Hace 15 años | Por Stash a icrc.org
Publicado hace 15 años por Stash a icrc.org

Documento íntegro del IV convenio de Ginebra sobre el tratamiento debido a los civiles en tiempos de guerra. Los anteriores hacen mención a los prisioneros, militares, bienes, etc. Otros documentos en http://www.icrc.org/web/spa/sitespa0.nsf/iwpList2/Info_resources:IHL_databases?OpenDocument.

Comentarios

Stash

A raiz de varias noticias sobre el tema de los escudos humanos y para corroborar mi comentario busqué la covención de Ginebra. Resulta que son varias. Leyendo la IV me he quedado alucinado como se están pasando por el forro de los caprichos estas convenciones en el conflicto Israel-Palestina.
Creo que es de lectura recomendable para poder valorar como se están vulnerando tratados, leyes y convenios internacionales en temas de ayuda humanitaria.

Un ejemplo más que evidente sobre los pasillos humanitarios y el envio de medicamentos:

Artículo 23 - Envíos de medicamentos, víveres y ropa

Cada una de las Altas Partes Contratantes autorizará el libre paso de todo envío de medicamentos y de material sanitario, así como de objetos necesarios para el culto, destinados únicamente a la población civil de otra Parte Contratante, aunque sea enemiga. Permitirá, asimismo, el libre paso de todo envío de víveres indispensables, de ropa y de tónicos reservados para los niños de menos de quince años y para las mujeres encintas o parturientas.

La obligación de una Parte Contratante de autorizar el libre paso de los envíos indicados en el párrafo anterior está subordinada a la condición de que esa Parte tenga la garantía de que no hay razón seria alguna para temer que:

a) los envíos puedan ser desviados de su destino, o

b) que el control pueda resultar ineficaz, o

c) que el enemigo pueda obtener de ellos una ventaja manifiesta para sus acciones bélicas o para su economía, sustituyendo con dichos envíos artículos que, de otro modo, habría tenido que suministrar o producir, o liberando material, productos o servicios que, de otro modo, habría tenido que asignar a la producción de tales artículos.

La Potencia que autorice el paso de los envíos mencionados en el párrafo primero del presente artículo puede poner como condición para su autorización que la distribución a los destinatarios se haga localmente bajo el control de las Potencias protectoras.

Tales envíos deberán ser expedidos lo más rápidamente posible, y el Estado que autorice su libre paso tendrá derecho a determinar las condiciones técnicas del mismo.

Stash

#2 ¿Tu crees que alguien va a pasar a leer la noticia?
Que gran fe tienes, amigo

Stash

No hay nadie bueno en ese conflicto, ni los de un lado ni los del otro.

D

#1
'La obligación de una Parte Contratante de autorizar el libre paso de los envíos indicados en el párrafo anterior está subordinada a la condición de que esa Parte tenga la garantía de que no hay razón seria alguna para temer que:
a) los envíos puedan ser desviados de su destino, o
b) que el control pueda resultar ineficaz' o
c) que el enemigo pueda obtener de ellos una ventaja manifiesta para sus acciones bélicas o para su economía

"La ayuda humanitaria está en poder de Hamás y ellos lo repartirán"
http://www.cadenaser.com/internacional/articulo/espanola-gaza-he-visto-destruccion/csrcsrpor/20090102csrcsrint_8/Tes
"Frutas no hay en toda Gaza, los supermercados venden los productos que vienen a través de los túneles traídos desde Egipto, los cuales los venden a un precio tres veces mas caro al original. ، INCLUSO se venden los productos de ayuda de las Naciones Unidas"
http://www.soitu.es/participacion/2009/01/05/u/charlie_torres_1231167180.html
"Las ayudas humanitarias están bajo la soberanía de Hamas . Estos repartirán las ayudas entre los afectados y familias por la masacre del sábado. También repartirán entre sus adeptos, los cuales están ‘comprados’ a cambio de alimentos y dinero para que continúen apoyándoles. El resto de personas: Los que no son de su ideología y los extranjeros, tendremos que comprarlos tras la masacre y el temor al ataque por tierra ya no queda nada para comprar."
http://mvelascoramos.blogspot.com/2009/01/carta-al-seor-cnsul-desde-gaza.html
Tela...marinera.

D

Y aquí empieza el correspondiente flame sobre quien se está saltando más alegremente este artículo del Convenio de Ginebra.

Por esta vez, y sin que sirva de precedente, me niego a pronunciarme, que con lo largo y complejo que resulta, seguro que estoy equivocado.