Hace 15 años | Por FulanoK3 a diarioinformacion.com
Publicado hace 15 años por FulanoK3 a diarioinformacion.com

C&P Un "no me acuerdo" puede ser la respuesta que más de una vez dé un empresario de Elche en el juicio contra él que se celebrará el próximo mes de septiembre. Probablemente, a nadie del tribunal le extrañará, ni podrá pensar que es renuente a contestar porque los hechos que se le imputan al procesado -un delito contra la propiedad intelectual- se remontan al 23 de junio de 1992; es decir, a hace algo más de 16 años. De hecho, la pena que se le solicita, dos años de prisión menor, corresponde al anterior Código Penal que desapareció en 1995.

Comentarios

D

La SGAE hace lo que sea para cobrar. Y no tiene prisa...

Skanda

#10 Yo no pido nada Sólo ponía las cosas en su contexto (ya que me da la sensación de que algunos opinaban sin haber leído completamente la noticia). Tienes razón en lo de que los delitos prescriben, y habría que analizar eso, ya que es probable (aunque no he mirado la ley) que ya haya prescrito. Si fuera así, su abogado lo tiene fácil, o eso espero.

b

#19 Aunque lo has explicado bastante bien -te votaría si tuviera karma ;), me gustaría hacer varias matizaciones:

- A los abogados de oficio no se les exige ningún curso de especialización que yo sepa, al menos en Galicia. Vas, te apuntas y andando; los Colegios te llaman cuando es necesario en base a un sistema informático que tiene clasificados a los abogados inscritos por especialidades. Sí que es cierto que muchos abogados que se acaban de licenciar se apuntan a la Escuela de Práctica Jurídica para ejercer, pero no únicamente para el turno de oficio.

- Se suele considerar a los abogados del turno de oficio "peores" por la simple razón de que los "buenos" abogados no están en el turno de oficio, ya que es una faena y la gente suele apuntarse generalmente para obtener unos ingresos extra, ingresos que los "buenos" abogados no necesitan. Así, sí que podría considerarse que son ligeramente "peores", si es que de mejor o peor se puede hablar en estos casos. Mi experiencia es que es así, muchos abogados no tienen mucho trabajo al principio y se apuntan al turno para sacar un dinero extra, ya que cuesta mucho la Colegiación , por lo que es altamente probable que te toque un abogado con menos experiencia de lo deseable.

- Tienen derecho al abogado de oficio las personas físicas y las jurídicas, las primeras cuando sus recursos e ingresos no superen el doble del salario mínimo interprofesonal y las segundas cuando su base imponible en el Impuesto de Sociedades sea inferior a la cantidad equivalente al triple del salario mínimo interprofesional en cómputo anual. No he encontrado nada al respecto de los incapacitados o pensionistas, la verdad -que no quiere decir que no tengas razón-.

- Tampoco es siempre gratuito el abogado de oficio, tal y como se suele pensar, existiendo las siguientes excepciones a la gratuidad, se puede encontrar en Legislación Estatal. Ley 1/1996, de 10 enero 1996 (Consolidada 18/7/2005), Legislación Autonómica. Decreto 146/1977 Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita y la Legislación Autonómica. Decreto 252/1995: Medidas para instrumentar la compensación económica de la Comunidad Autónoma a la Asistencia Jurídica Gratuita:

a) Cuando la resolución que ponga fin al proceso condene al beneficiario del derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita al pago de los gastos judiciales, éste quedará obligado a pagar las causadas en su defensa y las de la parte contraria, si dentro de los tres años siguientes a la terminación del proceso viniere a mejor fortuna. Se considera que ha tenido mejor fortuna cuando sus ingresos superan el cuádruple del salario mínimo interprofesional o si se alteran sustancialmente las condiciones tenidas en cuenta para la adjudicación del abogado de oficio.

b) Cuando gane el pleito la persona que solicita abogado de oficio y la resolución que pone fin al proceso no se pronuncie sobre los gastos, la persona deberá
pagar las gastos causados por su defensa, siempre que no excedan de la tercera parte de lo que en él haya obtenido.

c) Cuando el beneficiario renuncie a los profesionales de oficio y nombre a otros de libre designación.

#0, #5 y #10 La prescripción no está clara a día de hoy. Googleando he encontrado -y que alguien me corrija si me equivoco- lo siguiente, en la página togas.biz:

"En su Sentencia 63/2005, el Tribunal Constitucional sostiene, en cambio, que no basta la presentación de una querella o denuncia, pues solo el Juez puede llevar a cabo la actuación de dirección del procedimiento contra el culpable que requiere nuestro Código Penal. Es decir, solo interrumpirá el plazo de prescripción del delito, la resolución judicial por la que se admita a trámite la querella y se incoe el correspondiente procedimiento para la investigación de los hechos que se denuncian. A partir de dicha resolución tendrá conocimiento el presunto infractor de que existe un procedimiento contra él y, en consecuencia, de que se ha interrumpido la prescripción.

La diferente interpretación apuntada no resulta de mero matiz, si tenemos presente que en no pocas ocasiones el lapso de tiempo que media entre la presentación de una querella y su admisión, puede determinar que se alcance, o no, el plazo de prescripción."

Por lo cual, si hubiera estado enterado de la querella y se había empezado le procedimiento para la investigación, se habría interrumpido la posible prescripción.

Un saludo.

r

#13 Confundes abogado de oficio (no hay oposición) con abogado del Estado (o sus equivalentes en comunidades autónomas o ayuntamientos) para los que sí hay que aprobar una oposición y, en el caso de los del Estado, durísima. Los Abogados del Estado defienden los intereses de la Administración pública en en procesos del orden civil, social,..Los abogados de oficio defienden al imputado cuando éste no puede pagarse por sí mismo la aistencia jurídica ( debes cobrar menos de 14000 euros a año, más o menos, con algunas excepciones: por ejemplo, si se trata de discapacitados o de pensionistas con incapacidad permanente pueden superar este límite) Con todo , no parece que haya "malos" abogados de oficio (ni malos ni buenos, sino como en todos sitios), principalmente porque son los mismos que te defenderían en el ámbito privado: los abogados normales suelen tener casos de oficio. Y si me apuras, son mejores, porque se les exigen cursos de especialización para desempeñarse como tales, cosas que los que están por su cuenta y riesgo nanai

victorjba

#10 La estafa multimillonaria de los "Albertos" prescribió, lo de este mindundi no. Claro que como no va a cazar con el rey pues...

llunika

#3 Fácil, se debe a un pésimo sistema judicial.

Hughthehand

Lo que no entiendo es porque han tardado tanto en juzgarle, y en la noticia tampoco lo pone..

fenix-

Debería haber pirateado BETA.

eboke

Le han detenido por anticuado. lol

PD: Ya sé que la noticia se remonta al '92.

D

#11 como sea un abogado de oficio le veo picando piedra en trabajos forzados...

bubota

¡Cuidado! Dentro de 20 años os juzgarán por usar la mula y tener un ipod. como bien dice #1, la SGAE no tiene prisa

D

#12 Los abogados de oficio acceden al puesto después de unas oposiciones con muchisimos candidatos. Exceptuando a los grandes bufetes, los abogados de oficio no tienen nada que envidiar a los abogados de pago, igual que los médicos de la Seguridad Social no te atienden peor que los de la sanidad privada.

D

despues de tantos años habra caducado, too, haber si de una vez en este Pais, entran doscientos mil jueces y otros tantos de funcionarios para que la justicia no tarde mas de 16 años, en eso en dictar Justicia.

D

Justice in Spain is different.

D

¿Los perros de la $GA€ aún andan tras él?

J

Joder que bien funciona la ley lol

D

No entiendo nada, pero si ese delito ya estará más que prescrito ¿Por qué coño lo juzgan? ¿No debería el tribunal actuar de oficio y archivar el caso? ¿Para que están las leyes?

porrascazos

Esta lentitud en la justicia solo tiene una solución... Hay que llamar al juez Dred!

D

#1 ¿Qué pinta SGAE en todo esto? ¿Has leido la noticia?

botwalk

hahahahahqahahahaahha

D

Algo me dice que el delito ya habrá prescrito :m

D

#10 Joder, es que aunque hubiera matado a alguien podía haber prescrito en 16 años...

t

eso,eso,a la carcel y que lo fusilen por semejante crimen,vaya tela de pais de pandereta y de juicios sin "juicio,"estamos en un estado de derecho,donde no hay derecho

f

El hombre, lo que pretendía era fomentar la distribución y el uso de películas VHS para que éstas no quedaran anticuadas a día de hoy. Siempre digo lo mismo: "El pillo vive del tonto, y el tonto, de su trabajo". lol