Hace 9 años | Por Rain a eldiario.es
Publicado hace 9 años por Rain a eldiario.es

Lo importante no es que la policía identifique a un eurodiputado. Lo importante es todo lo demás.

Comentarios

D

#2 La verdad, querido Pablo. Te identifican porque les sale de los huevos.

O sea, que el propio Pablo dice que le identifican porque es lo preceptivo según la ley y tú sales con el argumento testicular... en fin.

España es uno de los países con una legislaciones más laxas en cuánto al derecho de reunión/manifestación del mundo. Solo exige que se comunique que se va a celebrar un acto en la vía pública, ni tan siquiera tiene que aprobarlo nadie. Se pide la comunicación si es en un espacio público por varias razones.

1º, el espacio público es de todos, no solo de los que deciden reunirse o manifestarse. Las autoridades tienen el deber de avisar a los ciudadano que su derecho al libre tránsito puede verse afectado ese día y a esa hora por ese acto.

2º, en caso de producirse actos violentos en el acto en lugar público alguien tiene que dar una explicación de que ha pasado.

3º, siendo la manifestación un acto constitucionalmente protegido las autoridades han de garantizar de una forma efectiva ese derecho. Eso se sustancia prohibiendo contramanifestaciones / reuniones en el mismo lugar y a la misma hora. Si no se hiciese así las minorías podrían ver censurado su derecho por una mayoría que realizase un acto contrario.

En Reino Unido por ejemplo desde hace unos años los actos en vía pública al contrario que en España sí tienen que contar la aprobación previa del council porque sino son ilegales. En Alemania por ejemplo están prohibidas las huelgas generales y los servicios mínimos están regulados por ley y su incumplimiento puede acarrear multas millonarias. Y así podríamos seguir en el resto de países.

Cabre13

#3 Pues cuando salió la noticia #2 ya se lució con este comentario Policía identificando al eurodiputado Pablo Echenique por una rueda de prensa en la calle/c13#c-13 , no le pidas que suba el nivel hoy.

J

#3 Hay un dato que te has saltado. Si un ciudadano es miembro de Podemos, cargo electo y paralítico no necesita realizar comunicación alguna. Así ya tienen una baza para dar lastima. Puta policía, que opresora es. roll

D

#13 #7 Todo se puede resumir en que los fanboys de Podemos, alias "los podesitos", ya están deseando que los miembros de su amado partido empiecen a tener tratamiento de casta y que aparquen donde les salga de los guevos, no tengan que comunicar sus ingresos debidamente (vease caso de Pablo Iglesias ocultando lo que le pagaban las teles al Parlamento Europeo) y en definitiva puedan saltarse las leyes solo porque son del partido que ellos adoran.

Vamos, que podemos (guiño guiño) cambiar de partido gobernante pero los españoles van a ser los mismos: siempre justificando y apoyando a su partido como si de su club de fútbol se tratase en vez de exigirles como se debe.

En fin, una regeneración de un país como España es algo más complicado que un cambio de partido por otro porque va mucho más allá. Hay que regenerar mentalidades, hábitos, conciencias y un largo etcétera.

D

#31 No cuentes trolas. Esas multas solo se dan si en la reunión o manifestación se producen actos violentos. La mera no comunicación no da lugar a multa de ningún tipo según sentencia continuada del Tribunal Constitucional. ¿Cómo es lógico, no?

dreierfahrer

#32 ¿Cómo es lógico, no?

Como es mentira, no?

Si hay una manifestacion no autorizada (que parece que en tu cabeza autorizar no tiene nada que ver con dar permiso) se disuelve a ostias y entonces ya hay actos violentos... Es mas, para el estado la resistencia pasiva es violencia...

No se en que pais de piruletas y fantasia vives pero de verdad... tu camello es la ostia...

D

#34 "No se en que pais de piruletas y fantasia vives pero de verdad... tu camello es la ostia..."
Jajajaja. Buenísimo.

D

#33 ¿Que dices sobre una puerta de la delegación? Veo conveniente y proporcionado comunicar para manifestaciones que transcurran en lugares de transito de vehículos, pero la ley dice que debes comunicarlo aunque te reúnas en un parque para luego ir a al cine. Yo estoy a favor de lo que dice la ley en su preámbulo, que es lo que te he pegado, estoy en contra de que se sancione o se detengan a los participantes de reuniones no comunicadas por el simple hecho de estar reunidos sin molestar a nadie.

#32 Según la ley de seguridad ciudadana de 1992 se sancionará administrativamente al convocante, organizadores o promotores, de cualquier reunión en lugar publico o manifestación no comunicada. Las sanciones si hay incidentes o los asistentes se niegan a disolverse son distintas y se establecen en otros puntos distintos. Eso es aplicable al eurodiputado de la noticia, y a miles de ciudadanos que todos los días convocan reuniones sin comunicarlo, incluidos los miembros del gobierno cuando realizan actos en la calle sin comunicar a delegación, pero curiosamente solo se aplica la ley cuando la reunión es contraria a los intereses de los políticos o alcaldes de turno.
Y con la futura ley de seguridad ciudadana el hecho de participar en una reunión no comunicada supone una sanción leve de entre 100 y 600 euros, esto aplica a cientos de miles de personas que todos los días se reúnen sin ser lo convocantes.
La ley antigua no ha sido derogada por inconstitucional por el TC, ya que aparece en las bases de datos como en vigor, y cuando el TC anula artículos de leyes siempre aparece un mensaje indicando que ha sido anulada. La ley nueva sigue su debate parlamentario con ese artículo que penaliza la participación en reuniones.
Para comparar las leyes españolas con las leyes inglesas y alemanas (que por cierto comparaste con la ley de huelga, que no tiene relación directa), te pediría que investigases un poco mejor sobre las leyes patrias.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-1992.html
Artículo 23
A los efectos de la presente Ley, constituyen infracciones graves:
c) La celebración de reuniones en lugares de tránsito publico o de manifestaciones, incumpliendo lo preceptuado en los artículos 4.2, 8, 9, 10 y 11 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, Reguladora del Derecho de Reunión, cuya responsabilidad corresponde a los organizadores o promotores, siempre que tales conductas no sean constitutivas de infracción penal.
Aun no habiendo suscrito o presentado la citada comunicación, también se considerarán organizadores o promotores, a los efectos de esta Ley, a quienes de hecho las presidan, dirijan o ejerzan actos semejantes o a quienes por publicaciones o declaraciones de convocatoria de las reuniones o manifestaciones, por los discursos que se pronuncien y los impresos que se repartan durante las mismas, por los lemas, banderas u otros signos que ostenten o por cualesquiera otros hechos, pueda determinarse razonablemente que son inspiradores de aquéllas.

Artículo 28
1. a) Multa de cinco millones una pesetas a cien millones de pesetas para infracciones muy graves. De cincuenta mil una pesetas a cinco millones de pesetas, para infracciones graves. De hasta cincuenta mil pesetas, para infracciones leves.
3. En casos de infracciones graves o muy graves, las sanciones que correspondan podrán sustituirse por la expulsión del territorio español, cuando los infractores sean extranjeros, de acuerdo con lo previsto en la legislación sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.

De modo que por convocar a 25 vecinos a reunirse en la plaza del pueblo para hablar de los problemas del alcantarillado que el alcalde no soluciona, el alcalde puede mandar a la policía municipal a identificar al cabecilla y multarle con entre 300 y 30.000 euros para que nunca más proteste o si es extranjero expulsarle de España para librarse de él.

"La ley mas laxa del mundo" lol

AsK0S1t10

#43 consejeria de educación, vamos que no era el portal de su casa, justamente la situación contradice lo que tu mismo argumentas.

D

#46 Pues depende, si es en la acera enfrente de la puerta de la consejería, no veo necesidad de avisar con 10 días de antelación, porque conozco los motivos jurídicos y de orden público por los que se ha establecido esa norma, y no tienen sentido alguno si unas personas se reúnen en una zona publica donde no cortan la circulación y los viandante pueden pasar y entrar y salir de la consejería, los otros motivos jurídicos de la comunicación son precisamente para permitir que se puedan reunir sin problema alguno.

Distinto caso sería si como dices estaban montando la reunión en la calle cortando el tráfico sin haberlo comunicado previamente, en cuyo caso la ley sí tiene sentido y debería respetarse, para permitir que los terceros se vean afectados lo menos posible por el corte de tráfico, habilitando la policía las vías alternativas.

Siendo un científico de física cuántica discapacitado no me lo imagino cortando la calle de forma innecesaria para dar una rueda de presa, pero si es lo que ha sucedido pues me temo que ha forzado la situación para demostrar que la policía dificulta el derecho de reunión, y esa no es la forma mas elegante de hacer las cosas, aunque haya logrado poner el foco en el problema, que efectivamente existe.

D

#43 Te estoy hablando de la jurisprudencia, melón
http://www.publico.es/espana/468631/los-jueces-desautorizan-por-cuarta-vez-a-cifuentes-por-sus-multas-al-15m

En España los tribunales según sentencias reiteradas anulan toda aquella multa que se produzca por manifestaciones pacíficas.

¿Tú crees por ejemplo que los escraches se comunican? ¿Cuántas multas o cárcel crees tú que se han pagado o sentenciando? Y eso que podemos discutir mucho sobre su "pacifidad"

#45 Hay gente que se ganó la vida asesorando legalmente a Chavez (o así justificaron los minoyes que cobraban de Venezuela)

Y a los que se le caían las braguitas oyendo al comandante y decían que Venezuela "era el modelo a seguir" (literal)




D

#47 Ese enlace es de un manifestante que no era el convocante, que fue sancionado por participar en una manifestación. No es una distinción menor si te fijas en que la ley habla de sancionar exclusivamente a los convocantes, organizadores o promotores, la ley incluso especifica como se puede saber quienes son (por las banderas, reparto de octavillas, megáfonos, etc). Si no tienes estas cosas en cuenta me temo que estás aprendiendo sobre la marcha sobre el derecho de reunión, en ese caso no deberías dar lecciones sino aprender porque todo es útil en esta vida.

Los precedentes de los que hablas son de personas que fueron identificadas por asistir como participantes y que luego fueron sancionadas por desordenes públicos o por desobediencia (básicamente por desobedecer la orden policial de disolver la reunión no comunicada). Este último tema es mas complejo, porque efectivamente la policía podría conseguir sanciones por ese método, si demuestran que dieron la orden (lo que pasa es que luego en el juicio se acaba demostrando que no la dieron). Sobre los desordenes los jueces suelen argumentar que los hechos de los que se les acusa son muy vagos y genéricos, y son los mismos para todos los acusados. En tu ejemplo se consideró que no había pruebas de cargo contra el acusado. También te comento que los manifestantes aunque se libran de la sanción generalmente acaban pagando las costas judiciales de su defensa, que no son moco de pavo.

El caso es que como la ley no permite sancionar a los participantes, se ha presentado un proyecto de ley de reforma de la ley de seguridad ciudadana que califica como infracción leve el participar en una manifestación no comunicada, de modo que ya podrán sancionar a todos los manifestantes y los jueces aplicarán la ley, salvo que el TC diga lo contrario (esta parte de la ley tiene posibilidades de ser anulada en el futuro). Si quieres te paso enlaces al texto legal de la famosa ley mordaza, todavía en trámites.

Lo de los escraches es otro tema distinto que se llevó por el tema penal, creo que por coacciones o amenazas. Si lo hubiesen llevado por el tema administrativo de reunión no comunicada se podría haber sancionado a los convocantes (y desconozco si se hizo en algún caso). De todos modos la futura ley de seguridad ciudadana también se encarga de ilegalizar los escraches

Sobre la ley venezolana no la veo muy distinta que la española, allí se puede comunicar una manifestación con un solo día de antelación y aquí se exigen 10 días. Allí al organizador le sancionan con entre 15 - 30 días de arresto (supongo que no es domiciliario pero habría que verlo) pero sin sanción económica, y aquí son entre 300 y 30.000 euros de multa, que también duele (en algunos casos duele mucho más una sanción alta). Por lo demás son leyes parecidas, habría que compararlas con las de arabia saudí o qatar y entonces sí que flipábamos en colores.

D

#49 bla bla bla

Repito, si los escraches según el TC son legales a pesar de que no se comunican ni son precisamente pacíficos pues ya queda claro cuál es la realidad jurídica en España sobre el tema:
http://www.diarioprogresista.es/nuevas-sentencias-confirman-la-legalidad-de-los--escraches--45573.htm

Pero tú siempre puedes iluminarnos sobre cuándo las presuntas multas se hacen finalmente efectivas en vez de darle tanto a la tecla. Venga, queremos casos concretos, campeón.

D

#50 De tu enlace "tampoco se ha acreditado que la protesta se convocara para cometer delito de coacción o atentado".
Hay que leer entre líneas, "las sentencias confirman la legalidad", los jueces penales tienen que resolver las acusaciones concretas que reciban y punto, no pueden aplicar otros ámbitos legales porque eso se debe seguir en procedimiento aparte ante el juez competente. Si una manifestación es ilegal lo es en base a los supuestos del articulo 513 del código penal, y el artículo 514 castiga a los promotores y asistentes de estas manifestaciones ilegales. Una manifestación no comunicada no es por tanto ilegal pero sí carece de un requisito administrativo y es sancionable por la ley administrativa por parte de la autoridad competente (mientras que de los lícitos e ilícitos penales se ocupan los jueces)

Me doy cuenta de que se hace poca propaganda en los medios de las sanciones establecidas en al artículo 23 de la ley de seguridad ciudadana y son poco conocidas. Buscaré un poco.


guardia-civil-sanciona-tres-militantes-iu-multas-podrian-llegar/c069#c-69

Hace 10 años | Por puntoverde a andalucesdiario.es

Según consta en las multas, los denunciados participaban “en calidad de promotores en una concentración no comunicada a la Autoridad“. Las sanciones previstas conllevarían multas que oscilan entre los 300 y los 601.012 euros.
Tres de las sanciones son por celebrar una protesta sin comunicarlo previamente a la autoridad (la sanción prevista va de los 30.050 a los 601.012 euros). Para otras tres multas los agentes indicaron que los denunciados se negaron a disolver al grupo de personas reunidas (de 300 a 30.050 euros). Y una última en la que el denunciado es acusado de hacer fotos a los agentes y de arengar contra ellos a los asistentes.

(La verdad es que o bien el periodista, o bien la fuente, o bien la delegación se han equivocado con la calificación y cuantía de las sanciones)


http://legal15m.wordpress.com/2012/01/27/comunicado-de-la-comision-legal-de-sol-ante-las-amenazas-de-la-delegacion-de-gobierno-de-imponer-sanciones-economicas-a-los-promotores-de-las-asambleas-que-no-esten-oficialmente-comunicadas/

Ocho meses después del 15 de mayo, las nuevas autoridades han dejado entrever una velada amenaza de imponer sanciones económicas a los promotores de las Asambleas que no estén oficialmente comunicadas, aplicando la Ley 1/1992, la llamada “Ley Corcuera”. Ante esta situación, debemos manifestar:
... Que la amenaza por parte de la Autoridades públicas de imponer sanciones de hasta 30.000 € por participar en una Asamblea en la que se debaten los problemas que actualmente más afectan a la ciudadanía ...


Tratado de derecho constitucional del derecho de reunión, mira la página 121

http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&uact=8&ved=0CCAQFjAA&url=http%3A%2F%2Fdialnet.unirioja.es%2Fdescarga%2Farticulo%2F1060348.pdf&ei=2vznU6qFDaKb0QXdm4DoCQ&usg=AFQjCNFTk3iqF_geHUdF2RU87O75dYkqSA&sig2=-N7JUHW0_xXSYCFW9aRVhg&bvm=bv.72676100,d.bGQ


http://hayderecho.com/2012/10/03/el-derecho-de-reunion-y-manifestacion-resumido-para-juristas-y-no-juristas-ministros-del-interior-incluidos/

3.- La celebración de concentraciones o manifestaciones sin previa comunicación podría implicar la aplicación del artículo 23.c) de la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana, pero exigiendo la responsabilidad, en principio, tan solo a los organizadores o promotores, considerándose tales “a quienes de hecho las presidan, dirijan o ejerzan actos semejantes o a quienes por publicaciones o declaraciones de convocatoria de las reuniones o manifestaciones, por los discursos que se pronuncien y los impresos que se repartan durante las mismas, por los lemas, banderas u otros signos que ostenten o por cualesquiera otros hechos, puedan determinarse razonablemente que son inspiradores de aquéllas”. Por tanto, la ausencia de comunicación previa puede tener consecuencias sancionadoras para los organizadores o promotores, pero no para los meros participantes, que no tienen por qué conocer la inexistencia de esa notificación previa.

D

#51 Sigo sin ver un enlace donde esas multas se hayan pagado o se hayan confirmado judicialmente tras ser recurridas en sentencia firme. Al contrario, sentencias que anulan esas multas ya te he proporcionado un montón en comentarios previos, alguna de nada más y nada menos el Tribunal Constitucional.

Esto es como lo de las descargas, igualito, que mucho chau chau, mucha petición de multa pero al final los tribunales dicen lo que dicen y el pirata siempre sale limpio de polvo y paja.

D

#52 Vamos, que no te fías ni de la claridad de la ley ni de la interpretación de los catedráticos de derecho constitucional, tendrás que fiarte entonces de la aplicación de la misma por parte de los jueces de lo contencioso y de los TSJ

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=557590&links=Protecci%F3n%20de%20la%20Seguridad%20Ciudadana%20La%20celebraci%F3n%20de%20reuniones%20en%20lugares%20de%20tr%E1nsito%20publico%20o%20de%20manifestaciones%2C%20incumpliendo%20lo%20preceptuado&optimize=20070308&publicinterface=true

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=6900062&links=Protecci%F3n%20de%20la%20Seguridad%20Ciudadana%20La%20celebraci%F3n%20de%20reuniones%20en%20lugares%20de%20tr%E1nsito%20publico%20o%20de%20manifestaciones%2C%20incumpliendo%20lo%20preceptuado&optimize=20131205&publicinterface=true

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=247557&links=Protecci%F3n%20de%20la%20Seguridad%20Ciudadana%20La%20celebraci%F3n%20de%20reuniones%20en%20lugares%20de%20tr%E1nsito%20publico%20o%20de%20manifestaciones%2C%20incumpliendo%20lo%20preceptuado&optimize=20080207&publicinterface=true

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=247553&links=Protecci%F3n%20de%20la%20Seguridad%20Ciudadana%20La%20celebraci%F3n%20de%20reuniones%20en%20lugares%20de%20tr%E1nsito%20publico%20o%20de%20manifestaciones%2C%20incumpliendo%20lo%20preceptuado&optimize=20080207&publicinterface=true

Me llaman la atención dos aspectos, que el 95% de las sentencias son de Bilbao y alrededores (y se han reducido en los últimos años), y que siempre se establece la cuantía mínima de la sanción (300 €) si solo es por no comunicar si todo transcurrió sin incidentes. Bueno es saberlo

Y en lo que dices de las descargas, no olvides que la comisión sinde lleva 3 años operando y poniendo sanciones y solo hay un caso en el que se haya anulado una sanción por parte de los jueces (el único caso que llegó a juicio).

AsVHEn

#53 ya te ha respondido, ¿ahora silencio? #52 ...

D

#52 De nada

D

#56 Has encontrado alguna sentencia por ahí suelta en los últimos 10 años. ¿Qué quieres? ¿Qué te de una galletita?

Durante ese periodo también hay sentencias que absuelven a señores de violación porque la violada llevaba minifalda, pero eso no es lo común.

AsK0S1t10

#31 ¿en la puerta de una delegación?, OK, no si no ves conveniente él informar no tengo más que decir.

D

#31 cuando quedas con tus amigos, ya sean 10 o 25, lo haces convocando a medios de comunicación, con una mesa, sillas y micrófono, y pancartas?

dreierfahrer

#29 Si solo, con haber avisado, ya no hubiera pasado nada.

Bueno, haber avisado y que no le hubieran denegado la autorizacion, no?

Con solo HABER PEDIDO PERMISO habria valido, verdad? es extraño que quiera hacerlo sin pedir permismo, como dice la constitucion que todos los ciudadanos tenemos derecho a hacer, verdad?

Se queja de vicio.... Y encima lleva silla (#35) de ruedas! Lo cierto es que si quedas con mas de 20 amigos para ir a cenar debieras comunicarlo o te pueden disolver a ostias independientemente de si tienes sillas o no.- no lo van a hacer, claro, pq como todo en españa las leyes son abusivas y solo se hacen cumplir cuando interesa reprimir a alguien -

D

#36 Haber avisado como cualquiera que quiera hacer un mitin político en la calle. Asumir que se lo van a denegar, de base, cuando en españa solos e han denegado 9 manifestacioens de las tropecientas mil que se hacen al año... en fin, es creerse demasiado.

Yo no digo que se queje de vicio, o que vaya en silla de ruedas. Si asumes que las normas no van contigo,que las leyes no van pq asumes que algo va a pasar, sin pruebas ¿puedo yo usar ese argumento para otras cosas?

Lo cierto es que si quedas con mas de 20 amigos para ir a cenar debieras comunicarlo o te pueden disolver a ostias independientemente de si tienes sillas
pq normalmente, yo quedo con mis amigos a cenar en medio de la calle, donde no hay restaurantes, bares o zonas habilitadas para ellos.
Ahm, tb suelo ir con mis amigos con un microfono y unas pancartas, y tb llamo a la prensa cuando voy a cenar.

dreierfahrer

#38 Haber avisado como cualquiera que quiera hacer un mitin político en la calle.

En la constitucion, y en la carta de derechos humanos, pone que no hace falta pedir permiso para que exista el derecho de reunion.

Si los derechos humanos y la constitucion te parecen una mierda y lo unico que te importa es lo que te ordenan; tienes razon.

Si este tio lo hizo para denunciar lo coartado que esta el derecho de reunion en españa por mucho que diga su constitucion LO HA CLAVADO

Asumir que se lo van a denegar

No, no, es asumir que te lo pueden denegar, de base. Que te pueden NO dar autorizacion si quieren. Lo asume y es cierto.

es creerse demasiado.

Pues ya le han identificado en la calle y ya tendra problemas por ello... asi que se ha creido exactamente lo que es...

Vamos, que si en mi barrio nos juntamos 40 para protestar pq hay terrenos hechos una mierda (o para ir a cenar, claro) no creo que nos manden a la policia, pero a el SI. Pq el es un ejemplo para todos de como tenemos que callarnos la boca o nos ostian y los de mi barrio no... pongan multas o no no se enterara ni dios.

Si asumes que las normas no van contigo,que las leyes no van pq asumes que algo va a pasar, sin pruebas ¿puedo yo usar ese argumento para otras cosas?

La constitucion dice que tienes derecho de reunion sin que haga falta que te den permiso... con leyes han conseguido que tengas derecho de reunion si no te lo prohiben (que es lo mismo que dar permiso).

Lo que no va contigo es la constitucion ni los derechos humanos.

pq normalmente, yo quedo con mis amigos a cenar en medio de la calle, donde no hay restaurantes, bares o zonas habilitadas para ellos.

Eso da igual, la ley solo habla de numero de personas y de intencion, no de sillas ni de mesas ni de bares ni de restaurantes.

PD: estas insinuando que para hacer una rueda de prensa hay que pedir permisos que no hay que pedir para ocupar la acera por cualquier otra razon como recoger a los crios del colegio? que pasa? que la gente tiene derecho a recoger sus crios del colegio pero no a expresar sus ideas sin permiso?

Hablamos de la carta de DERECHOS HUMANOS. Que a ti no te parezca importante no implica que a otros si nos lo parezca.

D

#39
Tu: En la constitucion, y en la carta de derechos humanos, pone que no hace falta pedir permiso para que exista el derecho de reunion.

La constitución:
Artículo 21

1.- Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.

2.- En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.


Ahí está lo que dice la Constitución.

¿Coño, tan difícil es enviar una puta instancia a subdelegacion del gobierno o lo que sea diciendo "voy a hacer una rueda de prensa en lugar de transito publico y una manifestación política" tal y como dice la constitución?

Copón, que no es tan difícil.

Si esto hubiera pasado en la sede de Podemos, que hubiera entrado la policía a tropel, estaría totalmente en contra, pq no tendría sentido. Pero es que ha pasado en la calle.

D

#38 Lo cierto es que si quedas con mas de 20 amigos para ir a cenar debieras comunicarlo o te pueden disolver a ostias independientemente de si tienes sillas
pq normalmente, yo quedo con mis amigos a cenar en medio de la calle, donde no hay restaurantes, bares o zonas habilitadas para ellos.
Ahm, tb suelo ir con mis amigos con un microfono y unas pancartas, y tb llamo a la prensa cuando voy a cenar.

Espero por tu bien que estés de broma y que efectivamente estés avisando por escrito a la delegación del gobierno con 10 días de antelación cuando convoques reuniones de más de 20 personas en cualquier lugar publico que no sea una finca privada, incluida por supuesto las aceras, zonas peatonales, plazas y cercanías de cualquier zona de restaurantes. Da lo mismo que estéis callados y no hagáis ruido, porque habéis concertado una reunión para una finalidad común, de modo que estáis obligados a seguir el trámite administrativo de comunicación previa, y da lo mismo que avises o no avises a la prensa, lo único que importa es que avises a la delegación del gobierno indicando todos los datos que indica la ley reguladora del derecho de reunión y con el plazo de antelación mínimo. Si te niegas a cumplir la ley y te pillan en plena reunión, supondrá una sanción grave contra la seguridad ciudadana y se sancionará al que se identifique como organizador o convocante de la reunión con una multa de 300 a 30.000 euros.
La jurisprudencia también admite que no es obligatorio comunicar las reuniones que se realicen en zonas de acceso publicó pero que esté totalmente aisladas, pero se refieren a montañas o zonas de bosque o campo deshabitadas, que dudo que será el caso que comentas.

Es curioso que digas que los demás dicen que las normas no van con ellos. Espero que tú si seas consciente de que estas normas llevan en vigor desde 1992 y sí que van contigo.

AsK0S1t10

#3 En resumen, sabía que había que comunicarlo, pero tenía más fuerza la imagen de verlo identificar que sus palabras, porque altavoces de todos los medios no les faltan. Quizás quería denunciar la propia ley, pero la excusa de "no podíamos prever cuanta gente acudiría".... De verdad Podemos también me toma por idiota, ¿no hay ya suficientes partidos que consideran tonta a la población?
#12 Que me quieran mentir y tomar por idiota no me parece buena estrategia, tu mismo.

dreierfahrer

#3 eso es una gilipollez:

En españa te puedes reunir sin permiso PERO tienes q comunicar y no necesitas permiso PERO te pueden prohibir manifestarte con las razones mas peregrinas del mundo.

De modo q si, te tienen q dar permiso para q te puedas manifestar. Sino NO puedes.

Lo hacen en lugar de legislando que te tengan que dar permiso legislando q tengas q informar siempre y q te puedan denegar ese derecho siempre de modo q el resultado es el mismo: necesitas permiso.

Eso por no hablar de q en la noticia se ve a un tio q no tiene derecho a manifestarse por no haber pedido permiso...

D

#21 Primero escribes esto

En españa te puedes reunir sin permiso PERO tienes q comunicar y no necesitas permiso PERO te pueden prohibir manifestarte con las razones mas peregrinas del mundo.

Y después esto:

De modo q si, te tienen q dar permiso para q te puedas manifestar. Sino NO puedes.

¿Hay dos personas que viven en tu cabeza o como va el tema?

dreierfahrer

#23 si tengo q comunicar y me lo pueden prohibir implica q tengo q pedir permiso...

Vamos, si me lo pueden prohibir sera q si no me lo prohiben me lo PERMITEN, no? Pues eso: es necesitar permiso para manifestarse disfrazado para hacer como q se respetan los derechos humanos.

Es logica pura, en vez de regular el darte permiso regulan todos los casos en los q no te dan permiso para ocultar q, realmente, estas pidiendo permiso.

D

#25 Pero que tontería.

En España en 2013 se han comunicado 120 manifestaciones al día, ninguna de las cuáles necesitó esperar a ninguna autorizacion. Después están las reuniones y celebraciones de todo tipo (deportivas, festivas, religiosas, etc)

De las decenas de miles de manifestaciones se han prohibido exactamente 9 según cifras del gobierno, casi todas ellas porque eran contramanifestaciones, algo que efectivamente está prohibido en cuánto a que atenta precisamente contra el derecho a reunirse o manifestarse de los ciudadanos.

dreierfahrer

#25 ni tonteria ni ostias. Yo explico como funciona el tema.

Q haya 120 manis de barrio al dia? No les molestan, q se hagan....

En cuanto molesten no se da permiso y punto. Como los escraches.

No hacd falta pedir permitió so pero tienes q comunicar y pueden no dartelo... De modoq HAY q pedir permiso y te lo tienen q dar, aunq sea implicitamente

Moreno81

#3 Cuando la policia de España lleve la identificacion de alemania, hablamos. Que parece que solo nos fijamos en lo que nos interesa...

D

#2 Me parece a mi que estás bastante interesado en sembrar la duda antes de ni siquiera darles la opción de demostrar cuales son sus intenciones y si las van a cumplir.

D

#8 Y tu bastante interesado en no permitir la discrepancia. Ya te lo digo abiertamente. Yo no apoyo a Podemos. ¿Contesta eso a tu pregunta? Podemos se queda a la derecha, para que TU me entiendas, de lo que yo deseo ver realizado en el Estado Español. Si eres converso de nueva fe, bien por ti.

dreierfahrer

#22 yo he visto a policias sacar arrastras de su casa a un tio de 80 años para tirarla para hacer un gimnasio de una universidad...

No, eso no lo hace 'cualquier currante'. Los policias son perros, haran siempre oo q les manden y punto. Para eso son sus dueños y tu no.

javiblan

#24 Aunque no lo creas, esos policías son los menos. Una "elite" especialmente predispuesta para ese trabajo sucio. Son perros para su amo, sin duda, pero no son la representación de la policía.

PD: No soy policía ni familiar o amigo de policía. Les he visto trabajar por el bién común muchas veces.

Yoryo

#27 Pero también tienen la obligación de denunciar las irregularidades... y en las comisarias se dan bastante a menudo (símbolos preconstitucionales por poner un ejemplo menor)

D

Que no podía preveer si iban a ir más de 20 personas, dice.
Mira, como los organizadores del desastre en el Madrid Arena. Gente preparada si señor.

o

De verdad que pensais que es necesario avisar por mas de 20 personas?Si fueran 100 o que se yo 500 pero 20 personas?Si es que cualquier pandilla de adolescentes se juntan mas

j

No comenta en el artículo que la rueda de prensa callejera fue en el portal de la vivienda de la consejera de educación del gobierno de Aragón. No seré yo quien diga que es un mal sitio, pero creo que debería haberlo indicado para entender más claramente el porqué de la presencia policial y la identificación.

pilarina

"y no sigo que me da la risa."

D

Artículo 20 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

"Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir, en el ejercicio de sus funciones de indagación o prevención, la identificación de las personas y realizar las comprobaciones pertinentes en la vía pública o en el lugar donde se hubiere hecho el requerimiento, siempre que el conocimiento de la identidad de las personas requeridas fuere necesario para el ejercicio de las funciones de protección de la seguridad que a los agentes encomiendan la presente Ley y la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad."

D

No fue comunicada, asume que no lo hizo y se escuda en que no sabia la gente q iba a ir, y encima se escuda con que es una rueda de prensa.

Si quería hacer una manifestación, que lo diga. Si es una rueda de prensa, q lo haga en un lugar habilitado para ello.

Pero si no cumple las normas, pasa esto.

Si solo, con haber avisado, ya no hubiera pasado nada. Pero oye, si se escuda en q no tiene q cumplir la ley pq es Eurodiputado.... En fin

D

El policía que me identificó a mí, por ejemplo, fue amabilísimo y muy profesional... y algo me dice que tenía muchas más ganas de identificar a un Bárcenas, a un Pujol, a un Blesa o a un Emilio Botín que a un activista de la Marea Verde.

AsVHEn

Ah no, votos negativos de gratis en vez de silencio...@admin

dunachio

No lo estaba identificando, es que quería un autógrafo pero no sabía como pedírselo.

Sixela

Halaaaaaaa!!! mas votos para PODEMOS!!!!

D

No, no he encontrado ninguna sentencia absolutoria, ni los abogados de los acusados tampoco porque las hubiesen alegado, las argumentaciones que han utilizado para defenderse son siempre negar los hechos (curioso por ejemplo el que negaba que la reunión fuese convocada previamente y decía que surgió espontáneamente, pero obviando que puso carteles por toda la zona convocando a la gente), y cuando han argumentado sobre el derecho de reunión o la ausencia de incidentes el tribunal ha rechazado esos argumentos de un plumazo y han confirmado la sentencia sin dudar (ese es el caso del abogado de palmas, no tan acostumbrado a estos procesos como los abogados del país vasco, también la delegación del gobierno de palmas fue la única en tasar la sanción en 1800 € y fue corregido por el ministerio del interior).

Te digo de nada por el esfuerzo de buscar las sentencias, y el tiempo que te he dedicado gratis, tienes un buscador de jurisprudencia y puedes buscar todas las que quieras para confirmar si estás en lo cierto y todos se equivocan, o puedes aprender de los demás. Pero vamos, que nadie va a dejar de manifestarse por multas de 300 euros, da mucho mas miedo cuando la policía te advierte de sanciones de hasta 30.000 euros, eso era básicamente lo que tú decías al principio, que la ley y las sanciones eran muy laxas. Ya veremos a cuanto ascienden las sanciones con la nueva ley, que para eso la han creado.

D

Otro tema a regular en los cfse.

D

Por cierto, echemos un vistazo a la ley venezolana en cuánto a manifestaciones y reuniones, que seguro es un referente de democracia:
http://www.cne.gob.ve/web/normativa_electoral/ley_partidos_politicos/titulo2.php#cap1

¿La cosa hubiese terminado en ese país con algo tan simple como enseñar el carnet a un poli?

No, lo que hizo Pablo en Venezuela tiene una pena de un mes de cárcel y hasta 50.000 bolívares de multa.

Menudos fascistas estos bolivarianos. ¿Quién les asesoraría en la elaboración de esas leyes? lol

D

#16 Desde luego leyendoos a algunos se diría que el presidente de Venezuela era Pablo Iglesias, no Hugo Chavez ni el capullo de Maduro.