Hace 15 años | Por Bruma a diariodesevilla.es
Publicado hace 15 años por Bruma a diariodesevilla.es

"Un juzgado de Familia de Sevilla ha decidido otorgar la guardia y custodia de un menor de siete años a su padre, tras retirársela a la madre, porque ésta se llevó a vivir al pequeño a un pueblo de la sierra de Madrid apartándolo con "mala fe" del progenitor, quien consideraba ese cambio de domicilio como un "destierro impuesto y premeditado" por su ex mujer."

Comentarios

D

Pues tiene cierto sentido. Faltar al principio de buena fe es rechazado por el Código civil.

Además, el juez habrá valorado que la madre estaba sacando al niño de su ámbito familiar por putear al marido.

D

Para resumir para los que no se leerán la noticia:
- los padres pactan un regimen de visitas. El juez entiende que ese pacto se produce en las condiciones existentes, esto es, que la madre sigue viviendo en sevilla
- la madre se casa y se quiere llevar al niño a un pueblo de madrid, donde sólo hay 2 niños mas con la edad del crío. Para ir al colegio el niño debe hacer mas de 30 km diario.
- el niño tiene arraigo en Sevilla, ha nacido ahí y lo tiene todo, además tiene buenas notas y esta perfectamente integrado.

En resumen, que aqui de lo que se trata es de lo mejor para el niño, y parece que eso es que se quede con el padre.

D

#3 Y no olvidemos que ambos progenitores son iguales, por lo que el padre tiene todo el derecho a reclamar la guarda del niño si la madre no lo está haciendo bien.

g

Pues que quieres que te diga, lo veo bien, el juez habrá visto y analizado la situación, decidiendo lo más sensato.

D

¿Y no tiene carácter retroactivo este precedente?