Hace 15 años | Por --76803-- a laverdad.es
Publicado hace 15 años por --76803-- a laverdad.es

Los artículos de la Constitución que se consideran infringidos son el 2, 45.2, 128.1, 148.1, 149.1, 138.1 y 139.1. El informe, encargado a un grupo de expertos, advierte como principal vicio de inconstitucionalidad, la infracción del reparto de competencias entre el Estado y las autonomías en materia de agua (artículo 148.1) y además se vulneran títulos competenciales transversales y se opera negativamente en el ámbito de competencias de Murcia en materia de ordenación del territorio, agricultura, medio ambiente y ordenación del desarrollo.

Comentarios

D

No pasa nada. Se puede incumplir la constitución en un estatuto, con la excepción de cuando lo hace el estatuto vasco o catalán, que eso sí que está muy perseguido.

D

#3 No se rompe, está rota, troceada y reducida a escombros.

D

El debate esta abierto. ¿Quién es realmente el dueño del agua? ¿hasta que punto las autonomías pueden decidir sobre este recurso? ¿tal vez debe de reformarse la constitución en estos puntos?.

D

Y luego se meten con el pobre lehendakari Spook roll

D

¡¡¡Castilla se rompe!!!

D

#1 De momento el Estado (149.1.22ª CE).