Hace 15 años | Por --55315-- a elmundo.es
Publicado hace 15 años por --55315-- a elmundo.es

El PP está convencido de que los argumentos que ha utilizado el TC para rechazar la consulta que pretendía convocar el lehendakari Ibarretxe permiten prever que declarará inconstitucionales varios aspectos claves del Estatuto. Según un informe jurídico, es probable que anule conceptos del Estatut sobre "los derechos del pueblo catalán", "Cataluña como nación", "el derecho inalienable de Cataluña al autogobierno", "los poderes de la Generalitat emanan del pueblo de Cataluña", "los derechos históricos" y lo referido a "los símbolos nacionales".

Comentarios

ikatza

#3 #5 Día raro, sí. Fijate, yo de acuerdo con el PP lol

#2 Más claro agua: los derechos del pueblo catalán, Cataluña como nación, el derecho inalienable de Cataluña al autogobierno, los poderes de la Generalitat emanan del pueblo de Cataluña, los derechos históricos, símbolos nacionales... son términos que aparecen en el Estatut y con los que estoy completamente de acuerdo. La cosa es que el TC ha dejado bien clarito en la sentencia contra el parlamento vasco que no existe ningún pueblo o nación que no sea la española.

martingerz

Dado que el artículo 6 de la Ley de Partidos dice lo siguiente: Los partidos políticos se ajustarán en su organización, funcionamiento y actividad a los principios democráticos y a lo dispuesto en la Constitución y en las leyes.

No sé a qué espera el españolismo para aplicar "el estado de derecho" e ilegalizar a todos los partidos soberanistas. Quiténse las caretas que de demócratas poquito

Catacroc

Mira que no suelo estar de acuerdo contigo #1, pero en esto tienes razon. Para lo mismo la justicia española unas veces dice si y otras no.

D

Que tienen que ver los cojones para comer trigo.

ikatza

#12 Los argumentos en los que se ha basado el tribunal NO dicen nada de naciones, derechos de autogobierno, emanaciones, derechos históricos ni leches en bote ¿Seguuuuurooo? roll No te vendría mal leer la noticia antes de opinar:

En primer lugar, la sentencia deja bien claro que la soberanía corresponde en exclusiva a "la nación española constituida en Estado" porque así lo decidió "la nación española, única e indivisible".

Aquí tienes otro enlace que viene a decir lo mismo, pero obviamente con distinta intención ;):

http://www.gara.net/paperezkoa/20080912/96112/es/El-TC-prohibe-consulta-Ibarretxe-porque-solo-pueblo-espanol-tiene-derecho-decidir

ikatza

#14 Estamos de acuerdo entonces en que SÍ que dice algo sobre naciones.

iramosjan

#16 No, por Dios, otra vez el raca-raca, no...

Decir eso ya era palpablemente falso antes de la sentencia, pero ahora ya es ir directamente contra una sentencia judicial firme e insistir en que el blanco es negro porque uno lo dice...

Todos los referendums son no vinculantes, y el de la OTAN por ejemplo fue no vinculante, con una excepción: los de reforma de la Constitución (los de ratificación de un Estatuto de Autonomía están incluidos en ello, se consideran parte del "corpus constitucional")

Hala, ya puedes votar negativo a este comentario también; por lo menos Ikatza y yo podemos debatir con la firmeza que queramos sin hacer bobadas.

iramosjan

#15 Desde luego. ¿Y lo estamos en que lo que yo escribí en #12 fue esto?

"Los argumentos en los que se ha basado el tribunal NO dicen nada de naciones, derechos de autogobierno, emanaciones, derechos históricos ni leches en bote"

Por si no que da lo bastante claro: la sentencia menciona la palabra "nación" y también "indivisible". Para eso no hace falta ir a Salamanca ni que el TC lo diga, eso es el mismísimo artículo 1 de la Constitución.

Pero las razones en las que se basa la sentencia son otras. De hecho, esa mención al artículo 1 no aparece hasta la página 30 de las 34 de la sentencia completa, y se suprimiera esa parte completa, la sentencia no se vería afectada en lo más mínimo.

D

#2 Que las resoluciones del TC crean jurisprudencia y no pueden ser incoherentes entre sí. Ikatza tiene razón. La justicia debe ser coherente

D

#3 Sí, tienes razón. Ikatza por una vez está en lo cierto. Hay que reconocerlo

D

#11 Gracias por el enlace.

Tras leerlo, afirmo este estatuto es una animalada de las buenas, espero que el Constitucional tire abajo gran parte de articulado ya que choca claramente con la carta Magna del Estado Español.

Espere, espera !!!!! joder si lo que me comentas este en el preámbulo, vale ahora lo entiendo, el preámbulo no tiene ningún peso legal,es tan solo una simple declaración de intenciones.

D

#6
[..]
.. Más claro agua: los derechos del pueblo catalán, Cataluña como nación, el derecho inalienable de Cataluña al autogobierno, los poderes de la Generalitat emanan del pueblo de Cataluña, los derechos históricos, símbolos nacionales... son términos que aparecen en el Estatut y con los que estoy completamente de acuerdo ..
[..]

Muy bonito, ¿donde dices que esta escrito esto en la Constitución Española? mira que busco y no lo encuentro.

D

Lo del PP es de chiste. Se queja del Estatut pero despues apoyo al andaluz que es una copia (Mutatis mutandis) del anterior.

ikatza

#10 Estooo, Estatut != Constitución Española. Y si aquí tampoco lo encuentras, tranquilo que para eso estamos: http://www.periodistadigital.com/politica/object.php?o=188815

iramosjan

#13 Gracias, prefiero una fuente más fiable, como el texto completo de la sentencia en pdf:

http://www.elpais.com/elpaismedia/ultimahora/media/200809/11/espana/20080911elpepunac_2_Pes_PDF.pdf

Tiene 34 páginas, pero le adelanto que no se basa en que la "nación española" sea única... la frase aparece, pero "en passant" al mencionar el texto entero del artículo de la Constitución.

Peka

#12 "Lo que Ibarretxe pretendía hacer era un referendum ilegal"

Una consulta no es un referendum, la consulta no es vinculante. Otra cosa es que se tuviese miedo del resultado.

Peka

#5 ¿Por una vez? Que morro.

D

#19 Añado mas información, sobre el concepto de Preámbulo (1)
[..]
Se denomina preámbulo, en Derecho, a la parte expositiva que antecede a la normativa de una constitución, ley o reglamento. También puede denominarse exposición de motivos o considerandos.

.....

Alcance jurídico

editado:


Tradicionalmente se ha sostenido que el preámbulo no tiene una validez normativa propiamente dicha.[1] No es de obligado cumplimiento, ni los jueces o tribunales deben acatarlo como el resto del articulado de la norma.[2] Por ese motivo, el preámbulo da una cierta flexibilidad al legislador, y le permite exponer puntos de vista políticos o coyunturales que en la norma concreta no es posible incluir.
[..]

De esto se deduce que todas las afirmaciones de preámbulo no son mas que una forma de acallar cuestiones políticas, pero sin peso legal ninguno.

(1) http://es.wikipedia.org/wiki/Pre%C3%A1mbulo

iramosjan

Yo no sé que dirá el TC sobre el Estatuto de Cataluña, pero hay que hacer unos comentarios:

1. Lo que Ibarretxe pretendía hacer era un referendum ilegal, no un estatuto. Los argumentos en los que se ha basado el tribunal NO dicen nada de naciones, derechos de autogobierno, emanaciones, derechos históricos ni leches en bote. Lo que dicen es que los referendums son competencia exclusiva del estado, y que el procedimiento empleado para aprobar la ley en la cámara vasca tampoco fue legal. Y punto.

Vamos, que 'El Mundo' y tal vez el PP (no me fío de PJ Ramírez para nada) están mezclando churras con merinas.

2. Es demasiado pronto para decir si la justicia española tal o cual, pitos o flautas. Pero es imposible que en este caso se contradiga cuando los temas son completamente distintos, uno un referendum y otro el texto completo de un nuevo estatuto, y por lo tanto la sentencia, sea la que sea, tendrá que basarse en argumentos completamente distintos.