Hace 15 años | Por --87131-- a economiaforense.org
Publicado hace 15 años por --87131-- a economiaforense.org

[c&p] La Administración Tributaria, en el ejercicio de sus funciones de investigación, primero requiere al presunto culpable que aporte documentos contables, fiscales, etc. mediante coacción so pena de agravar su situación por su falta de colaboración [...] y luego, junta toda esta documentación y la utiliza para emplumar al contribuyente. El Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH), aplicación el artículo 6 de la Convención Europea de los Derechos Humanos, ha entendido que la carga de la prueba debe recaer sobre la parte que acusa (*)

Comentarios

Rompe-y-RaSGAE

¡Calle ahora o pague para siempre!- Clamó el cura, digo el asesor fiscal.

aBrAsiVE

Vaaaale he sido muuuy maaaalooo. He defraudado 1 millón de euros pero les envío copia compulsada de los documentos que lo confirman para que ustedes me apliquen el castigo que sin duda merezco. Atentamente, defraudador arrepentido.

D

#4 Hay meneantes en todos los sitios, deberiamos hacer una secta tipo masones basados en el karma para hacer favores mutuos.

D

(*) _ "...en este caso la Administración, y no puede ser requerida información de quien se pretende sancionar."

D

"La Administración Tributaria, en el ejercicio de sus funciones de investigación, primero requiere al presunto culpable que aporte documentos contables, fiscales, etc. mediante coacción so pena de agravar su situación por su falta de colaboración, de hecho, la LGT no impone ningún límite a la petición de documentación... y luego, junta toda esta documentación y la utiliza para emplumar al contribuyente."

Como dijo Robin Williams en El Club de los Poetas Muertos...un excremento.

Yo trabajo en la Agencia Tributaria. Si un tío me pone que ha tenido ¡oh casualidades de la vida! 300.000 euros de ingresos y 299.996 euros de gastos (un beneficio de...a ver...4 eurillos al año), ¿me estás diciendo que no podemos pedirle a ese tío que me justifique con facturas todos esos gastos? Si es pudiéndoselo pedir y te encuentras cada sinvergüenza que pa qué, ¿qué podríamos hacer si no podemos pedírle las facturas? ¿Quién coño pagaría voluntariamente sus impuestos?

El hecho de que se pida documentación a posteriori de la declaración no significa ni presunto culpable ni leches en vinagre ni las idas de olla del que ha escrito el artículo. Significa que LO QUE SE DEBERÏA DE PRESENTAR JUNTO CON LA DECLARACION (en TODAS, repito en TODAS, las declaraciones de la renta, IVA, sociedades, etc. pensadlo bien, un mogollón de papeles del quince), en el momento de la presentación, la Agencia no lo exige en ese momento la documentación pero se reserva el derecho de pedirlo a posteriori si lo considera conveniente, y eso la ley lo dice bien clarito.

El que ha escrito esto me suena a picapleitos que se gana la vida presentando recursos contra la Agencia Tributaria.