Hace 15 años | Por cryptonn a eleconomista.es
Publicado hace 15 años por cryptonn a eleconomista.es

Entre otros puntos,establece que los operadores "no pueden restringir el acceso de los internautas ni los derechos fundamentales de los ciudadanos sin una autorización judicial previa". El Pleno del Parlamento Europeo descartó que las empresas operadoras deban ponerse en contacto con los usuarios cuando éstos cometan actos ilícitos en internet, como la descarga de contenidos protegidos

Comentarios

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Nunca, nunca jamás se deben anteponer intereses económicos a los derechos fundamentales de los ciudadanos, y el de la inviolabilidad de las telecomunicaciones, por mucho que le pese al presidente de turno, es uno de los que más y mejor deben protegerse. Menos mal que la Unión Europea aún vela por los derechos de sus ciudadanos, porque a costa de la panda de impresentables que están ocupando las presidencias últimamente, íbamos a ir listos!

D

Como han cerrado la otra noticia, copio y pego mi comentario aqui ^^
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Me quedo con esto: "derechos de la libertad de expresión y de información" mas claro y verdadero imposible. Solo falta que se aprobase y que un dia de estos llame alguien a mi puerta, abra y me diga un tio: "che tu! pibe, soc de la telefonica cop! vengo yyyevarme de ordenador. Todo lo que digas ois te lo puedo meter culo arriba si vas de boludo!! me entiendes?
Que miedo