otras palabras puedes decir como se llama el menor o la menor de la foto y donde vive y enseñarles en todo su esplendor desnudo y mientras no se vea su cara no pasa nada...

D

#18 por la misma regla de tres las cameras de seguridad deberian estar prohibidas. y a de mas para razon de juicio a ti te acusan de fotografiar a alguien sin concentimiento y lo unico q tienes q decir es q estabas fotografiando el paisaje y el tio estaba ahi y ya. O nada o todo.

c

No voy a entrar en lo que actualmente constituye un delito o no, porque no entiendo del tema, pero me gustaría que fuese delito hacer "fotos directas" a cualquier persona y en cualquier lugar sin su consentimiento. Por un lado me quedaba más tranquilo y por otro me libraba de la prensa rosa.