Hace 15 años | Por yoma a hispanidad.com
Publicado hace 15 años por yoma a hispanidad.com

Este lunes se reabre el diálogo social. La propuesta del Gobierno encima de la mesa parece muy razonable. Si es posible capitalizar el paro para crear una microempresa o emprender como autónomo, ¿por qué no utilizarlo para incentivar el contrato indefinido? La propuesta del Ejecutivo consiste en que el derecho del paro sirva para bonificar las cotizaciones a la Seguridad Social de su empleador, siempre que el contrato sea indefinido. En caso de despido antes de los 12 meses, las bonificaciones deberían ser devueltas.

Comentarios

yoma

#1 Yo lo que entiendo es que si un trabajador que está cobrando el paro queda contratado, la cantidad de paro que le resta por cobrar, en lugar de que se lo queda el Estado, se bonifique con ese dinero la seguridad social del empresario. A fin de cuentas ese dinero ya no lo iba a cobrar el trabajador, por eso dicen de que si no cubre 12 meses que le darían opción nuevamente al paro tendrían que devolver el dinero bonificado.

E

O sea, si no lo he entendido mal la medida consiste en que el paro que le corresponde al trabajador por los años cotizados se los lleve el siguiente empresario que lo contrate... Interesante. Ni en los sueños más húmedos de la patronal se les habría ocurrido esta medida que ahora les servirá en bandeja un gobierno supuestamente de izquierdas.
"Los sindicatos no ven con muy buenos ojos esta medida que interpretan como reforma laboral encubierta". ¡¡No, si te parece!! Ya sería el colmo que les pareciera bien.

D

"¿Tienes paro?"
"No"
"Siguiente... ¿Tienes paro?"
"Sí, pero no lo estoy cobrando, no quería gastarlo."
"Pues ya lo estás pidiendo para que te contrate"
"No"
"Siguiente..."

alecto

Es un arma de doble filo...

Cuando suspendes la cotización del paro por un contrato y el contrato termina puedes retomar ese cobro (puedes elegir y si el anterior era más alto terminarlo, por ejemplo, o si el nuevo periodo de trabajo no es suficiente para cobrar te ofrecen el remanente del anterior).

Si se pone esto en práctica y despiden al fulano al cabo de un año ese paro entiendo que se contaría como consumido (si entiendo bien) el tío estaría sin contrato y habría perdido lo cotizado previamente, sin cotizar lo suficiente para volver a cobrar.

Por ese motivo creo que una medida así sólo tendría sentido si el empresario se viera obligado a devolver esto al 'fondo' de paro del trabajador si el contrato se rescinde no antes de un año, sino antes de que el trabajador alcance el derecho a recibir la misma cantidad de paro que le quedaba pendiente. Es algo lioso, ejemplo:

Trabajo un tiempo largo y consigo derecho a paro de dos años. Lo cobro dos meses y me contratan 'indefinido'. La empresa recibe el paro pendiente de cobro. A los 12 meses +1 día me despiden. No puedo recuperar los 22 a los que tendría derecho en otras condiciones, y por el nuevo contrato tengo derecho sólo a 3 meses de paro. La empresa se embolsa 19 meses de mis cotizaciones.

D

#2 ¿Como que no lo cobra el trabajador? Lo cobraría si el empresario lo despide.

Lo que entiendo es que, si el empresario te hace indefinido, los primeros meses no te aumenta la cotización del paro.

D

La seguridad social es una de las pocas cosas que no se deben capitalizar y lo está estudiando...Que se deje que pensar por si mismo que no funciona y que mire como hacen otros paises para afrontar la crisis e intentar importar las que sean viables porque desde luego las ideas "Made in CabezadeZapatero" deberian estar reguladas por la C.E.